La empresa industrial Producción Peruana necesita contratar a un operario a tiempo completo y dispone de S/15.000 anuales para pagar por esa posición. El nuevo administrador –novato aún en esto de las planillas– ha seguido con atención el reciente debate respecto de los sobrecostos laborales y la reposición judicial, pero él no se hace muchos problemas y confía en conseguir al personal que necesita. Después de todo, tiene el dinero y ha escuchado tres historias que lo tranquilizan.
La primera historia es que los llamados sobrecostos –CTS, gratificaciones, vacaciones, etc.– no son tales, porque los trabajadores los consideran como parte de su salario total. La única diferencia es que, en vez de recibir los S/15.000 anuales en doce partes iguales a lo largo del año –como sería el caso si no hubiera estos “sobrecostos” y solo se pagara el salario mensual–, el trabajador recibirá los mismos S/15.000 divididos en 15 o 16 partes. “Al trabajador y a mí nos debería dar igual”, razona el administrador, “pues al final siguen siendo S/15.000 al año”.
Pero lo cierto es que a la gran mayoría de trabajadores no les da igual. Cuando empezó a buscar operarios, el administrador de Producción Peruana notó que había trabajadores con necesidad de liquidez que no podían esperar a las gratificaciones de julio y diciembre; las necesitaban prorrateado en su salario mensual. Otros tampoco estaban interesados en la CTS y preguntaron si podían darles aunque sea un porcentaje de ese salario extra en efectivo en vez de depositarlo en una cuenta intocable (no, el administrador no podía). Algunos no tenían problemas de liquidez, pero no les hacía gracia depositar 10% de su sueldo en su AFP o a la ONP, más comisiones. Preferían tener ese efectivo en su bolsillo hoy. Y, de hecho, no pocos postulantes trataron de negociar contratar por lo bajo para conservar el SIS –que es gratuito pero se pierde cuando se tiene un empleo formal– y que, en vez de abonar ese extra al seguro, el administrador les pague a ellos una parte de lo que correspondería pagar a Essalud. Con esas condiciones, varios trabajadores preferían buscar algo en una empresa informal que les pagara todo en efectivo y completo mes a mes.
La segunda historia que le contaron al administrador era que, como es posible dividir el salario anual entre el número de “sobrecostos” que tengas, estos al final no son relevantes para la empresa. Como decíamos arriba, es el mismo pago anual, partido en más fracciones más pequeñas cada vez.
Sin embargo, aquí hay un límite crucial: el salario mínimo o RMV. El monto que queda al final de la división no puede ser menor que la RMV. Haciendo cálculos, el administrador notó que, si contrataba a alguien con salario mínimo (S/930 mensuales), en realidad tendría que desembolsar, con sobrecostos, en promedio S/1.400 al mes por ese trabajador, es decir, casi S/17.000 al año (y eso sin contar el precio de reemplazarlo durante el mes de vacaciones o el reparto de utilidades). Él solo tiene S/15.000 anuales para contratar, y, novato, pensó que ese monto dividido entre 12 estaba cómodamente por encima de la RMV. Pero los sobrecostos aplicados a la RMV hicieron la contratación imposible. Increíblemente, el costo mensual promedio que tiene que pagar la empresa por un trabajador con salario mínimo (S/1.400) es 60% mayor al promedio del ingreso de los trabajadores informales del Perú.
Finalmente, como llenar la posición de operario era fundamental para el negocio de Producción Peruana y necesitaba el dinero para pagarla, el administrador decidió intentar despedir a otra persona que llevaba tiempo en la empresa pero era poco productiva. La tercera historia que escuchó el administrador decía que era fácil separar trabajadores en caso de necesidad económica. Pero pronto sus abogados le explicaron que, dado el fallo del Tribunal Constitucional, eso era, en la práctica, casi imposible si el trabajador no quería irse. Nunca pudo contratar al operario.
Y de ahí nos preguntamos por qué la Producción Peruana no despega.