A fines de los años 80 del siglo pasado la economía peruana hacía agua por todos lados. El sistema tributario, en particular, generaba “distorsiones en la asignación de recursos e impedimentos para el crecimiento futuro”, según un estudio del Banco Mundial. Una de las causas de ese desorden era la proliferación de exoneraciones y subsidios.
El impuesto a la renta de personas jurídicas tenía una escala de tasas diferenciadas de acuerdo con el nivel de utilidades. La agroindustria, la pequeña minería y otras actividades estaban exentas, así como las nuevas empresas constituidas en la selva o en zonas de frontera. Los exportadores no tradicionales recibían un reintegro tributario. Las personas naturales podían deducir de su renta imponible hasta media UIT por la compra de pólizas de seguro y hasta tres UIT por gastos médicos.
La complejidad del sistema dificultaba su administración y erosionaba los ingresos fiscales. Pero, sobre todo, distorsionaba las decisiones económicas. En un entorno así, las inversiones no se guían tanto por la rentabilidad intrínseca de tal o cual actividad, sino por sus ventajas y desventajas tributarias. Poco a poco, los recursos se van orientando a usos que no son los que crean más valor para la sociedad.
La reforma tributaria fue, por eso, una de las más importantes de los años 90. Consistió básicamente en simplificar el sistema, eliminando exoneraciones y reduciendo la dispersión de las tasas impositivas. Un sistema más neutral, con menos distorsiones, facilitó el crecimiento económico de las dos últimas décadas.
El ministro Alfredo Thorne está desandando el camino. Los decretos legislativos promulgados al amparo de las facultades delegadas por el congreso introducen nuevas y viejas distorsiones.
El decreto que permite deducir de la renta imponible un porcentaje de los alquileres, honorarios médicos y otros gastos personales abarata artificialmente estos servicios en relación con otros artículos de consumo. La gente alquilará casas más grandes y visitará más a su médico, pero no porque sus necesidades hayan cambiado, sino porque las deducciones trasladan una parte del costo al estado.
Otro decreto crea un régimen especial para empresas que vendan hasta 1,700 UIT (siete millones de soles) al año. Pagarán 10% por las primeras 15 UIT de utilidades y a partir de allí 29.5%. Pero al cruzar ese umbral de ventas perderán el derecho a la tasa reducida, y las tres UIT de ahorro que ésta suponía regresarán como una carga adicional. Además, las que vendan menos de 300 UIT pagarán mes a mes el 1% de sus ventas a cuenta del impuesto a la renta, mientras que el resto paga el 1.5%. Si eres “mipyme”, mejor no crecer.
Un tercer decreto extiende el beneficio de la devolución anticipada del IGV a las micro, pequeñas y medianas empresas que adquieran bienes de capital. Aquellas que no necesiten invertir en ese tipo de bienes, pero sí en capital de trabajo, recibirán un tratamiento distinto.
La lista sigue con ayuda de otros ministros. El aumento del “drawback” es, en efecto, una reducción arbitraria del impuesto a la renta para ciertos exportadores. Y el beneficio tributario para empresas que pongan nuevos trabajadores en planilla hará que algunas personas dejen ciertas ocupaciones por otras en las que son menos productivas, pero donde, gracias al subsidio, pueden ganar más.