"La mejor oportunidad para revisar esta prerrogativa es hacerlo junto con la revisión de la inmunidad parlamentaria". EFE/ Juan Ponce Valenzuela
"La mejor oportunidad para revisar esta prerrogativa es hacerlo junto con la revisión de la inmunidad parlamentaria". EFE/ Juan Ponce Valenzuela
/ Juan Ponce Valenzuela
Fernando Cáceres Freyre

Este mes tendremos nuevo Congreso y habrá espacio para debatir reformas constitucionales. Si bien se ha hablado bastante sobre la reducción de la inmunidad parlamentaria, no se ha hecho lo mismo sobre la reforma de la inmunidad presidencial o, más precisamente, no se ha discutido bajo qué causales el Parlamento debería poder levantar esta prerrogativa.

En ambos casos, el objetivo de la inmunidad es el mismo: proteger a las autoridades del Estado de los abusos de poder que intenten cometer sus rivales políticos. Algo clave en democracias débiles como la nuestra.

En el Perú, existen dos procedimientos a disposición del Congreso para levantar la inmunidad presidencial: un juicio político convencional bajo los supuestos del artículo 117 de la Constitución (traición a la patria, impedir las elecciones, disolver el Congreso fuera del marco del artículo 134, etc.) y una declaración de vacancia por incapacidad moral bajo el artículo 113.

La vacancia por incapacidad moral es la única causal que no implica la corroboración de un hecho objetivo, y por eso es importante revisarla. El resto de situaciones previstas en el artículo 113 son todas objetivas: muerte, incapacidad física permanente, etc. Recordemos que, si bien PPK renunció a la presidencia en marzo del 2018, lo hizo porque la otrora mayoría fujimorista lo iba a declarar moralmente incapaz. Algo que ya había intentado en diciembre del 2017.

Alguien podrá argumentar que sí es necesario tener una causal subjetiva para levantar la inmunidad presidencial durante su mandato, como ocurre con el juicio político o ‘impeachment’ que se aplica en Brasil y Estados Unidos. Pero en esos casos no existe la alternativa de la vacancia por incapacidad moral. Y la gran diferencia es que, mientras el juicio contra Rousseff duró más de medio año, a PPK se le aplicó un procedimiento exprés.

Históricamente, la figura de la incapacidad moral apareció en nuestras constituciones en 1839, manteniéndose hasta nuestros días. Pero, como señala García Chávarry (2013), en el siglo XIX la incapacidad moral se entendía como algo equivalente a incapacidad mental, interpretación que convertiría esta causal en objetiva, como el resto de las previstas, para que el Parlamento pueda declarar la vacancia presidencial.

La mejor oportunidad para revisar esta prerrogativa es hacerlo junto con la revisión de la inmunidad parlamentaria. A pesar de que estoy a favor de revisar esta última, me preocupa que se llegue al extremo de eliminarla. Eso generaría un severo desequilibrio de poderes. Analizarlas en conjunto sería la mejor manera de entender la necesidad de la reforma.

Sea culpable o no por el caso Westfield, PPK debería haber terminado su mandato el 2021, y se le pudo iniciar un juicio cinco años después de ello.