Julio César  Campos

En julio del 2023, el promulgó una ley referida a la inteligencia artificial () centrada en principios éticos, desarrollo económico y social, y protección de la privacidad. Por otro lado, la , en diciembre del año pasado, aprobó un reglamento de IA con un enfoque distinto: su regulación se basa en riesgos, clasificando los sistemas de IA según amenazas potenciales. Aunque ambas regulaciones se refieren a un mismo asunto, es claro que el marco legal que ofrecen son distintos. A partir de ello, entonces, surge la interrogante: ¿Cuáles son las principales diferencias?

En términos de gobernanza, el Perú asigna la responsabilidad a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) y destaca la promoción del desarrollo de la IA y la formación de profesionales a nivel nacional. En contraste, la Unión Europea establece a la “AI Office” como una nueva autoridad supranacional con poderes de aplicación y supervisión. Más notable aún, la legislación europea se inclina hacia la prohibición de prácticas específicas de inteligencia artificial, como la manipulación cognitiva y el reconocimiento de emociones en entornos laborales y educativos.

En cuanto a la protección de derechos y transparencia de datos, el Perú adopta un mecanismo de rendición de cuentas a través de informes anuales al Congreso, en el que la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital presenta avances en la implementación de la política nacional de transformación digital e inteligencia artificial. Mientras que la Unión Europea exige evaluaciones a partir de adoptar una perspectiva más preventiva al requerir una evaluación de impacto en derechos fundamentales previo a la introducción de sistemas de inteligencia artificial de alto riesgo en el mercado.

Las disposiciones sobre penas y apoyo a la innovación también difieren. La ley peruana respalda la innovación mediante infraestructura digital y desarrollo ético de la IA, fomentando la investigación. En cambio, la legislación de la Unión Europea impone sanciones económicas significativas para garantizar el cumplimiento normativo. Además, la introducción de “arenas de pruebas” regulatorias en la legislación europea demuestra un esfuerzo por equilibrar la aplicación estricta de las reglas con la creación de entornos que fomenten la innovación de manera controlada.

En síntesis, se observan dos enfoques contrastantes en la regulación de la IA: uno orientado al desarrollo local y ético, y otro centrado en los derechos fundamentales. Ambas leyes buscan establecer marcos normativos preventivos ante un futuro incierto, pero la pregunta persiste sobre la posibilidad de converger hacia un estándar global que preserve la innovación sin comprometer principios éticos. En este dilema entre avance tecnológico y protección de derechos, las decisiones actuales moldearán el paisaje digital futuro.

Julio César Campos es estudiante de Derecho de la Universidad del Pacífico