La Defensoría del Pueblo rechazó los castigos físicos que las rondas urbanas de Cajamarca aplicaron días atrás a un grupo de mujeres que se dedican al trabajo sexual en centros nocturnos.
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Al respecto, Agustín Moreno Díaz, jefe de la Oficina Defensorial de Cajamarca, sostuvo que estos castigos constituyen manifiestas vulneraciones a sus derechos fundamentales reconocidos en la Constitución y en tratados de derechos humanos ratificados por el Perú, informó la agencia Andina.
Recordó que la Corte Suprema, en varias ejecutorias y en un acuerdo plenario del 2009, ha señalado que las rondas urbanas no tienen capacidad de administrar justicia y que su naturaleza y competencias son distintas a las de las rondas campesinas.
Asimismo, recalcó que todo castigo físico está prohibido para la justicia comunal. Recordó que las mujeres pertenecen a un grupo prioritario de atención por parte del Estado y la sociedad, sobre todo si se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad.
Señaló que ese es el caso de las trabajadoras sexuales que, en muchas ocasiones, son explotadas, maltratadas o incluso víctimas del delito de trata de personas.