Entre los beneficios están una bonificación mensual equivalente a tres ingresos mínimos legales. (Foto: Joel Alonzo)
Entre los beneficios están una bonificación mensual equivalente a tres ingresos mínimos legales. (Foto: Joel Alonzo)
Redacción EC

Reservistas del marcharon por las calles del Centro de Lima exigiendo al Ejecutivo, a través de sus órganos, reglamentar la Ley N° 31177 que concede una serie de beneficios a los excombatientes de la lucha contra el .

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En ese sentido, para los excombatientes de la lucha contra el terrorismo que cuenten con parte de guerra y sean calificados como defensores de la democracia, podrán ser incluidos en la Ley N° 31177, y tener los mismos beneficios de los licenciados de la denominada “Campaña Militar de 1941″.

Esta modificación estaría en manos de la Presidencia del Consejo de Ministros, según indicó el jefe de Estado, Pedro Castillo, en reunión sostenida el lunes 23 de mayo. En esa ocasión se anunció que en los próximos días se evaluarían los cambios a la reglamentación de la Ley N° 29031.

(Foto: Joel Alonzo)
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Además, Ley N° 31291, aprobada en julio del 2021, cambia los alcances de la Ley N° 29031 e incorpora el reconocimiento como defensores de la democracia a los licenciados de las Fuerzas Armadas.

¿Cuáles son los beneficios que otorga la ley?

Según se estipula en la ley N° 31291 y el artículo 1 de la Ley 29031, se otorga a los defensores de la democracia, sus hijos, cónyuges o concubinos: el acceso a becas de estudio, convenios con instituciones educativas públicas o privadas para el otorgamiento de las becas. Estos gastos deberán ser manejados por el Ministerio de Defensa o el Ministerio del Interior.

(Foto: Joel Alonzo)
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Sobre los beneficios de los licenciados de la denominada “Campaña Militar de 1941″: una bonificación mensual equivalente a tres ingresos mínimos legales. Además, atención gratuita y medicinas en todos los hospitales de las FF. AA. y Policiales, del Ministerio de Salud y de Essalud.

Asignación por sepelio y nicho gratis y a perpetuidad, y trato preferencial para la adquisición de vivienda propia y afectación de terrenos con fines agropecuarios.

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