En la Conciliatón se pueden solucionar temas sobre pensión de alimentos, tenencia de menores, régimen de visitas, desalojos, pago de deudas, indemnización, etc. (Ministerio de Justicia)
En la Conciliatón se pueden solucionar temas sobre pensión de alimentos, tenencia de menores, régimen de visitas, desalojos, pago de deudas, indemnización, etc. (Ministerio de Justicia)
Redacción EC

Este 22, 23 y 24 de febrero el (Minjusdh) realizará la primera Conciliatón Nacional del 2023 con el objetivo de atender masivamente solicitudes de de manera rápida y gratuita.

Este mega evento, que se desarrollará de forma presencial y virtual, permitirá además dar a conocer los alcances y beneficios de la conciliación, un mecanismo alternativo que permite que dos personas o más resuelvan sus diferencias con la ayuda de un tercero, denominado conciliador. A través del diálogo, el conciliador facilita la comunicación entre las partes, para superar las diferencias y arribar a acuerdos que satisfagan a todos.

MIRA | La Victoria: bomberos atienden un incendio en el jirón Ignacio Cossio | FOTOS

Las personas naturales y jurídicas que deseen participar en esta primera Conciliatón Nacional del 2023 deberán, en primer lugar, contactar con el centro de conciliación de su preferencia y comentarles su caso, para luego presentar una solicitud conjunta y los documentos necesarios, previa orientación de nuestros conciliadores. Los interesados pueden acceder al directorio de Centros de Conciliación del Minjusdh en el siguiente enlace: .

Como siguiente paso deben asistir, de manera presencial o virtual, a la audiencia programada en el marco de la Conciliatón Nacional para llegar a un acuerdo y así finalizar con la generación del “Acta de Conciliación con Acuerdos”, que tiene valor similar al de una sentencia judicial.

Esta actividad es organizada por la Dirección de Conciliación Extrajudicial y Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos del Minjusdh.

¿En qué materias se puede conciliar?

  • Pensión de alimentos
  • Tenencia de menores
  • Régimen de visitas
  • Desalojos
  • Pago de deudas
  • Indemnización
  • Otorgamiento de escritura.
  • Obligación de dar, hacer y no hacer.
  • División y partición de bienes
  • Incumplimiento de contrato
  • Ofrecimiento de pago, entre otras.

Contenido sugerido

Contenido GEC