Con la sensación de inseguridad al tope y estrategias policiales y políticas poco efectivas, en casi los dos años y medio que lleva este Congreso se han presentado más de 45 proyectos de ley para enfrentar la delincuencia y criminalidad a través del endurecimiento de penas o restricciones para la población migrante. De estos, diez proyectos buscan exactamente lo mismo: crear el nuevo delito de terrorismo urbano
Todas estas iniciativas de ley fueron presentadas en el lapso de nueve meses, entre julio del 2023 y marzo de este año. Incluso, dos lo hicieron el mismo día, el 20 de setiembre del año pasado. Siete son proyectos de congresistas y tres de municipalidades.
Aunque con algunas variaciones en el nombre - lo llaman terrorismo urbano, apolítico o extorsivo-, las iniciativas legislativas apuntan a crear una ley específica para terrorismo urbano o modificar el Código Penal para sancionar el crimen organizado con penas que llegan hasta la cadena perpetua.
Juan Burgos, congresista de Podemos Perú, fue el primero en presentar una propuesta con ese fin. El PL 05525/2022-CR, del 5 de julio del año pasado, propone incorporar el artículo 315-B en el Código Penal con la finalidad de sancionar con una pena privativa de la libertad no menor de 25 años a quien, “de manera individual u organizada, indistintamente de su motivación o ideología, crea o mantiene un estado de inseguridad ciudadana en la población o una parte de ella a través de la delincuencia”. La pena aumentaría hasta 35 años si se usan armas, artefactos explosivos o genera la muerte de una persona.
En diálogo con El Comercio, Burgos justificó su intención de crear un nuevo delito al señalar que las prácticas cada vez más violentas de grupos delincuenciales generan inestabilidad social y que los tipos penales vigentes no han logrado disminuir la inseguridad. Además, recordó que el actual el Código Penal no incluye la tipificación de terrorismo porque este delito vinculado a lo político tiene su propia norma (Decreto Ley 25475 de 1992).
“La misma palabra terrorismo define a toda persona que ejerce el terror para lograr su objetivo. Hay bandas criminales organizadas que se dedican al sicariato, extorsión, trata de personas y también influenciadas por el gran poder económico que tiene la minería ilegal y narcotráfico, generan esas acciones de terror, con muerte y uso de explosivos. Eso nos está conduciendo a una inestabilidad social como un reflejo de lo que ocurre en Ecuador y México”, dijo.
Su proyecto y los otros nueve similares permanecen en la comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Para Nicolás Zevallos, director del Instituto de Criminología y Estudios sobre la violencia, se trata de una propuesta populista y demagógica. “Lo que se necesita es reforzar la capacidad de acción de los operadores de seguridad y de justicia, nutrirlos de recursos. Esto solo va a sobrecargar innecesariamente el sistema penal cuando lo que necesitamos es hacerlo mas efectivo”, dijo a El Comercio.
César Ortiz Anderson, presidente y fundador de la Asociación Pro Seguridad Ciudadana (Aprosec), coincide en que se requiere una reestructuración del sistema operador de justicia que incluye al Poder Judicial y el Ministerio Público. “Haríamos mal tipificando un nuevo delito, pero con un sistema cuestionado no sirve de nada. Va a ser por gusto porque ya sabemos que los detenidos terminan en la calle. Sería curar una enfermedad mortal con panadol”, añadió. En su opinión, se necesita decisión política desde el más alto nivel para enfrentar el crimen organizado y la delincuencia común.
La creación del artículo 315-B también es el objetivo del PL 06014/2023-GL presentado por la Municipalidad de Lima. Este propone sancionar con hasta 20 años de prisión al que “mediante el porte o utilización de armas de fuego, granadas y/o explosivos; comete los delitos prescritos en los artículos 108-C, 152, 189, 200, 297, 315, 317 y 317-B del presente Código Penal” y una pena no menor de 30 años si se “causa la muerte o lesiones graves a personas, se realiza utilizando armas químicas o biológicas, y/o implica la toma de rehenes”.
Además, el PL05972/2023-CR del congresista Héctor Valer, que nombra al delito como “terrorismo extorsivo” incluso “sin pertenecer a una organización terrorista” pero “emplea armas o artefactos explosivos, o mediante violencia y amenaza, provoca, crea o mantiene un estado de zozobra, alarma o temor en la población o en un determinado sector de ella, realizando actos contra la vida, el cuerpo, la salud, la libertad y seguridad personales o contra el patrimonio, con la finalidad de causar grave perturbación de la tranquilidad pública, para obtener ventaja económica directa o indirecta en forma única o permanente, que impida desarrollar sus actividades económicas libremente, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de treinta años de pena privativa de la libertad”. Los agravantes aumentan la pena a cadena perpetua.
Propuesta del Ministerio del Interior
Esta no es idea exclusiva del Legislativo. El viceministro de Orden Interno del Ministerio del Interior, Juan José Santiváñez Antúnez, ha adelantado que la creación de la figura de terrorismo urbano será incluido en el pedido de la delegación de facultades que solicitará el Gobierno ante el Congreso.
“Queremos incorporar en el Código Penal una figura que se encuentra ligada a la práctica de actividades económicas que resultan ser la fuente de financiamiento de las organizaciones criminales. El narcotráfico, la trata de personas, la pornografía ilegal, los ciberdelitos y la minería ilegal. Los primeros cuatro son delitos transnacionales cuyas fuentes de ingresos pueden ser obtenidas en Perú, pero que terminan repercutiendo en otros territorios como EE.UU.”, explicó Santiváñez en RPP en respuesta al adelanto poco claro que había dado el ministro del Interior, Walter Ortiz.
Días antes, durante un operativo en San Migue, Ortiz deslizó la posibilidad de enviar a delincuentes que incurran en “terrorismo urbano” a Estados Unidos para que sean juzgados en el país norteamericano.
Walter Ortiz es el quinto ministro del Interior en lo que va el gobierno de Dina Boluarte (un año y cinco meses).