Comisión de Juristas de Cusco inició un proceso de amparo el 1 de enero del 2016, a fin de solicitar la demolición del hotel Sheraton. (Foto: archivo El Comercio)
Comisión de Juristas de Cusco inició un proceso de amparo el 1 de enero del 2016, a fin de solicitar la demolición del hotel Sheraton. (Foto: archivo El Comercio)
Redacción EC

La Corte Superior de Justicia de ratificó la sentencia emitida el pasado 13 de septiembre que ordenó la demolición del , ubicado en la cuadra 6 de la calle Saphy, en el Centro Histórico de Cusco, así como la posterior restitución de las cinco filas de andenes incaicos y muros prehispánicos que resultaron afectados por la construcción de la obra.

La Sala Civil se pronunció en respuesta a los pedidos de aclaración presentados por el Procurador Público del Ministerio de Cultura, la Inmobiliaria R&G S.A.C y la Dirección Desconcentrada de Cultura (DDC) de Cusco, luego de que el magistrado dirimente Wilber Bustamante se adheriera a la posición que ordena la demolición del edificio.

Vale precisar que la Comisión de Juristas de Cusco inició un proceso de amparo el 1 de enero del 2016, a fin de solicitar la demolición del hotel Sheraton, de la empresa inmobiliaria R & G, cuya construcción afectó seriamente andenes de la época prehispánica. También exigió que estos sean restituidos.

El edificio de 10 pisos no solo estaba siendo levantado en una zona donde de acuerdo con el Plan Maestro del Centro Histórico del Cusco solo se pueden construir inmuebles de hasta dos niveles, sino que según dos resoluciones directorales se cometió daño “grave e irreversible” al Patrimonio Cultural de la Nación.

La pretensión fundada por el juez Bustamante precisó: “Que, a efectos de restituir la situación de hecho y de derecho al estado anterior a la vulneración que sustenta esta demanda, se ordene a la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco la apertura de un proceso de demolición de lo ilícitamente construido en el citado inmueble, que altera y destruye en forma continua los muros arqueológicos prehispánicos, e incas existentes, violentado los parámetros urbanísticos y distorsiona la armonía y configuración tipológica del Centro Histórico del Cusco, procediendo conforme a la Ley General del Patrimonio Ley N° 28296 y su reglamento Art. 35, el plan maestro del Centro Histórico del Cusco”.

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