(Foto: archivo El Comercio)
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Redacción EC

Si usted rectificó su dirección en su Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) después del 22 de octubre del 2017, no votará en las Elecciones 2018 en el distrito correspondiente al nuevo domicilio, sino en el anterior al cambio.

Esto se debe a que los comicios están organizándose con la información registrada hasta la fecha mencionada, cuando el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) cerró el Padrón Electoral con miras a las próximas Elecciones Regionales y Municipales.

Por primera vez, indicó el Reniec, un Padrón Electoral fue cerrado con tanta anticipación: casi un año antes del sufragio. Lo estableció así la Ley 30673, que fue publicada el 20 de octubre de 2017 y que modificó el cronograma electoral.

La nueva ley también dispuso que las rectificaciones de nombre, domicilio y otros datos del DNI, tramitadas mientras el Padrón Electoral permanece cerrado, queden registradas en la base de datos del Reniec, pero que no sean consideradas en las Elecciones 2018.

Sin embargo, sí serán consideradas en los padrones de los siguientes procesos electorales.

Más de medio millón de ciudadanos no votarán en el distrito que figura en su DNI. La mayor parte de ellos porque realizaron un trámite de rectificación de domicilio después del 22 de octubre.

Para consultar en qué distrito se votará, el ciudadano debe ingresar a del Reniec.

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