El Gobierno de Dina Boluarte promulgó el Decreto Legislativo N.º 1582 mediante el cual se modifica la Ley de Migraciones, esto con el fin de permitir la rápida expulsión de ciudadanos extranjeros en condición irregular en el país.
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Esta medida autoriza sancionar a las empresas de transporte interprovincial que trasladen a personas extranjeras irregulares. Del mismo modo a quienes alquilen predios a inmigrantes ilegales.
Por lo tanto, las empresas de transporte están en la obligación de verificar que “las personas extranjeras sean pasajeros, conductores y/o, personal que lo acompaña en el servicio, cuenten con los documentos de identidad y/o de viaje, válidos y vigentes”.
Asimismo, tendrá que permitir a Migraciones “el acceso a la información de las personas extranjeras, sean pasajeros, conductores, así como el personal que lo acompaña en el servicio, para que efectúe labores de fiscalización y verificación migratoria”.
Vale resaltar que la Policía Nacional del Perú (PNP) también tendrá acceso a dicha información cuando esta intervenga.
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En cuanto a los servicios de hospedaje, estos deberán “exigir la presentación de un documento que acredite la situación migratoria regular del extranjero con quien suscriba contrato de arrendamiento y de los otros extranjeros que habiten y formen parte del grupo arrendador en el mismo inmueble”.
El propietario del inmueble que prestará el servicio debe informar a la Superintendencia Nacional de Migraciones, a través de sus plataformas digitales. También debe “brindar a Migraciones acceso a las instalaciones de los establecimientos de hospedaje a efectos de realizar acciones de verificación y fiscalización en cumplimiento de la normativa migratoria vigente”.
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