(Foto referencial: El Comercio)
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Redacción EC

Según datos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), de febrero a julio de este año se han reportado 466 casos de acoso virtual en el Perú. La mayoría de ellos se realizaron a través de redes sociales como Facebook y WhatsApp, siendo las víctimas principalmente mujeres (89% de los casos).

Acoso virtual es toda acción realizada por una persona o grupo de personas para amenazar, avergonzar, intimidar o criticar a través de medios de comunicación digitales a una persona. Los acosadores virtuales no solo son terceras personas o extraños, sino también las ex parejas o parejas actuales, enamorados, novios o esposos y otros integrantes del grupo familiar.

Estimaciones internacionales sobre acoso muestran que 80% de las víctimas son mujeres. Al igual que en otros tipos de violencia hacia las mujeres, el acoso virtual está relacionado con la intimidación, el establecimiento de un sistema de control y las relaciones de poder.

Las conductas por las cuales se manifiesta el acoso virtual son los insultos electrónicos, hostigamiento, suplantación, ciberpersecución,
happy slapping, extorsión sexual, ciberamenaza, stalking, grooming y ciberbullying.

-¿Cómo prevenir y denunciar el acoso virtual?-

De acuerdo al MIMP, para prevenir el acoso virtual es esencial evitar el fomento de estereotipos de género tradicionales, posiciones sexistas e incluso la utilización de la mujer como objeto sexual.

Además, en el caso de los niños, niñas y adolescentes, recomendó a los padres conocer los medios virtuales a los que acceden frecuentemente como son las páginas de internet y los aplicativos para celulares (Snapchat, Pandora, iTunes, Netflix, Facebook Messenger, por ejemplo).

Por otro lado, los menores deben ser orientados a fin de prevenir contacto con personas desconocidas a través de las redes sociales y evitar intercambiar información personal como fotografías u otros datos que puedan exponer su seguridad.

La activación de filtros y controles en las computadoras es también recomendable para impedir el acceso a páginas no apropiadas a sus edades, ya que pueden estar expuestos a un alto contenido de violencia o de connotación sexual.

En el caso de que un adulto sufra acoso virtual, debe tomar en cuenta la limitación de sus contactos a personas conocidas. También se aconseja conocer a las personas antes de aceptarlas como nuevos contactos en redes u otros medios virtuales.

De la misma manera, no compartir fotos o videos privados o sugestivos, porque luego pueden ser publicados sin su autorización.

El MIMP exhorta a las víctimas de acoso virtual registrar sus caso en la plataforma web "" o . Los datos que proporcione en esta página permitirán al MIMP conocer la magnitud y características del acoso virtual a las mujeres. Los datos personales no serán difundidos bajo ninguna circunstancia (Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales).

Entre los datos que le solicitarán están la edad, sexo, identidad de género, lugar de residencia, datos sobre la persona que le acosa, hace cuánto tiempo se realiza el acoso virtual, el medio y descripción del hecho. Si cuenta con evidencias, como capturas de pantalla o algún enlace, también puede adjuntarlo en la alerta.

Las principales regiones del Perú en donde se registraron la mayoría de casos de acoso virtual entre febrero y julio de este año fueron Lima, Amazonas, Arequipa y Junín.

Ayer, en el Código Penal para incorporar tipos penales que sancionen cuatro nuevos delitos: acoso, acoso sexual, chantaje sexual y difusión de imágenes o material audiovisual con contenido sexual. Las penas privativas de libertad pueden ser de hasta 8 años de cárcel.

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