El Poder Ejecutivo declaró el estado de emergencia en 66 distritos de 15 regiones del país debido a las intensas lluvias. La medida regirá por un plazo de 60 días calendario.
A través del Decreto Supremo Nº 027-2024-PCM, publicado en un boletín extraordinario de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano el último jueves, se señala la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación.
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La medida abarca varios distritos de algunas provincias de Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, La Libertad, Lima, Moquegua, Puno, San Martín y Tacna.
Se señala que las acciones que lleven a cabo los gobiernos regionales podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.
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Asimismo, dispuso que los bienes cuya donación se encuentran comprendidos dentro de los alcances de la Ley Nº 30498, en virtud al estado de emergencia, son: material médico, medicamentos, bloqueadores solares, vacunas, equipos médicos y/o afines, repelentes de insectos, alimentos, bebidas, prendas de vestir, textiles para abrigo, calzado, toallas, colchones de espuma gruesa, botas y botas de jebe, ponchos impermeables livianos, menaje de cama y de cocinas semi-industriales.
Del mismo modo, útiles de aseo personal y limpieza, toallas higiénicas y pañales para adultos, maquinaria y equipo, silbatos, pilas, baterías, generadores eléctricos, combustibles líquidos, combustible diésel, artículos y materiales de construcción, plantas de tratamiento potabilizadoras de agua, radio a transistores y baterías, radios de comunicación UHF y VHF, materiales y artículos de plástico, carpas, toldos, bolsas de dormir.
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También herramientas, linternas, baldes, juguetes, motobombas, hidrojets, sacos de polietileno (sacos terreros), puentes provisionales y/o definitivos, así como elementos de puentes modulares, alcantarillas, maquinaria pesada, volquetes tractores, tráiler cama baja y cualquier otro bien que sea necesario para atender a la población afectada.
El decreto supremo lleva las firmas de la presidenta Dina Boluarte; del jefe del Gabinete Ministerial, Gustavo Adrianzén; y de los titulares de Salud; Vivienda, Construcción y Saneamiento; Educación; Transportes y Comunicaciones; Desarrollo Agrario y Riego; Energía y Minas, de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Desarrollo e Inclusión Social; del Interior; Defensa; y Economía y Finanzas.
Los distritos afectados son:
- Áncash: Huaraz y Llipa.
- Apurímac: Andahuaylas, Kishuara, Santa María de Chicmo, Lucre, Tintay y Progreso.
- Arequipa: Caylloma, Ichupampa y Puyca.
- Ayacucho: Los Morochucos, Ocros, Santiago de Pischa, Sancos, Chaca, Luis Carranza, Laramate, Chalcos, Morcolla y Huancapi.
- Cajamarca: Sitacocha.
- Cusco: Chamaca y Ccatca.
- Huancavelica: Andabamba, Pomacocha, Lircay, San Antonio de Antaparco, Santo Tomás de Pata, Chupamarca, Mollepampa, Pachamarca, Huachocolpa, Yauli, Ayavi, San Francisco de Sangayaico, Tambo y Pichos.
- Huánuco: Jircan.
- Junín: Comas, Acolla, Janjaillo, Julcán, Llocllapampa, Molinos, Río Tambo y Chacapalpa.
- La Libertad: Huayo y Marcabal.
- Lima: Allauca, Tauripampa y Tomás.
- Moquegua: Lloque, Omate, Puquina y El Algarrobal.
- Puno: San Antón.
- San Martín: Huallaga, El Porvenir y Uchiza.
- Tacna: Candarave, Curibaya, Quilahuani, Estique, Héroes Albarracín y Sitajara.
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