El Quinto Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial de Junín, que dirige la magistrada Susan Carrera Túpac Yupanqui, declaró inadmisible la solicitud del abogado de Vladimir Cerrón Rojas, Hoover Gutiérrez, de suspender la sentencia condenatoria en contra de su defendido. Por lo tanto, la orden de captura en contra del gobernador regional continúa vigente.
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El citado juzgado condenó, el pasado 5 de agosto, a Vladimir Cerrón a prisión efectiva de cuatro años y ocho meses por el delito en contra de la administración pública, en la modalidad de negociación incompatible o aprovechamiento del cargo en agravio del Estado peruano en el caso del saneamiento de La Oroya.
La resolución N° 17, emitida el pasado 14 de agosto, concedió el recurso de apelación con efecto suspensivo presentado por Cerrón. Tras esta decisión judicial, el abogado del gobernador solicitó se proceda a ejecutar lo resuelto en la referida, oficiándose a las dependencias que tomaron conocimiento de la sentencia condenatoria a fin de que levanten las medidas pertinentes al amparo del artículo 402°.2 del CPP y artículo 139.2 de la Constitución.
Sin embargo, el juzgado señala que la interpretación que está realizando el abogado de que se puede suspender la ejecución de la pena de conformidad al artículo 402, inciso 2), del mismo código, es errónea. Cita al artículo 418°.1 del CPP, el cual precisa: “El recurso de apelación tendrá efecto suspensivo contras las sentencias y los autos de sobreseimiento, así como los demás autos que pongan fin a la instancia”.
Por otro lado, recomienda al abogado Gutiérrez "tener la diligencia debida al momento de presentar sus escritos para evitar retraso en la remisión del expediente al Superior Jerárquico y generar incertidumbre y falsas expectativas en los sentenciados, bajo apercibimiento de imponerse la sanción respectiva de conformidad a los artículos 7, 8 y 9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial".
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