Nueva ley insta a parientes a dar vivienda a adultos mayores
Nueva ley insta a parientes a dar vivienda a adultos mayores

Según la nueva Ley de la Persona Adulta Mayor, publicada ayer en “El Peruano”, el cónyuge o conviviente, los hijos, nietos, hermanos y padres (en ese orden) de una persona considerada de la tercera edad, deben, entre otros aspectos, “satisfacer sus necesidades básicas de salud, vivienda, alimentación, recreación y seguridad”.

El abogado Enrique Varsi, especialista en Derecho Civil de la Universidad de Lima, dijo que si bien ello ya está contemplado en el Código Civil, en forma general, la ley para las personas de la tercera edad crea una mayor concientización social sobre el tema. “Se está presentando de forma más sensible e indicando que hay que satisfacer las necesidades básicas que ya aparecían en el código”, explica.

Violeta Bermúdez, profesora de Derecho de Familia de la Pontificia Universidad Católica, añade que, si se incumple alguna de las obligaciones establecidas en la norma, los adultos mayores podrán iniciar un proceso por la vía civil o penal. 

“Una persona puede demandar alimentos ante el juez de paz letrado y recibir una pensión alimentaria por parte de sus hijos o nietos en caso no pueda velar por sí misma. Si el demandado incumple reiteradamente su obligación podría ser denunciado por el delito de omisión a la asistencia familiar”. Dicho ilícito penal es sancionado con una pena no mayor a tres años.

—Beneficio tributario—

La nueva norma considera  además una modificación a la ley de impuestos municipales. Específicamente, exonerará del pago de Impuesto Predial a todos los adultos mayores cuyos ingresos mensuales sean menores a una unidad impositiva tributaria (establecida en S/3.950 para el 2016), y que cuenten con un solo predio que usen como casa-habitación.

A la fecha, este beneficio tributario solo rige para aquellos jubilados que sean pensionistas (régimen público o privado). “Hay muchas personas que no son pensionistas y es necesario ayudarlas vía una deducción tributaria al Impuesto Predial”, señala Varsi.

—Panorama actual—

Se estima que en el Perú hay cerca de 3 millones de adultos mayores. Según la norma promulgada, son considerados adultos mayores todos los ciudadanos que superan los 60 años.

Según estadísticas del INEI, el 32,9% de los hogares en el país depende de un adulto mayor.

Además, más del 13% de este sector de la población no cuenta con ningún grado de instrucción y un 37% apenas tiene primaria completa. 

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