La pastilla que pondría en jaque al Perú
La pastilla que pondría en jaque al Perú
Fernando Alayo Orbegozo

El 23 de marzo del 2014, luego de rendir un examen en su instituto, María caminaba hacia su vivienda –ubicada en una zona rural de Huánuco–, cuando de pronto fue interceptada por cuatro hombres, quienes la dejaron inconsciente. Horas más tarde, despertó muy adolorida en un parque cercano. 

La joven fue llevada al hospital de la ciudad, donde le diagnosticaron signos de violación sexual. Quedó internada. Dos días después, el personal de salud dejó sobre el pie de su cama una receta de Postinor-2 –un tipo de anticonceptivo oral de emergencia (AOE) o píldora del día siguiente–, pero no explicó por qué ni dio una indicación de uso. 

Sus padres no consiguieron este medicamento en el hospital. Tras recorrer las farmacias privadas de Huánuco, lograron comprarlo pese a sus escasos recursos. Sin embargo, por falta de información, la píldora no fue administrada correctamente. 

—Batalla por la píldora—
Los padres de María no encontraron el medicamento en el hospital porque, desde el 2009, la píldora del día siguiente no se distribuye gratuitamente en los centros del Ministerio de Salud (Minsa). 

El Tribunal Constitucional (TC) estableció la restricción a través de una sentencia, en la que se explicaba que existía una “duda razonable” sobre la naturaleza abortiva o el efecto anticonceptivo del levonorgestrel (principio activo de la píldora). También se definió que la concepción se lograba cuando el óvulo era fecundado; a partir de entonces, existía un concebido sujeto de derecho. 
El fallo del TC no restringió la comercialización de la píldora, pero sí la distribución de esta por el Estado. Sin embargo, la propia sentencia precisaba que, si en el futuro se generaba consenso sobre la inocuidad del levonorgestrel, “tendría que cambiarse de posición”. 

—En el Poder Judicial—
Bajo esta premisa, la abogada Cristina Gómez emprendió una acción de amparo contra el Minsa para que restableciera la entrega gratuita de la píldora del día siguiente, a través de nuevos indicios científicos y jurídicos.

Uno de ellos es el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el Caso Artavia contra Costa Rica, en el cual se señala que el óvulo fecundado es sujeto de derecho solo cuando se implanta en el útero, a diferencia de lo estipulado por el TC. Esto ha sido refrendado por la Organización Mundial de la Salud (OMS).

El pasado 12 de mayo, el Primer Juzgado Constitucional de Lima notificó a Gómez que emitiría una sentencia sobre su petición, la cual debe darse en las próximas semanas. Para Samuel Abad, experto en derecho constitucional, los escenarios son dos: el juez podrá disponer que la píldora no es abortiva (por los nuevos argumentos presentados) y dictar que se disponga su redistribución; o simplemente acatará el fallo del TC del 2009. 
El constitucionalista Enrique Bernales explicó que, si bien las resoluciones del TC son de carácter definitivo, se puede solicitar una aclaración sobre cuán restrictiva es la sentencia. “En este caso, el tribunal dejó una puerta abierta. Ante las nuevas evidencias científicas y jurídicas, así como por el tiempo transcurrido, existe una salida para revertir lo que resolvió hace siete años”, precisó. 

Al respecto, la Defensoría del Pueblo indicó a El Comercio que el juez constitucional a cargo de la nueva sentencia deberá tomar en cuenta lo ya definido por la Corte Interamericana en el Caso Artavia, ya que es el precedente legal vinculante y más próximo para la justicia peruana sobre el tema.

—Demanda ante la CIDH—
María ha presentado su caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). El pasado 16 de marzo, la joven demandó al Estado Peruano ante este fuero de justicia internacional por la prohibición de la píldora del día siguiente en los centros públicos de salud y por la violación de los derechos de las víctimas de violación sexual que podrían quedar embarazadas.

La demanda podría demorar varios años en ser admitida y resuelta, pero es la única vía legal que queda para resolver su caso. No obstante, si llega a la corte, esta podría disponer la redistribución de la píldora y revertir lo dicho por el TC, explicó Susana Chávez, presidenta de Promsex, institución que ha asumido la defensa legal de la joven. 

“Hace seis años, Anel Townsend demandó al Estado ante la CIDH tras el fallo constitucional, pero le faltó exponer cómo este afectaba a las mujeres del país a través de un caso humano. Hoy, María representa a las mujeres peruanas en situación de pobreza que no tienen acceso gratuito a la píldora del día siguiente”, agregó Chávez.

El Comercio buscó la posición de la ONG Ala Sin Componenda, que interpuso la acción de amparo ante el TC en el 2009 para que el Minsa no distribuyera el AOE, pero no tuvo éxito. 

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