El abuso sexual fue cometido en el 2011. (Foto: Referencial)
El abuso sexual fue cometido en el 2011. (Foto: Referencial)

El gobierno promulgó la Ley 30609, que modifica los artículos 46 y 50 del Código Penal para "combatir la violencia familiar y la violencia de género, así como para proteger los derechos de las mujeres, niñas, niños y adolescentes".

La norma, que fue aprobada por el Congreso el pasado 8 de junio y se publicó ayer en el diario oficial “El Peruano”, restringe los beneficios penitenciarios de la liberación condicional y la redención de penas para aquellos internos sentenciados por el delito de violación sexual de menores de edad (artículos 173 y 173-A del Código).

Para los reos que hayan cometido el delito de violación sexual en cualquier otra modalidad (artículos 170 al 172 y 174 al 177) o el de lesiones graves por violencia contra las mujeres (artículo 108-A); la redención de penas se dará en razón de un día por cada seis días de labor o estudio realizados.

Ana María Romero, ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, saludó la publicación de la norma. “La eliminación de beneficios penitenciarios para feminicidas, violadores y parricidas suma en la lucha contra violencia familiar”, escribió en su cuenta de Twitter.

-Crimen organizado-
La ley promulgada también establece la restricción del beneficio de la redención de penas, por trabajo o educación, para los internos sentenciados por delitos vinculados a la Ley 30077, o Ley contra el crimen organizado.

Asimismo, se determina que la libertad condicional o semi-libertad no procede para los internos que hayan cometido los delitos de tortura (artículos 321 y 322 del Código); discriminación (art. 323); atentado contra la integridad nacional (art. 325); participación en grupo armado dirigido por extranjero (art. 326); espionaje (art. 331); entre otros.

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