Fernando Alayo Orbegozo

Hoy en día, ser un migrante puede involucrar una situación de riesgo. Tras el veto migratorio promovido por el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, así como por el endurecimiento de la ley de migración en Argentina y la crisis socioeconómica en Venezuela, decenas de peruanos que radican en estos países han considerado regresar al Perú. Así lo confirmó el Ministerio de Relaciones Exteriores, que solo en enero de este año recibió –a través de los consulados peruanos en el extranjero– 92 solicitudes de acogimiento a la Ley 30001 (denominada también Ley del Retorno). Esta norma brinda beneficios sociales y tributarios a los connacionales que desean volver al país. La cifra representa un aumento del 29% respecto a enero del 2016.

Desde que se promulgó la ley, en marzo del 2013, más de cuatro mil peruanos han cumplido los requisitos establecidos para obtener los beneficios [ver recuadro] y han recibido la denominada tarjeta del migrante retornado (TMR), que los certifica como tales. De ellos, el 40,5% presentó su solicitud tras arribar a Lima; el resto lo hizo desde Madrid (9,4%), Caracas (5,5%), Santiago (4,7%), Buenos Aires (4%) y Miami (3,7%), entre otras ciudades.

—Implementación—
Cuando entró en vigencia la Ley del Retorno, se establecieron beneficios socioeconómicos (reconocimiento de estudios efectuados en el extranjero, acceso a la seguridad social, atención psicológica, etc.), además de una serie de incentivos tributarios.

Estos últimos fueron reglamentados con el Decreto Supremo 205 (de agosto del 2013), con el que se determinó que los connacionales beneficiados quedan exonerados del pago de todo tributo para los siguientes bienes: menaje de casa (hasta por US$30 mil), un vehículo (por un valor máximo de US$30 mil) e instrumentos y maquinaria (hasta por US$150 mil).

No obstante, la vigencia de los incentivos se fijó por un plazo de tres años, y venció en agosto del 2016. En total, el Estado emitió 915 resoluciones de exoneraciones tributarias a los peruanos que se acogieron a la Ley del Retorno. Para restablecer estos beneficios, el Congreso promulgó el 15 de diciembre pasado la Ley 30325, que modificó la Ley 30001 y derogó la vigencia por tres años. También aumentó los valores máximos de los bienes exonerados de tributos [ver recuadro].

—Alcances y dificultades—
En el 2015, la Defensoría del Pueblo concluyó que la implementación de la norma tenía serias deficiencias, por lo que la cifra de solicitudes y de TMR emitidas disminuía cada año. Entre los problemas identificados, estaban la inadecuada recolección de datos de los migrantes y la descoordinación entre la cancillería y las entidades encargadas de aplicar los beneficios socioeconómicos, como la Sunat.

Percy Castillo, comisionado de la Adjuntía para los Derechos Humanos de la defensoría, explicó a El Comercio que, si bien ha habido avances como la derogación de la vigencia limitada de las exoneraciones tributarias, aún está pendiente la actualización de los reglamentos de ley. 

“La nueva norma [Ley 30325] modificó los montos máximos de los bienes que pueden retornar los migrantes, por lo que se requiere una nueva reglamentación. Si esto no se concreta, se generarán barreras burocráticas y vacíos legales”, dijo Castillo.

El titular de la Subdirección de Protección a Colectividades Nacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, Jorge León Collantes, consideró que el balance de la aplicación de la Ley del Retorno “es positivo”, aunque reconoció que aún se deben realizar precisiones en la normativa vigente para mejorarla.

León indicó que la cancillería elabora una nueva reglamentación para la ley, la cual requerirá la aprobación del Ejecutivo y su posterior aprobación a través de un decreto supremo. “La ley no incentiva el retorno, sino que da beneficios a los peruanos que desean volver. Ese es el propósito”, agregó. 

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