La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), a propósito de la gran cantidad de practicantes preprofesionales y profesionales que integran una empresa, compartió la lista de derechos laborales que tienen bajo esa condición.
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Cabe mencionar que en las prácticas preprofesionales participan estudiantes hasta que egresan de sus respectivas carreras, mientras que en las prácticas profesionales se comprende a los egresados hasta antes de que obtengan su título profesional.
En el caso de los primeros, el alumno aún se encuentra estudiando, y debe firmarse un convenio de prácticas por escrito entre el instituto o universidad y la empresa donde va a practicar.
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En tanto, los practicantes profesionales tienen un convenio que no debe superar los 12 meses, salvo que se determine una extensión mayor.
DERECHOS
- Derecho a un pago mensual: debe recibir una subvención mensual equivalente a una remuneración mínima vital (S/1025), esto en caso cubra íntegramente la jornada establecida para realizar la práctica. En los casos en que no se cumpla, el pago será proporcional.
- Derecho a una subvención adicional: el practicante tiene derecho a recibir el pago de media subvención mensual por cada 6 meses de duración de prácticas.
- Derecho a descanso: los practicantes tienen derecho a descansar 15 días pagados cuando la duración de la práctica sea superior a los 12 meses. Además, su descanso semanal y los feriados deben ser pagados por la empresa.
- Seguridad social: los practicantes deben tener un seguro que cubra riesgos de enfermedad y accidentes a través de Essalud o de un seguro privado con una cobertura equivalente a 14 subvenciones mensuales en caso de enfermedad, y 30 por accidente.
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Jornada máxima
- Prácticas preprofesionales: máximo de 6 horas diarias o 30 horas semanales.
- Prácticas profesionales: duración diaria de 8 horas o 48 horas semanales. Los practicantes no pueden realizar horas extras.
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