Hasta el momento, la Sunedu ha denegado la licencia institucional a 16 universidades. (Foto: Sunedu)
Hasta el momento, la Sunedu ha denegado la licencia institucional a 16 universidades. (Foto: Sunedu)
Redacción EC

El Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria () ha resuelto denegar las solicitudes de presentadas por la Universidad Privada Juan Pablo II (con sede en Lima) y a la Universidad Privada de la Selva Peruana (con sede en Iquitos).



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Como consecuencia de estas decisiones, ambas universidades deberán iniciar procesos ordenados de cese de actividades, con un plazo máximo de dos años. De manera inmediata, las universidades con licencia denegada quedan impedidas captar nuevo alumnado mediante cualquier mecanismo. La Sunedu supervisará que los procesos de cese se lleven a cabo garantizando los derechos de las y los estudiantes.

-La Universidad Privada Juan Pablo II-

La Universidad Privada Juan Pablo II funciona desde 2010. Actualmente, cuenta con 930 estudiantes y 90 docentes en un local ubicado en el distrito de Ate Vitarte, Lima.

La universidad fue creada por una empresa llamada Universidad Privada Juan Pablo II S.A.C., cuyo gerente general es Juan Carlos del Prado, abogado de Joaquín Ramírez, ex secretario general de Fuerza Popular. 

La evaluación realizada por la Sunedu ha determinado que la universidad no cumple con ninguna de las Condiciones Básicas de Calidad. Entre las principales deficiencias encontradas, cabe resaltar las siguientes:

► La universidad no cuenta con instrumentos de planificación que permitan asegurar el cumplimiento de sus objetivos institucionales. Tampoco evidenció una gestión de la calidad consistente que garantice la mejora continua.

► El repositorio de la universidad no contiene toda su producción académica y de investigación, tales como los proyectos de investigación realizados por sus docentes, así como las tesis y/o trabajos de suficiencia profesional de todas las escuelas profesionales de la universidad.

► No cuenta con procedimientos ni parámetros para identificar posibles afectaciones a los derechos de autor en su producción académica y de investigación.

► Los actuales procesos de selección, renovación y capacitación docente no garantizan una adecuada gestión de la plana docente, lo que repercute en la calidad y continuidad de los procesos de enseñanza-aprendizaje.

► No evidencia la disponibilidad y el adecuado funcionamiento de los servicios sociales, culturales y de vigilancia. A ello se suman deficiencias en la planificación y asignación de presupuesto, por lo que la continuidad de dichos servicios no está garantizada.

► La universidad carece de un diagnóstico integral de la situación laboral de sus egresados y graduados y no logra ejecutar de manera efectiva los convenios y alianzas estratégicas que le permita facilitar el acceso a oportunidades laborales de sus estudiantes y egresados.

► El análisis de sostenibilidad financiera de la universidad concluye que se encuentra en un escenario de continuas pérdidas y no cuenta con patrimonio como respaldo financiero para su operatividad futura, lo cual no garantiza el mantenimiento de las CBC.

La Universidad Juan Pablo II está vinculada a Joaquín Ramírez.
La Universidad Juan Pablo II está vinculada a Joaquín Ramírez.

-La Universidad Privada de la Selva Peruana (UPS)-

Por otro lado, la UPS es una universidad privada de naturaleza societaria, con sede en la región Loreto. Cuenta con 1.021 estudiantes, 63 docentes. Su oferta académica está compuesta por cinco programas de pregrado, que se imparten en tres locales ubicados en la ciudad de Iquitos.

La UPS tampoco pudo demostrar el cumplimiento de ninguna de las CBC establecidas en la Ley Universitaria. Entre las deficiencias encontradas en su evaluación, cabe resaltar:

► La universidad evidencia inestabilidad en los procesos de planificación. Esto, debido a los reiterados cambios en sus instrumentos de gestión, que dificultan los procesos internos de seguimiento y evaluación de la mejora continua.

► Los planes de estudio presentados son inconsistentes respecto del total de horas, créditos, cursos y denominación de los programas. En consecuencia, sus estudiantes no tienen una ruta clara sobre su proceso formativo.

► Los procesos de admisión se sostenían sobre reglamentación inconsistente e incumplían con las vacantes mínimas que le permitía su autorización provisional otorgada por la CONAFU.

► El local principal de la universidad no es de uso exclusivo, pues se comparte con la oficina de control satelital de una empresa proveedora de televisión por cable.

► Los locales donde se brinda el servicio universitario cuentan con ambientes sin adecuada ventilación ni iluminación natural. Asimismo, las áreas de circulación no cumplen con las medidas mínimas reglamentarias, lo que generaría peligro en caso de una eventual evacuación.

► Los laboratorios y equipamiento de enseñanza son insuficientes para el desarrollo de los cinco programas que ofrece. En estos ambientes se pudo constatar una inadecuada identificación de riesgos, deficiente señalización y débil socialización de los protocolos de seguridad. En el caso concreto del laboratorio de Enfermería (el programa académico con mayor alumnado) se constató que la seguridad de los estudiantes se encuentra en riesgo debido a la falta de exigencia de equipos de protección.

► En cuanto a investigación, se detectó que no ha desarrollado normas y estrategias consistentes y sostenibles para gestionar, adjudicar fondos y monitorear proyectos de investigación; además de no demostrar una óptima gestión financiera y poder sustentar el gasto en dichos proyectos.

► No cuenta con un Código de Ética que establezca sanciones sobre conductas que vulneren la integridad de personas ni animales durante la investigación; ni una Comisión de Propiedad Intelectual debidamente establecida.

► La casa de estudios no cumple con el 25% de docentes con régimen de dedicación a tiempo completo. Además, se identificó que el 14% de sus docentes contratados son bachilleres que no demuestran haber ejercido la docencia con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 30220.

► La universidad no pudo garantizar la prestación de sus servicios complementarios. Así, no pudo garantizar el servicio de salud durante el horario completo de actividades académicas, ni la ejecución de las actividades deportivas y culturales ofrecidas.

► No desarrolló estrategias integrales de inserción laboral, ya que no cuenta con convenios interinstitucionales para el desarrollo de prácticas profesionales. Asimismo, la universidad no pudo demostrar un seguimiento adecuado a sus graduados.

► Tampoco cuenta con un portal de transparencia con información completa y actualizada, tal cual lo exigido por la última de las CBC y la actual Ley Universitaria.

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