En el caso de los procedimientos disciplinarios, de comprobarse alguna inconducta por parte de estos exservidores, los responsables podrían ser sancionados. (Foto: Andina)
En el caso de los procedimientos disciplinarios, de comprobarse alguna inconducta por parte de estos exservidores, los responsables podrían ser sancionados. (Foto: Andina)
Redacción EC

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria () informó que está investigando, a través de sus órganos competentes, los casos de 12 exservidores de este organismo público que estarían trabajando o realizando servicios de “asesoría” en universidades. La Superintendencia iniciará procedimientos disciplinarios y otras medidas legales que correspondan.

En el caso de los procedimientos disciplinarios, de comprobarse alguna inconducta por parte de estos exservidores, los responsables podrían ser sancionados con la inhabilitación para reingresar al servicio civil hasta por por cinco cinco años. Además, serían inscritos en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido.

La Sunedu invocó a las universidades a verificar previamente que las personas que contratan no se encuentren inmersas en incompatibilidades y prohibiciones, y así evitar ser partícipes de actividades que serán investigadas y pueden derivar en sanciones.

¿Qué especifica la legislación?

El marco legal vigente contempla una serie de prohibiciones e incompatibilidades para funcionarios, servidores públicos y exservidores para prevenir conflictos de intereses y salvaguardar la reserva de la información.

La Ley del Procedimiento Administrativo Disciplinario General (Ley Nº 27444) señala que ninguna exautoridad de una entidad pública podrá realizar, durante el año siguiente a su cese, actividades de representación, asistencia o asesoría a un administrado en algún procedimiento respecto del cual tuvo algún grado de participación durante su actividad en la entidad. La norma también señala que están impedidos de asesorar a cualquier administrado en algún asunto que estaba pendiente de decisión durante su relacion con la entidad.

Además, la Ley Nº 27588 (Ley que establece prohibiciones e incompatibilidades de funcionarios y servidores públicos, así como para las personas que presten servicios al Estado bajo cualquier modalidad contractual), prevé que dichas personas se encuentran impedidas, entre otros, de intervenir como abogados, apoderados, asesores, patrocinadores, peritos o árbitros de particulares en los procesos que tengan pendientes con la misma repartición del Estado en la cual prestan sus servicios, mientras ejercen el cargo o cumplen el encargo conferido; salvo en causa propia, de su cónyuge, padres o hijos menores. Los impedimentos subsistirán permanentemente respecto de aquellas causas o asuntos específicos en los que hubieren participado directamente.

Este sábado, el diario Perú 21 informó que entre los exfuncionarios de Sunedu involucrados están Luis Málaga, exjefe de equipo en la Dirección de Licenciamiento; Franco Danós, el exasesor legal en la Dirección de Supervisión; y Carolina Andonaire, especialista que reportaba a la Dirección de Licenciamiento.

Ellos estarían trabajando para la Universidad Alas Perunas (UAP), que cuenta con su Plan de Acuación aprobado pero aún cuenta con el licenciamiento institucional. El citado medio informó que la UAP confirmó que la Sunedu solicitó información. La universidad sostiene que los investigados “no han cometido una infracción”.

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