Sunedu solicita información a universidades sobre casos de acoso sexual
Sunedu solicita información a universidades sobre casos de acoso sexual
Redacción EC

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) solicitó a las universidades del país un reporte detallado sobre los casos de hostigamiento, acoso o violencia sexual registrados en sus casas de estudio y las acciones ejecutadas en cada caso.

En el comunicado emitido por la Sunedu, se precisa también que esta acción busca comprobar el cumplimiento de la Ley Universitaria y tiene como propósito garantizar una acción efectiva y oportuna por parte de las autoridades universitarias ante estos casos de hostigamiento y violencia sexual en la comunidad universitaria.

Asimismo, la Sunedu recomendará medidas, tanto normativas como comunicacionales, para prevenir estas situaciones y que los miembros de la comunidad universitaria conozcan los canales de protección existentes. Las casas de estudios superior tendrán 15 días hábiles para enviar lo solicitado.

Vale precisar que las universidades están obligadas a atender las denuncias de hostigamiento, acoso o violencia sexual. Además, la Sunedu tiene la potestad de hacer seguimiento a estos casos y sancionar una eventual inacción por parte de la universidad.

-Atención de denuncias-

El Minedu aprobó este miércoles los lineamientos para la elaboración de documentos normativos internos para la prevención e intervención en casos de hostigamiento sexual en las universidades del país.

Las universidades deberán contar con una Defensoría Universitaria o Tribunal de Honor, a fin de que las denuncias sobre acoso sexual sean canalizadas por estas instancias. Según la Dirección de Supervisión de la Sunedu, 117 universidades de todo el país ya cuentan con una Defensoría Universitaria.

El procedimiento para la atención de las denuncias de acoso sexual en las universidades es el siguiente: 

-Un miembro de la comunidad universitaria puede presentar una denuncia de acoso sexual ante la Defensoría Universitaria o el Tribunal de Honor, adjuntando el sustento y/o medios probatorios.

-La otra parte podrá presentar su descargo dentro de un máximo de tres días hábiles ante la Defensoría Universitaria o el Tribunal de Honor adjuntando las pruebas que considere necesarias.

-La Defensoría determinará si la denuncia tiene méritos para iniciar un proceso administrativo, y de ser así, la deriva al órgano competente. Caso contrario, dispondrá su archivamiento.

-La universidad deberá disponer las acciones correspondientes para asegurar la confidencialidad de los hechos y del denunciante.

-La universidad especificará las medidas cautelares que adoptará la instancia competente para el denunciante y denunciado, así como la solicitud de separación preventiva conforme al artículo 90 de la Ley Universitaria.

-Se aplicará el procedimiento administrativo disciplinario, dependiendo del régimen laboral del hostigador y es de acuerdo al estatuto interno de la universidad. Si el acosador es un estudiante, la universidad determinará el procedimiento disciplinario aplicable.

La Sunedu detalló que además de la Defensoría Universitaria y el Tribunal de Honor, se pueden realizar denuncias sobre estos y otros casos a través de su .

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