Pedro Castillo anunció toque de queda a nivel nacional desde la noche de hoy, 7 de diciembre (Foto: El Comercio / Referencial)
Pedro Castillo anunció toque de queda a nivel nacional desde la noche de hoy, 7 de diciembre (Foto: El Comercio / Referencial)
Redacción EC

Actualización

La Presidencia de la República informó en la tarde de hoy, miércoles 7 de diciembre, que el toque de queda decretado por el ahora expresidente Pedro Castillo quedó sin efecto. Esto luego de que Dina Boluarte jurará como mandataria en reemplazo de Castillo, quien fue vacado por el Congreso tras un fallido intento de golpe de Estado.

Información previa / Miércoles 7 / 12 (12:35 p.m.)

¿A qué hora inicia el toque de queda?

El toque de queda en el Perú inicia a las 22:00 horas de hoy 7 de diciembre hasta las 4:00 horas del jueves 8 de diciembre.

“Se decreta el toque de queda a nivel nacional a partir de hoy miércoles 7 de diciembre de 2022 desde las 22 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente”, dijo Castillo durante su mensaje a la Nación.

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Toque de queda: ¿qué es y cuáles son las restricciones?

La inmovilización social obligatoria o toque de queda es una medida que te exige permanecer en casa de acuerdo al lugar donde vives.

Se refiere a la prohibición o restricción, establecida por el gobierno de circular libremente por las calles de una ciudad o permanecer en lugares públicos, permaneciendo los habitantes únicamente en sus hogares salvo excepciones de necesidad o urgencia.

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¿Quiénes podrán circular durante el toque de queda?

Los que podrán circular durante la inmovilización social obligatoria son los que realizan la prestación de los siguientes servicios:

  • Atención de servicios de salud, medicinas, agua, luz, gas, combustibles, transporte de carga y mercancías y actividades conexas.
  • Farmacias y boticas puedan brindar atención.
  • Podrá transitar el personal de prensa escrita, radial o televisiva siempre que porten su pase personal laboral, su credencial periodística respectiva y su Documento Nacional de Identidad para fines de identificación.
  • Se permite el desplazamiento con vehículo particular o peatonal de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud; así como, para la adquisición de medicamentos.
  • Los trabajadores del sector público y privado realizan solo trabajo remoto.

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