Esta semana, el presidente Pedro Castillo debía declarar en calidad de testigo ante la fiscal para casos de lavado de activos Luz Taquire, que investiga a una presunta organización criminal que habría actuado al interior del actual Gobierno y que presuntamente lavó dinero producto de actos de corrupción. Sin embargo, el jefe de Estado requirió que se le envíe las preguntas para que, en atención a su prerrogativa constitucional, responda por escrito.
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Castillo también volvió a ser objeto de señalamientos por parte de Zamir Villaverde, sindicado como integrante de la organización criminal que investiga Taquire. Sin mostrar pruebas, el empresario afirmó que el mandatario tenía pleno conocimiento de las presuntas prácticas ilícitas y que incluso se había entregado dinero ilícito para que lleguen a sus manos.
No obstante, para Benji Espinoza, el abogado que desde esta semana forma parte de la defensa legal del mandatario, las afirmaciones de Villaverde “son palabras sin pruebas”. Señala que el presidente está en su facultad de responder por escrito ante la fiscal.
En entrevista con El Comercio, Espinoza Ramos asegura que como abogado ha recomendado al Gobierno tener más tolerancia con la prensa.
—¿Cuándo responderá las preguntas de la fiscal Luz Taquire?
Bueno ya llegó la disposición fiscal, pero formalmente aún estamos esperando el pliego interrogatorio. Yo entendía que ya había llegado, pero aún no.
—Usted indicó que ya les habían llegado el rol de 15 preguntas...
Pero en realidad no eran las preguntas de la fiscalía, pero no eran las preguntas de la fiscalía, sino que era el ensayo de la defensa
—¿Ya han determinado previamente sobre lo que responderán o se contestará todo?
Estamos evaluando. Honestamente, no podría adelantarte cómo vamos a contestar.
—¿Lo que llama la atención es que el presidente no acepte que sea un interrogatorio presencial?
Probablemente con otra fiscal, pero la fiscal -que el viernes (pasado) ha actuado con ilegalidad, arbitrariedad, abuso de poder- pretende criminalizar el derecho a guardar silencio, pese a que la propia fiscalía como defensora y no como verduga de la legalidad, sabe que ese es un derecho no solo del investigado, también lo tienen los testigos y eso está reconocido en la ley y en los pactos de derechos humanos. Entonces, ese proceder es el que hace que se tome la decisión de contestar a través de un pliego de preguntas.
—Pero, si el presidente no tiene nada que esconder, ¿por qué no responder frente a frente a la fiscal? Sobre todo, cuando él ha dicho muchas veces que se allanaría a cualquier citación que le haga la justicia, pero parece que ahora se esconde...
Ni se esconde, ni tiene falta de transparencia. El problema es que toda colaboración tiene que hacerse dentro del marco del ordenamiento jurídico. Si una fiscalía te cita, sabiendo para qué quiere llamarte, pero no te dice por qué; solo te dice que es por un caso que tiene este despacho y no te dice más, ¿qué pasa? Ya la Corte Interamericana en el Caso Barreto Leyva contra Venezuela ha dicho que cuándo se cita a un testigo; y el presidente lo es, no solo hay que indicarle los hechos, sino que también hay que indicarle si alguien le hizo un señalamiento.
—Usted se refiere al caso de Lilia Paredes, esposa del presidente Castillo…
En ambos casos, al presidente le pasó lo mismo. La citación es sin motivación, sin precisión, sin establecimiento de los hechos.
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—Insisto en que, en el marco de la transparencia, del sometimiento a la justicia, un termino tantas veces mencionado por los políticos e, incluso, por Pedro Castillo desde que empezaron las primeras investigaciones, ¿no se sería mejor declarar que poner estos peros?
Es que, si tú eres testigo, sabes que, en cualquier momento, puedes ser investigado, hablo por el caso de la señora Lilia (Paredes). En un santiamén pasa tu condición de testigo a ser investigado y eso no es ninguna novedad o sorpresa y es algo que suele ocurrir. Ahora, tú tienes que colaborar, sí; tienes que apoyar las investigaciones, sí; lo que no se puede admitir es que una fiscal te cite a declarar sin decirte por qué. La fiscalía tiene que poner por escrito por qué te llama.
—Pero no se cita solo por un señalamiento, sino para diga qué conoce sobre los hechos. En la citación a Pedro Castillo se dice, ‘a fin de que brinde su testimonial sobre los hechos materia de investigación en relación al señor Arnulfo Bruno Pacheco’, por ende, sí se le dijo.
No se le ha dicho, cuáles son los hechos, a qué se están refiriendo. El testigo no tiene acceso a la carpeta fiscal. Si a un testigo les dices venga para hablar de este caso, el testigo no sabe. El imputado y su abogado tienen acceso a la carpeta, el testigo no. ¿Cómo podríamos interpretar a qué hechos se refiere?
—Más allá del tema del acceso, es de público conocimiento por qué es investigado Bruno Pacheco, quien fue secretario general de Pedro Castillo.
No necesariamente, porque una cosa es lo que aparece en la prensa y otra las disposiciones y la carpeta fiscal. Finalmente, la prensa puede trasladar algunas cosas, puede presentar una interpretación de las cosas, pero nosotros tenemos que ceñirnos a los documentos fiscales. El artículo 122 (del Código Procesal Penal) establece, providencias, requerimientos y la fiscal Taquire lo sabe y tiene que aplicar el Código.
—Lo he escuchado mencionar que Lilia Paredes sí se allanó porque fue a la primera citación fiscal, pero ¿de qué sirve cuando acude para decir que no declarará y sin esperar que le digan las preguntas?
Es que acá viene el tema, ¿la primera dama podría haberse rehusado a comparecer? Claro, porque el requerimiento era ilegal. Si no me dices por qué soy testigo, yo no tenía por qué ir, pero ella fue. Acá lo que pasó fue, primero se le dan las generales de ley, en segundo momento la fiscal le instruye sus derechos y, en un tercer momento, ella hace uso de sus derechos. No hay nada irregular.
—Como dice, ella podría no haber ido a la primera citación y pedir que se le aclare por qué hechos está citada y no ir hasta la fiscalía y señalar que no declarará.
No, porque el deber procesal lo tiene el Ministerio Público, la carga lo tiene la fiscalía. Si la fiscalía no hace bien su trabajo, esa omisión no se puede trasladar como soberbia a la testigo. La testigo ejerce su derecho y quien ejerce su derecho no comete actos de soberbia, el que ejerce su derecho no obstaculiza, no dilata.
—Sobre el derecho del testigo a guardar silencio, la ley precisa ciertos requisitos, como el hecho de no autoincriminarse o cuando podría incriminar a investigados con grado de cercanía familiar…
Y es lo que ella invocó, el artículo 165 (del Código Procesal Penal) abstenerse a declarar y el 163 para evitar autoincriminación.
—Justamente, cualquier persona que se dice inocente declara y no tiene el temor de autoincriminarse. Y para seguir la norma, ésta dice que no puede declarar si las personas investigadas son su familia; y ni ella ni su esposo están siendo investigados con la fiscal Taquire; por tanto, no hubo obstáculo legal para que no declare…
Lo hay y le voy a voy a dar un ejemplo. La citación dice proceso especial y parece ser que lo que estamos viendo es la corroboración de los dichos de la aspirante Karelim (López). Ella menciona un tema de un concierto con César Acuña y ese tema está siendo investigado en Cajamarca. Si la señora Lilia Paredes está investigada por plagio en Cajamarca, ¿le parece bien que vaya como testigo sobre esos hechos para corroborar los dichos de Karelim?
—La señora Paredes no está siendo investigada por esos hechos en el despacho de la fiscal Taquire...
Pero el hecho es el mismo y si vamos a la noticia pública, es noticia que uno de los puntos de Karelim es sobre la tesis y ese tema no lo puede investigar Taquire. Entonces, de manera encubierta no puede entrar a preguntar eso cuando ya la señora está siendo investigada en otra fiscalía.
—Pero eso es solo una parte de la investigación, no solo sobre ese tema se le tendría que preguntar, el caso es amplio, hablar sobre las licitaciones en Provías, sobre si conoce a la señora Karelím López, etc…
Entonces, por qué no se puede poner todos esos temas por escrito ¿O sea que uno tiene que deducir eso? No. Que los fiscales se hayan mal acostumbrado a citar sin decirte nada, no significa que están actuando bien. Hay que ponerle coto a ese tipo de prácticas inquisidoras.
—¿Está diciendo que estamos como en la Santa Inquisición, en una cacería de brujas?
Lo que te estoy diciendo es que antes se multaba y apresaba cuando guardabas silencio, hoy no. El silencio no es indicio de culpabilidad, ni tampoco obstaculización.
—En todo caso, estamos hablando del presidente de la República, el primer funcionario del Estado y de una primera dama. Son figuras que, a los ojos de la opinión pública, tendrían que dar una imagen de colaboración y en el caso del señor Castillo, el responder por escrito, no es una muestra de transparencia y colaboración porque hubiera pedido reprogramación, que le precisen los hechos y responder frente a frente…
Esa es una interpretación, yo tengo otra. Lo que se espera del presidente es que colabore dentro de la ley, cuando los fiscales cumplen la ley, cuando la incumplen ya no es colaboración, es sometimiento. Lo que hay que entender es que no hay ningún rehusamiento, hay colaboración dentro del marco de la ley. La imagen de colaboración del presidente, siendo el primer mandatario, es pedir que se respete la Constitución y la Ley.
—Lo que parece es que se está rebuscando dentro de la ley para evitar algunas acciones y estar en el límite con la obstaculización...
Quien cumple la ley no obstaculiza. Quien cumple la ley no escabulle, el cumplimiento de la ley en el ejercicio de un derecho no es un artificio.
—Pero el hecho de responder un interrogatorio por escrito en esta instancia es más un trámite más que no cumple su fin, porque usted más que nadie sabe que los detalles cuentan, las reacciones, la forma en dar las respuestas, el comportamiento del interrogado…
Hay que distinguir dos planos. El plano de lo que es y de lo que podría cambiar. En el plano de lo que es, el 167 (del Código Procesal Penal) numerales 1 y 2, establece las posibilidades posibilidad del interrogatorio oral y escrito. Y en el que podría cambiar, en todo caso que haya una reforma legislativa que se elimine el interrogatorio escrito. En el plano de la normativa vigente el interrogatorio escrito vale tanto como el oral.
—Pero el artículo 167 numeral 2 habla de un proceso en vía judicial con la intervención del juez o en juicio oral, no indica nada sobre la instancia previa. Entonces, en qué se sustenta esa extensión para una investigación fiscal, cuando incluso el señor Castillo es testigo…
¿Por qué? Si en el juicio se exige ello, siendo el juicio el escenario donde están todas las garantías de publicidad y mediación, la etapa principal del proceso, con mayor razón debe exigirse en la investigación donde hay menos garantías que hay en el juicio oral.
—Nuevamente, lo que le decía hace un momento, estamos en un escenario donde estiramos la ley para que calce a su interpretación…
No es por nuestra interpretación es porque el artículo 7.3 del título preliminar (Código Procesal Penal) establece que se pueden hacer aplicaciones extensivas, no solo para el juicio, sino también para la investigación fiscal, porque la ley dice que hay que estar a lo más favorable del imputado o testigo, no para la fiscalía.
—El señor Zamir Villaverde ha declarado estos días e implicado al presidente ¿Pedro Castillo conoce a Zamir Villaverde?
Ese caso tiene una investigación que se abrió en la Fiscalía de la Nación que se ha suspendido. Yo mal haría en contestar algo que tiene que ver con una investigación que le corresponde a la Fiscalía de la Nación, por estrategia de defensa no voy a poder profundizar sobre ese tema.
El señor Villaverde a realizado imputaciones graves contra el presidente Pedro Castillo…
Lo único que puedo señalar es que de Zamir, lo único que escucho son palabras sin pruebas, palabras huecas, sin ningún testimonio, sin ningún documento, sin ningún elemento material que lo acredite.
—Pero no solo es Zamir Villaverde también Karelim López, sometida a un proceso de colaboración eficaz, señala al señor Castillo ¿No es sintomático ello?
Pero se están contradiciendo Karelim con Zamir. Entre ellos hay un fuego cruzado de las propias versiones y por lo menos hay que levantar la ceja.
—No obstante, más allá de las contradicciones, donde cada uno vela por sus propios intereses porque ambos están siendo investigados, los dos llegan a un punto final que es el señalamiento del señor Castillo…
Y ambos tienen solo su palabra, yo estoy seguro que no habrá ninguna prueba que corrobore sus dichos, no hechos. Se van a quedar en dichos.
—¿Usted cree que si Karelim López no tuviera el mínimo de pruebas habría sido aceptada para someterse a un proceso de colaboración eficaz?
No sería el primer caso donde una persona empieza a hablar y luego no llega a corroborar y no llega a ser colaboradora. La señora no es colaboradora, es una postulante a la colaboración.
—¿Evalúan interponer algún recurso en las investigaciones donde Pedro Castillo es testigo?
No, pero lo que estamos evaluando es una querella contra Zamir Villaverde.
—¿Contra alguien más, algún tipo de acción legal?
No, porque he recomendado, por ejemplo, que en el caso de los periodistas hay que tener tolerancia, siempre pienso que los altos funcionarios deben tener mayor tolerancia con las críticas.
Soy un convencido de los estándares democráticos, en el debido proceso y en lo que dice la Corte Interamericana, creo que con los periodistas y la prensa (hay que tener) mucha tolerancia. Podemos discrepar, pero siempre con altura y respeto. Lo que no podemos tolerar es que personas como Zamir Villaverde digan cosas sin pruebas y manchen el honor del presidente.
—Ahora, el único que podría dar luces de todo es Bruno Pacheco, quien se encuentra en calidad de prófugo ¿No cree que si todo fuese mentira Pacheco daría la cara porque es amigo de Pedro Castillo?
Eso hay que preguntarle a la defensa de Pacheco que tendrá su estrategia, que tendrá sus motivos, sus razones. No te puedo responder por terceros, solo te puedo responder por el presidente.
—Vamos, doctor, como le repito, Bruno Pacheco es amigo del señor Castillo ¿y lo deja en esta incertidumbre procesal?
Son situaciones de Pacheco, no son acciones del presidente Castillo.
—Y en en el caso de los sobrinos del presidente. El señor Fray Vásquez por qué está huyendo de la justicia si supuestamente no hay nada que ocultar…
Y los sobrinos tienen también un abogado cuál es su estrategia de defensa por qué están resistiendo a la detención.
—Pero qué podemos pensar frente a hechos como que Palacio de Gobierno no entrega u oculta información a la fiscalía. Por ejemplo, hace poco se informó que la fiscalía descubrió cerca de 43 registros de ingresos de los sobrinos del señor Castillo a Palacio que no fueron reportados…
La fiscalía tiene el poder y la potestad de identificar quiénes son los que tienen acceso a ese sistema para poder interrogarlos y saber qué es lo que pasó. La fiscalía tiene el poder de la investigación, yo no te puedo contestar sobre algo que escapa a mi conocimiento y control.
—¿Les preocupa el cambio gradual de versión que ha dado el primer ministro Aníbal Torres sobre su encuentro con Bruno Pacheco? Inicialmente afirmó que se lo encontró en la calle y luego dijo que fue porque estaba preocupado y luego que fue a reunirse expresamente con él…
Yo creo que el doctor Aníbal Torres te puede contestar si de verdad hubo un cambio gradual o precisión de datos. Porque aquí hay dos cosas, hay cambios que son reales y otros aparentes.
—Pero ir dando esas precisiones, como dice usted, a medida que iba saliendo la información ¿es bien conveniente, no cree?
Yo no comparto ese calificativo, lo respeto, no lo comparto. Creo que si le preguntas al presidente del Consejo de Ministros te podría explicar el panorama.
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