Por el momento, Alejandro Toledo no será sujeto a prisión preventiva por los presuntos hechos ilícitos cometidos durante la licitación del Tramo 4 de la Carretera Interoceánica, debido a que no existe una ampliación de su extradición por este caso.
Así lo resolvió el juez de investigación preparatoria Richard Concepción Carhuancho, al señalar que no podía analizar el pedido de prisión preventiva por 36 meses que solicitó la fiscalía contra Toledo, debido a un defecto de forma en el requerimiento.
El exmandatario enfrenta el proceso bajo la medida de comparecencia simple, por lo que la fiscalía solicitó su variación por la medida de prisión preventiva. La audiencia para evaluar ese pedido se realizó este miércoles 20.
MIRA: Dina Boluarte y los relojes ‘Rolex’: las claves del caso y del inicio de diligencias preliminares por parte de la fiscalía
El juez recordó que Toledo fue traído al Perú el 23 de abril del 2023 en mérito a un proceso de extradición que comprendía únicamente los hechos comprendidos en la licitación de los Tramos 2 y 3 de la Carretera Interoceánica.
Por esta razón, indicó, el exmandatario no puede ser detenido por delitos distintos a los que fueron autorizados por la justicia de Estados Unidos.
Ello, agregó, se indica en el Artículo 520 numeral 1 del Código Procesal Penal y el Artículo 13 Numeral 1 inciso A del Tratado de EE.UU. con Perú. Según ambos dispositivos legales, se prohíbe la detención de una persona sin una orden de extradición.
“Este despacho ha llegado a la conclusión de que el requerimiento del Ministerio Público, que en el fondo pretende el encarcelamiento de Toledo Manrique, en el que está implicado Camargo Correa por el Tramo 4 de la Carretera Interoceánica, presenta un serio defecto de forma debido a que no se habría cumplido con el trámite de la ampliación de la extradición contra el investigado por el presente caso”.
Richard Concepción Carhuancho, juez de investigación preparatoria.
El juez anotó que si el Ministerio Público pretende el encarcelamiento del exmandatario, entonces debe cumplir con las exigencias internacionales y la normativa peruana. Esto es, tramitar previamente la ampliación de la extradición -de forma complementaria a la extradición principal- contra el investigado a fin de poder ventilar su variación de media de comparecencia simple por la de prisión preventiva.
Recordó que en el caso del procesado Martín Belaúnde, exasesor de Ollanta Humala, el colegiado ya había resuelto que este no podía ser detenido, procesado y condenado por hechos que no provengan del proceso de extradición autorizado por el Caso La Centralita.
“En rigor, se trataría de una circunstancia que impediría entrar al fondo del asunto, es por ello que el pedido de variación de la medida deviene en improcedente, de tal forma se va a rechazar el pedido sin un pronunciamiento de fondo.”
Richard Concepción Carhuancho, juez de Investigación Preparatoria
Mientras la defensa de Toledo se mostró conforme, la fiscalía interpuso recurso de apelación contra la decisión del magistrado.
Durante la audiencia, el abogado Roberto Su, defensor legal de Toledo, sostuvo que no se podía continuar con la instalación de la audiencia donde se evaluaría su prisión preventiva. Ello, indicó, debido a que previamente se debía realizar el proceso de extradición por el Caso Antalsis y luego de que Estados Unidos autorice la misma, recién se podría dictar cualquier medida coercitiva contra su patrocinado.
El abogado sustentó su recurso de nulidad invocando el “principio de especialidad” que prohíbe dictar cualquier medida contra un procesado sin previo proceso de extradición, por tanto se afectarían los derechos de Toledo Manrique.
“El tratado prohíbe este tipo de medidas y en este caso tampoco se podría emitir una medida suspendida puesto que el tratado no lo autoriza”, anotó Su.
Además, mostró como ejemplos el caso del exjuez César Hinostroza y del exmandatario Alberto Fujimori, para quienes se necesitó la ampliación de la extradición.
En contraparte, la fiscal Diana Canchihuamán, integrante del Equipo Especial para el Caso Lava Jato, señaló que el Tratado de Extradición con Estados Unidos exige que para poder formarse el cuadernillo para la ampliación de la extradición se requiere la prisión preventiva; y además, porque en estas instancias del proceso judicial ya no era posible que el exmandatario continúe con una comparecencia simple.
Y, ante la pregunta del juez Concepción Carhuancho, la fiscal reconoció que de dictarse la prisión preventiva, esta quedaría “congelada” hasta que Estados Unidos autorice la extradición por este caso.
Presuntos hechos y otras medidas
La fiscalía buscaba obtener la orden judicial de prisión preventiva contra Toledo para iniciar el proceso de ampliación de lo que sería su tercer proceso de extradición por presuntos actos de corrupción.
El exmandatario fue extraditado por la justicia de Estados Unidos en un largo y engorroso trámite donde no faltaron las maniobras dilatorias por parte de la defensa de Toledo en ese país.
Finalmente, luego de cinco años y cuatro meses de haberse dado los primeros pasos para su repatriación, la justicia norteamericana lo extraditó el 23 abril del 2023, para que responda por la presunta coima de US$35 millones que le habría pagado la empresa Odebrecht a cambio de la licitación de los Tramos 2 y 3 de la Carretera Interoceánica.
El exjefe del Estado llegó al país y de inmediato fue recluido en el penal de Barbadillo para que cumpla una orden de prisión preventiva por 18 meses.
Posteriormente, el Perú envió también el pedido de ampliación de la extradición por el presunto lavado de activos que habría realizado Toledo, su esposa Eliane Karp y otros, por la compra de inmuebles en nuestro país con dinero proveniente de la corrupción y a través de la empresa Ecoteva.
Este segundo pedido aún no obtiene la respuesta de la justicia de Estados Unidos respecto al inicio o no del proceso. En este caso, el expresidente tiene otra orden de prisión preventiva por 18 meses, pero no ha podido ser procesado aún debido a que no hay una ampliación de su extradición sobre este caso.
Ambas órdenes de prisión preventiva fueron dictadas por la justicia peruana cuando Toledo aún no había sido extraditado por lo que, en su momento, se emitieron las respectivas órdenes de captura y ubicación en su contra.
Sin embargo, sobre la irregular licitación del Tramo 4 de la Carretera Interoceánica, el pedido de prisión fue presentado por la fiscalía a fines del 2022, cuando Toledo ya se encontraba en el país.
Según las tesis del Ministerio Público, Toledo Manrique habría pactado con la empresa Camargo Correa, a través de su representante, Marco de Moura Wanderley, el pago de US$6.3 millones a cambio de que el consorcio Intersur -de la que Camargo era parte- obtuviera la licitación del mencionado proyecto.
Posteriormente, el dinero se habría lavado a través de dos cuentas bancarias proporcionadas por el hoy fallecido Joseph Maiman, examigo de Toledo y quien se convirtió en colaborador eficaz.
Alejandro Toledo tiene en su haber tres acusaciones presentadas por el Ministerio Público que ha demandado cárcel efectiva contra el exmandatario; y en algunos casos para sus coacusados.
En el proceso judicial por los Tramos 2 y 3 de la Carretera Interoceánica -que se encuentra en el desarrollo del juicio oral- la fiscalía ha solicitado 20 años y seis meses de cárcel por los presuntos delitos de colusión y lavado de activos.
Por el Caso Ecoteva, procesado por lavado de activos, la fiscalía ha requerido 16 años y ocho meses para él y su esposa Eliane Karp.
Mientras que por el caso Tramo 4 de la Carretera Interoceánica las autoridades han requerido 35 años de cárcel al acusarlo por colusión y lavado de activos.