El Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, Volker Türk, cuestionó la publicación de la norma sobre delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra en el Perú. (Foto: ACNUR / Jean Marc Ferré)
El Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, Volker Türk, cuestionó la publicación de la norma sobre delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra en el Perú. (Foto: ACNUR / Jean Marc Ferré)
Redacción EC

El Alto Comisionado de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, Volker Türk, lamentó la prescripción de los en el Perú, por el Congreso.

“Lamento profundamente que en Perú vaya a entrar en vigor una ley que establece la prescripción de los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad cometidos antes del 1 de julio de 2002″, indicó en un pronunciamiento.

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“La ley contraviene las obligaciones del país en virtud del derecho internacional y es un hecho preocupante, en un contexto más amplio de retrocesos en materia de derechos humanos y el estado de derecho en Perú”, agregó.

Türk consideró que los crímenes de lesa humanidad y de guerra figuran entre las violaciones más graves del derecho internacional y no deben ser objeto de amnistías ni prescripción.

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Asimismo, enfatizó que “las personas responsables de crímenes atroces” deben rendir cuentas a la justicia, de acuerdo con el derecho internacional.

“La falta de rendición de cuentas por estos crímenes, cuandoquiera que se hayan cometido, pone en peligro los derechos a la verdad, justicia, reparación y las garantías de no repetición de miles de víctimas de graves violaciones en el Perú”, sentenció.

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Como se recuerda, el Congreso promulgó este viernes 9 de agosto la ley que precisa la aplicación y los alcances del delito de lesa humanidad y crímenes de guerra en la legislación peruana, al no haberse pronunciado el Poder Ejecutivo sobre la materia.

La fórmula precisa que el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional entró en vigor en el ordenamiento jurídico peruano recién el 1 de julio del 2002; mientras que la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad el 9 de noviembre de 2003.

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“Nadie será procesado, condenado ni sancionado por delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra, por hechos cometidos con anterioridad al 1 de julio de 2002, bajo sanción de nulidad y responsabilidad funcional”, indica.

“Ningún hecho anterior a dicha fecha puede ser calificado como delito de lesa humanidad o crímenes de guerra”, añade el texto, que fue aprobado a pesar del rechazo institucional del Ministerio Público y una resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).

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