Karem Barboza Quiroz

, abogado del presidente , cuestionó la confiabilidad del exsecretario presidencial , que este fin de semana

En entrevista con El Comercio, Espinoza Ramos dijo que no se ha probado ninguna imputación contra su patrocinado y que no sería viable una suspensión en las funciones del mandatario.

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Lo primero, ¿qué le ha dicho el presidente Castillo sobre la entrega de Bruno Pacheco?

El presidente está tranquilo, ha considerado que es positivo que un persona que está con mandato de prisión preventiva pueda acercarse a la justicia. Creo que hay un dato revelador en las palabras del presidente, que la entrega voluntaria del señor Pacheco, .

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Lo que preguntaba ¿cuáles son las alternativas legales que le ha planteado al señor Castillo tras la entrega de Pacheco?

Yo le he dicho al señor Castillo que si el señor Pacheco no es colaborador, todas las declaraciones rendidas sin la presencia de la defensa, como testigo de la investigación respecto al presidente, son nulas. Por otro lado, si fuera un aspirante a colaborador eficaz, entonces hay que tomar en cuenta lo que establece el artículo 158 del Código Procesal Penal, solo con otras pruebas que acrediten el dicho del señor Bruno Pacheco puede tener validez la información que provea dentro del proceso penal. ¿Por qué? Porque su declaración es de dudosa procedencia, le falta credibilidad y confiabilidad.

Usted cuestiona la credibilidad de un colaborador, pero lo mismo se decía de y y ambos, poco a poco, han ido aportando elementos para corroborar sus dichos que han sido acogidos por el Poder Judicial..

En realidad, si nos vamos al tema de Zamir Villaverde, no hubo una declaración coherente y firme, por el contrario fue sinuosa. En las declaraciones lo que han revelado es que en lugar de confirmar lo que dijo se ha estado contradiciendo. Por una lado, dice que no ha participado en nada delictivo, pero, por otro lado, se está sometiendo a un proceso de colaboración que parte por reconocer que cometiste delitos.

Claro, pero siempre está el escenario en que las personas sometidas a un proceso de colaboración buscan beneficiarse…

Pero yo no creo que haya corroboración. La corroboración es un proceso largo, que toma su tiempo, es un proceso que debe hacerse sin pausa pero sin prisa. Yo creo que toman un tiempo que acá en política no se quiere tener, acá quieren juicios instantáneos, quieren un linchamiento cortoplacistas y eso el derecho lo proscribe.

Pero si eso fuese así, sobre la corroboración de lo que hasta el momento se ha ido acopiando en la fiscalía, el Poder Judicial no lo avalaría al dictar medidas o aprobarlas. Entonces, no se está actuando sobre nada…

Pero el Poder Judicial no ha dado la última palabra, existen recursos de casación en la Corte Suprema y puede enmendarles la plana a los jueces de primera y segunda instancia.

Eso, procesalmente es cierto, pero estamos hablando de lo que se tiene en este momento y no hay juez superior o supremo que haya dicho que no existe caso o sustento en las versiones de los colaboradores, donde ahora los tres principales señalan al señor Castillo...

Seamos claros, Karelim dice una cosa vinculando al señor Zamir, que Zamir niega y vincula a la señora Karelim. Entonces no estamos frente a un versiones que van en una sola línea. Estamos en el proceso de corroboración, no es la prensa la que determina que ya está comprobado y asunto cerrado. En las democracias la prensa informa, pero no determina qué cosas se corrobora o no, no ha llegado el día que tengan ese poder.

No se trata de tener ese poder, lo que hacemos es informar lo que están diciendo estas tres personas que señalan a su patrocinado. Lo último es que el señor Pacheco declaró a .

No puede jugarse con el honor tan irresponsable, tiene que probarse. Si eso ha dicho el señor Pacheco y lo dejo en condicional, tiene que comprobarse. Entonces, ¿porque lo que lo dice una persona, ya es? Las cosas no son porque una persona lo declara, son porque las pruebas lo confirman.

Pero estamos hablando de que tres personas importantes en el caso que han apuntado hacia el señor Pedro Castillo…

Bueno, yo te hablo de dos al menos, no sé lo de Pacheco. Los dos no mantienen una línea sólida y consolidada contra el presidente, es lo que debe decir. Yo, sobre el tema de , él ya dio su versión, ya ha desmentido.

¿Usted cree que los testigos que están relatando diversos hechos contra su patrocinado, nacen de la nada?

Nacen de intereses, son personas que quieren canjear libertad por información supuestamente veraz. Ya lo determinará el tiempo.

Bruno Pacheco fue secretario del Despacho Presidencial de Pedro Castillo entre julio y noviembre del 2021.
Bruno Pacheco fue secretario del Despacho Presidencial de Pedro Castillo entre julio y noviembre del 2021.

El exabogado de Bruno Pacheco, William Paco Castillo, ha reiterado que escuchó un audio que implicaría a Pedro Castillo y que sería una de las pruebas que se presentarían...

Hay especialistas en aire y en gases, yo no lo soy. Son palabras que se las lleva el viento, mientras no haya prueba una evidencia tangible concreta de lo que se dice, yo no creo en eso.

De las acciones legales que ha interpuesto cuestionando las investigaciones del Ministerio Público ...

Pero no hable en plural, sabe que solo tenemos una tutela, lo demás son asuntos ante la fiscalía que todavía no pasan al Poder Judicial. Y en la tutela debo decir qué cosa he ganado; que el juez (Juan) Checkley haya establecido, a contrario de la corriente de todos los colegas, que al presidente solo se le puede someter a investigación preliminar y no a una investigación preparatoria formalizada. También ha establecido, por tanto, no se le puede someter a una prisión preventiva al presidente y eso he ganado. He ganado una parte importante, me falta ganar todo y la lucha continúa.

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No, lo que usted planteaba era que el presidente no podía ser investigado preliminarmente y ...

Y lo sostengo hasta ahora..

Claro, pero el Poder Judicial ya le dijo que no en primera instancia..

Usted ha leído la resolución y no es un no rotundo, lo que dijo es solo investigación preliminar mas no investigación preparatoria.

Pero hablamos de acciones legales; y eso es ante Poder Judicial y fiscalía…

Pero la fiscalía no va a reconocer que se equivocó. Hay que ser bastante ingenuo para creer con candor que, porque yo le pido que la fiscalía anule su propia decisión, lo hará. No pongamos pues que hay que ser tan derrotistas.

Y usted cree que, teniendo como base lo que el juez supremo ya dijo en primera instancia, atienda alguno de los pedidos de nulidad que pretende llevar cuestionado el inicio o reactivación de las investigaciones últimas?

Bueno, el doctor Checkley va a responder en el mismo criterio en los otros casos y no me preocupa eso porque ya se ha ganado una parte, para ganar todo falta la decisión de la Sala Permanente o eventualmente un proceso de amparo que tendrá en última instancia en el Tribunal Constitucional.

Le consultaba antes por las complicaciones legales a su patrocinado pues de lo que está trascendiendo en el día, se reforzaría la investigación por presunto encubrimiento personal y se complicaría su situación

Solo si se comprueban si que es así, que el presidente está interfiriendo. Pero no hablemos de supuestos ni especulaciones, los hechos nos enseñan que hoy, tenemos claro, que el señor Pacheco se entregó voluntariamente a la fiscalía. Si hubiese estado protegido por la presidente no se hubiese entregado, que es distinto a ser capturado. Entonces, esa tesis del encubrimiento se cae.

Pero el hecho es que, con la conformación del nuevo equipo y, sobre todo, con el cambio de los policías que lo buscaban y que lo convencieron, esto no se hubiera dado. Entonces es un hecho correlativo…

Eso es un supuesto. Es muy importante establecer que, desde el punto de vista jurídico, el encubrimiento no se ha cometido desde los alcances del 404 del Código Penal. Ahora, la fiscalía va a seguir investigando porque el Poder Judicial aún no ha dicho la última palabra sobre la tutela, pero que lo haga en el marco del debido proceso, que se ciña a ley y a la Constitución , solo pedimos eso. No pedimos favores, exigimos derechos, al presidente por ser presidente no se le pueden anular derechos.

Juez Manuel Chuyo varió la orden de prisión preventiva de Bruno Pacheco por la de arresto domiciliario, luego que se entregó a la justicia
Juez Manuel Chuyo varió la orden de prisión preventiva de Bruno Pacheco por la de arresto domiciliario, luego que se entregó a la justicia


Se han dado propuestas legales que plantean una suspensión del señor Castillo en sus funciones presidenciales, que no es un tema de proceso penal, sino una medida cautelar ¿Cómo toman eso?

Primero, constitucionalmente se prevén tres consecuencias luego de un juicio político seguido de una acusación constitucional: la suspensión de destitución o inhabilitación, pero resulta que los artículos 113 y 114 de la Constitución, cuando hablan de la suspensión temporal, la condicionan a los alcances del artículo 117. Un encubrimiento, no está previsto como un supuesto que justifique o permita la suspensión. Eso por un lado, algunos colegas dicen que, en el marco del proceso penal, se puede plantear una suspensión, pero el Código Procesal Penal plantea que la suspensión temporal del cargo proceden a funcionarios públicos salvo a aquellos que provengan de elección popular como es el caso del presidente de la República.

Sin embargo, al ser precisamente una medida cautelar se podría una invocar convenios internaciones como la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción que permitiría a los jueces poder accionar

Ni la convención de la ONU contra la Corrupción ni en la Convención Interamericana contra la Corrupción dice que el Estado tiene que implementar como una obligación de derecho interno y traducirla a una obligación internacional de suspender, lo que hace es una exhortación general. Sobre eso no puedes sacar una suspensión porque la suspensión es una restricción de derechos. El presidente es depositario de una elección popular, está en juego la representación política y el derecho a la participación política. Tendría que estar prevista de manera expresa, clara y estricta la medida en ese sentido que menoscabe el derecho a la participación política.

Pero bajo los parámetros internacionales, si este funcionario elegido sindicado por la fiscalía y sustraer de la justicia a personas claves en la investigación , entonces de algún a manera se estaría causando un daño al Estado y corrompiendo las atribuciones que el voto le otorgó...

Lo que pasa es que las interpretaciones tienen límites. No puedes interpretar para aplicar una sanción o una medida que afecta derechos, tiene que estar previamente establecido.

Finalmente, hasta la instancia en que estamos, ¿cuál es la situación de su patrocinado teniendo en cuenta que es investigado por liderar una organización criminal dentro del propio Estado?

La imputación es una hipótesis sujeta a una comprobación. O sea, porque imputen eso, no es. Pueden imputar eso, pueden imputar más, pueden poner todo el Código Penal, que le pongan todo el Código Penal, eso no cambia. Cuando tú eres imputado no es condenado, no eres culpable, hay que ser claro. Por supuesto que la fiscalía, para ser altisonante, te va a poner más delitos y habrá más investigaciones, pero la posición sigue siendo la misma, al presidente no se le puede investigar, procesar , ni acusar mientras dure su mandato, salvo por traición a la patria.

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