El abogado César Nakazaki consideró que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) no puede tomar posición respecto al fallo que restituye el indulto humanitario otorgado a favor del expresidente Alberto Fujimori (1990-2000).
A través de su cuenta en Twitter, el defensor del exmandatario recordó que el Tribunal Constitucional (TC) viene redactando la sentencia donde expone los fundamentos que justifican la decisión.
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Asimismo, Nakazaki explicó que recién comunicada la sentencia podrá el Estado peruano, ya no a través del Poder Ejecutivo, expresar su posición final.
“Corte (IDH) no puede mandar imposibles materiales o jurídicos. No puede pedir posición sobre sentencia aún elaborando. TC anunció su decisión, pero aún redacta motivación. Recién comunicada sentencia podrá el Estado, ya no a través del Ejecutivo, expresar posición”, escribió en la red social.
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Como se recuerda, el TC aceptó la ponencia de Ernesto Blume, quien planteó declarar fundado el recurso y con ello se deje sin efecto la anulación del indulto a favor de Alberto Fujimori. La votación fue tres a favor y tres en contra, con el voto de su presidente, Augusto Ferrero, como dirimente a favor del hábeas corpus.
En este caso dicho recurso de habeas corpus fue interpuesto por Gregorio Parco Alarcón contra la resolución de la Corte Suprema de Justicia, que dejó sin efecto el indulto humanitario.
El 24 de diciembre de 2017, el entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski otorgó el indulto a Fujimori Fujimori por razones humanitarias. Sin embargo, el Poder Judicial anuló dicho beneficio.
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Cabe indicar que el exmandatario actualmente cumple una condena de 25 años de prisión por delitos de lesa humanidad. Se encuentra recluido en el establecimiento penitenciario de Barbadillo (Ate).
La Corte IDH otorgó una semana de plazo al Estado peruano -hasta el 25 de marzo- para que remita sus observaciones sobre las medidas provisionales en relación al fallo del TC a favor del expresidente.
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