Karem Barboza Quiroz

Pese a la importancia del dictamen que rectifica y restablece la en casos de no flagrancia, el aún no cumple con concluir las firmas de la respectiva autógrafa a fin de enviarla a la Presidencia de la República para su promulgación.

Desde su aprobación en el Pleno, la madrugada del 14 de diciembre al cierre de este informe (lunes 16 de diciembre a las 15:30 horas), el texto elaborado sobre la base del proyecto de Ley N° 09733/2024-CR aún no concluye el proceso de firmas necesarias.

Desde el Parlamento informaron a El Comercio, de manera oficial, que “está para la firma en el despacho de la primera vicepresidencia”.

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Tras cierre de la legislatura, el pasado 14 de diciembre, el Congreso se encuentra en semana de representación en sus diferentes regiones.

Aún no inicia trámite de firmas para su promulgación

En diálogo con El Comercio, la primera vicepresidenta Patricia Juárez (Fuerza Popular) señaló que actualmente se encuentra en actividades como parte de la semana de representación en el distrito de San Juan de Lurigancho, por lo que no ha acudido aún a su despacho.

Sin embargo, indicó que fue informada que le han llegado tres normas que requieren de su firma, pero no le habían precisado si una de estas estaba vinculada al tema de las detenciones preliminares en caso de no flagrancia.

Juárez anunció que en el transcurso de las horas acudiría hasta su despacho para poder rubricar los documentos, aunque reiteró que desconocía cuáles eran las normas.

Estamos en semana de representación, estoy fuera, en San Juan de Lurigancho. Me han avisado que hay tres normas pendiente de mi firma y voy a pasar por allí que salga de San Juan de Lurigancho, para firmarlas. Pero, no sé si dentro de las que tengo pendiente está la que usted me menciona.”


Patricia Juárez, primera vicepresidenta del Congreso.


Precisó que una vez que firme la norma, será entregada al presidente del Congreso, Eduardo Salhuana, para que también la rubrique; y posteriormente, debe ser enviada a Oficialía Mayor para que sea remitida a Palacio de Gobierno.

A través de un oficio enviado a la presidencia del Congreso, la congresista Digna Calle (Podemos Perú) solicitó a Eduardo Salhuana que, con “carácter de urgente” remita al Ejecutivo la citada autógrafa de ley.

“Al respecto, siendo que el pasado 14 de noviembre del presente, el pleno del congreso aprobó el referido proyecto y por tratarse de un tema de suma importancia que incide en la preservación de la seguridad ciudadana de la población, mediante el presente, le solicito que remita con carácter de urgente al Poder Ejecutivo, la autógrafa correspondiente para su posterior publicación.”

Digna Calle, congresista de la República.

Digna Calle,



La norma que deroga la Ley 32181 que, según el Legislativo, buscaba garantizar la eficacia de las medidas restrictivas de derechos en la lucha contra la criminalidad fue aprobada y promulgada por la presidenta Dina Boluarte, sin ninguna objeción, el pasado 11 de diciembre, y entró en vigencia al día siguiente.

Con ello, los efectos fueron inmediatos y nocivos para la seguridad del país, pues entre los primeros beneficiados con la eliminación de la detención preliminar sin flagrancia fueron 10 investigados -entre ellos dos policías- que integrarían la presunta organización criminal ‘Las Hienas Verdes de Huaura’. El Poder Judicial tuvo que liberarlos en aplicación a los cambios normativos del Nuevo Código Procesal Penal.

Y, recientemente, otros 11 investigados por constituir una presunta organización criminal dedicada al fraude financiero en agravio de la Cooperativa Aelu y sus socios, también fueron liberados al haberse eliminado la detención sin flagrancia.


La polémica norma seguirá en vigencia hasta la promulgación de la ley que la deroga. Primero, el Congreso de la República debe cumplir con remitir la autógrafa a Palacio de Gobierno; y la presidenta Dina Boluarte debe firmarla y publicarla. Así de manera oficial se restituirá la detención preliminar en casos de no flagrancia, y los fiscales podrán solicitar la medida y los jueces aplicarla.

Una vez que se restituya la vigencia las rectificaciones al artículo 261, numeral 1, literal “a” del Nuevo Código Procesal Penal, el juez -a pedido fiscal- podrá imponer la detención preliminar en casos en que no se presente la flagrancia, siempre que el delito investigado sea sancionado con penas mayor a los cuatro años y, se presenten indicios razonables de fuga u obstaculización a la justicia.

El Pleno del Congreso de la República aprobó, con 79 votos a favor, 8 en contra y 0 abstenciones, el texto sustitutorio del Proyecto de Ley 9733, que restituye y modifica el literal a) del numeral 1 del artículo 261 del Nuevo Código Procesal Penal, Decreto Legislativo 957, referido a la detención preliminar judicial en casos de no flagrancia.

La iniciativa fue sustentada por el presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, Isaac Mita Alanoca (PL), quien recogió parte del proyecto de ley de la congresista Ruth Luque (Bloque Democrático Popular).

Luque señaló en el Hemiciclo que la propuesta recogía el consenso de todas las bancadas a fin de luchar contra la delincuencia en el país.

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