Por unanimidad, la Sala Suprema Penal Permanente de la Corte Suprema declaró procedente el requerimiento de detención y extradición activa al Estado de Israel para Eliane Karp, esposa del expresidente Alejandro Toledo, según pudo confirmar El Comercio.
Los jueces supremos que integran dicho tribunal decidieron así que se cumplían los requisitos para solicitar que la ciudadana belga-israelí-peruana responda en nuestro país por los presuntos hechos ilícitos que se procesan en el Caso Ecoteva.
Karp de Toledo ha sido acusada por el Ministerio Público (MP) por el presunto delito de lavado y activos. Por ello, ha solicitado 16 años y ocho meses de cárcel en su contra.
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Actualmente, el caso se encuentra en juicio oral ante la Novena Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima, que realizó el requerimiento de detención y extradición a pedido de la fiscalía. Sin embargo, en el caso de Karp y Toledo Manrique se encuentra suspendido el enjuiciamiento.
En el caso de la ex primera dama, el juicio se reactivará una vez que Israel proceda con su extradición -de ser el caso- y en el caso del exmandatario, cuando Estados Unidos disponga la ampliación de su extradición por Ecoteva.
El requerimiento deberá ser enviado al Ejecutivo para su aprobación a nivel político, luego remitido a la Unidad de Cooperación Internacional del Ministerio Público para la traducción del expediente y, posteriormente, ser enviado por los canales diplomáticos.
Principio de reciprocidad con Israel sería clave para que sea extraditada
Eliane Karp se encuentra en Israel desde mayo del 2023, a donde huyó luego de que el exmandatario fuera extraditado a Perú desde Estados Unidos por el Caso Interoceánica.
Como se recuerda, la ex primera dama estuvo en EE.UU, junto a Toledo Manrique, desde el 2017, cuando el ex líder de Perú Posible salió del Perú días previos a la orden de detención que se dictó en su contra.
Fuentes del poder Judicial indicaron que la resolución firmada por los jueces supremos, fundamentando los argumentos que el Perú deberá enviar a Israel por la vía diplomática, se dará a conocer en los próximos días.
Por el momento, la decisión declarando “procedente” el requerimiento ya fue dada a conocer a través del sistema electrónico judicial. Esto, debido a que la Sala Suprema Penal Permanente, luego de realizar las vistas de los casos, procede a debatir y votar las causas.
Luego de ello, se elabora la resolución y se realiza el proceso de firmas para expedir el documento judicial.
Según explicaron las fuentes, la decisión radica en las líneas de cooperación que han seguido Perú e Israel, puesto “que Perú ha enviado detenidos a Israel y viceversa”. Ello, basado en la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción —conocida también como la Convención de Mérida— por lo que se espera el principio de reciprocidad por parte de Israel.
Este Diario buscó la versión de Roberto Su, quien participó en la audiencia de requerimiento de extradición que se realizó el pasado 7 de agosto. Sin embargo, hasta el cierre de este informe, no se pronunció.
Durante dicha audiencia, Su Rivadeneyra había solicitado que se rechace el pedido para requerir la extradición de su patrocinada. Ello, indicó, puesto que desde el inicio del juicio oral por el Caso Ecoteva en abril del 2023 a la fecha, se han incorporado nuevos documentos del caso que serían favorables para Karp y Toledo.
Señaló que su patrocinada únicamente ha sido incluida por ser esposa de Toledo Manrique, mas no por hechos que la involucren directamente en la presunta trama de corrupción y lavado de activos de la offshore Ecoteva.
Por su parte, el Ministerio Público, a través del fiscal supremo adjunto Ramiro González, recordó que la Corte Suprema ya había declarado procedente el requerimiento de extradición para Karp de Toledo cuando esta se encontraba en Estados Unidos.
“La ciudadana requerida se encuentra actualmente en el Estado de Israel, conforme a la información de la Policía Internacional, a la requerida se le procesa actualmente por el delito de lavado de activos agravado”, indicó el fiscal.
Explicó que los hechos concretos imputados son que, junto a su cónyuge, el expresidente Alejandro Toledo y el fallecido Josef Maiman, utilizaron la empresa Confiado International con la finalidad de recibir dinero de procedencia ilícita para luego transferirlo a empresas constituidas en Costa Rica, entre ellas Ecoteva Consulting.
El dinero, señaló la fiscalía, sirvió para adquirir inmuebles en la oficina Torre Omega, y un inmueble en Las Casuarinas, además de pagar hipotecas en sus casas de Camacho y Punta Sal (Tumbes).
“Estos bienes que adquireron con fondos de Ecoteva con la finalidad de ser usados para captar transferencias de otras empresas offshore cuyas fuentes de dinero sería ilícita. Concretamente, este dinero provendría de actos de corrupción que se materializaron en el gobierno de Toledo Manrique, específicamente de la concesión y construcción del Proyecto Corredor Vial Perú -Brasil, tramos 2, 3 y 4.”
Ramíro González, fiscal supremo adjunto
DECISIÓN DE LA CORTE SUPREMA DEL 2020 QUE DECLARÓ PROCEDENTE LA SOLICITUD DE EXTRADICIÓN CONTRA ELIANE KARP A LAS AUTORIDADES DE ESTADOS UNIDOS
Ampliación de extradición de Toledo en EE.UU pasó del Departamento de Justicia al Departamento de Estado
Este último jueves, la Novena Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima dio cuenta del Oficio N°11724-2024-MP-FN-OCJIE-LNRR (EXT N°98-2021), del 8 de julio del 2024, remitido por la Unidad de Cooperación Internacional del Ministerio Público, respecto a la situación del requerimiento de ampliación de extradición de Alejandro Toledo a Estados Unidos, por el Caso Ecoteva.
El documento, fue notificado a la Procuradora Pública Ad Hoc, Silvana Carrión, en el que se da cuenta que por “información remitida por canales diplomáticos” fue evaluado y derivado del Departamento de Justicia al Departamento de Estado de los Estados Unidos.
En el mismo oficio, firmado por la fiscal Ángela Arévalo Vásquez, se indica que dicha oficina se encargará de evaluar si aprueba o no la “exención” (eximir) de la Regla de Especialidad prevista en el artículo XIII del Tratado de Extradición suscrito entre el Perú y los EE.UU.
Esto es, explicaron fuentes judiciales, que Estados Unidos evaluará si corresponde o no aplicar los principios establecidos en el referido artículo, o tratándose de un requerido de quien ya se declaró procedente una primera extradición, se emita un pronunciamiento más rápido.
Cabe recordar que, en el caso de la extradición por el Caso Interoceánica, el expediente estuvo por casi un año en el Departamento de Estado de los Estados Unidos, antes de que se emita una decisión de ordenar su detención con fines de extradición, en julio del 2019.
No obstante, como se recuerda, Toledo Manrique cuestionó dicha decisión en la vía judicial de Estados Unidos, por lo que dicha extradición se extendió por casi cuatro años.
En este caso, Toledo también podría cuestionar judicialmente de aprobarse la ampliación de la extradición por el Caso Ecoteva.
“El cuaderno de extradición fue evaluado por el Departamento de Justicia de los Estados Unidos de América, luego de lo cual fue remitido al Departamento de Estado de dicho país, donde se encuentra actualmente, entidad a la que corresponde decidir si aprueba o no la exención de la Regla de Especialidad, prevista en el artículo XIII del Tratado de Extradición suscrito entre el Perú y los Estados Unidos de América.”
Unidad de Cooperación Internacional del MP
En la misma sesión se aprobó el acta de la sesión pasada donde consta que la Sala Superior declaró procedente el pedido de la Fiscalía para prescindir de la declaración, como testigo, de Jorge Barata, exdirector de Odebrecht en Perú.
La decisión para no contar con dicha declaración presencial obedece a la demora que implicaría tramitar, vía cooperación judicial, su declaración.
Por ello, la fiscalía dejó a salvo su derecho para hacer uso del testimonio brindado con anterioridad por Barata ante la justicia peruana.
La próxima audiencia del Caso Ecoteva ser realizará el 20 de agosto a las 2:15 de la tarde, donde se dará inicio a la lectura de piezas procesales formulado por la fiscalía.