Desde hace 15 días, Eliane Karp permanece en Israel, país al que viajó luego de abandonar Estados Unidos cuando su esposo, el expresidente Alejandro Toledo, fue extraditado al Perú y recluido en el Penal de Barbadillo (Ate).
Karp de Toledo logró huir hacia Israel, no obstante pesa en su contra una orden de captura internacional y otra de prisión preventiva por 18 meses por el Caso Ecoteva, desde el 2017.
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Mientras Toledo Manrique estuvo en EE.UU., su esposa estuvo con él en dicho país. Por ello, la justicia peruana, en el 2020, inició el trámite de su extradición por el Caso Ecoteva, donde se le acusa a Karp del presunto delito de lavado de activos.
Desde entonces, el cuadernillo para lograr su repatriación, enviado a Estados Unidos, estaba a la espera de que la justicia de Estados Unidos determine su detención e inicio del trámite para su proceso de extradición.
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Sin embargo, ahora que la acusada se encuentra en Israel, el proceso de extradición en Estados Unidos, ha quedado en una interrogante.
En tanto, se viene desarrollando el juicio oral por el Caso Ecoteva, cuyas audiencias han empezado en abril contra diversos acusados como Avraham ‘Avi’ Dan On, Eva Fernenbug y otros.
Para el caso de Toledo Manrique se ha reservado el juicio por no haber una extradición por este caso -su extradición reciente fue por el Caso Interoceánica- y para Karp aún no se define la reserva de su juicio. En ambos casos, la fiscalía ha solicitado 16 años y 8 meses de cárcel.
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Los requisitos del cuadernillo de extradición de Elaine Karp
Recientemente, la Novena Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima -que lleva adelante el juicio oral por el Caso Ecoteva- requirió a la Oficina de Cooperación Internacional y Procesos de Extradición que informe cuál es la situación de los cuadernillos de extradición en EE.UU., de Toledo y Karp. Sin embargo, la respuesta que recibieron no fue específica, por lo que dispusieron volver a reiterar el pedido de información.
Mientras ello quedó a la espera, a pedido de la Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada en delito de Lavado de activos, el Tribunal ordenó solicitar a Israel la detención de Eliane Karp de Toledo con fines de extradición.
Debido a que el Perú no tiene un tratado de extradición con Israel, se ha requerido plantear la solicitud de extradición activa -tal como la formuló la fiscalía- bajo los criterios internacionales de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y el Principio de Reciprocidad.
El tribunal ha recibido información sobre el ingreso de Karp a Israel y su situación legal en ese país. A través del Oficio Nro. 5806-2023 del 10 de mayo del 2013, la OCN-Interpol Jerusalén comunicó a las autoridades peruanas que Karp de Toledo ingresó a Israel ese mismo día a las 20:00 horas de la noche de ese país (13:00 hora peruana). Y, en el oficio 7135-2023 enviado por la misma entidad, informó que Israel no detenía a los fugitivos en base de “una orden de captura internacional (notificación roja)” por lo que, si el Perú estaba interesado en su arresto tendría que enviar un pedido de prisión preventiva con fines de extradición o un pedido formal de extradición.
Por ello, dispuso la formación del cuadernillo de extradición con todos los elementos necesarios para fundamentar el requerimiento. Además, actualizará la orden de captura nacional e internacional contra Eliane Karp.
De acuerdo al inciso 3 del artículo 525 del Código Procesal Penal, el cuadernillo de extradición activa deberá contener: la acreditación de los hechos de imputación, su calificación legal, la conminación penal, los indicios suficientes que vinculan al reclamado como autor o partícipe del hecho delictivo imputado; y en su caso, la declaración de ausencia o contumacia.
Junto a ello, se deberá anexar la orden de detención con fines de extradición dispuesta por el Colegiado.
Corte Suprema deberá pronunciarse
Una vez formado el cuaderno de extradición activa contra Eliane Karp, este deberá ser elevado por intermedio de la presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima a la Sala Penal de la Corte Suprema de la República con conocimiento de la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y Extradición de la Fiscalía de la Nación.
Será el tribunal supremo que, tal como lo hizo en el proceso de extradición de la ex primera dama hacia Estados Unidos, emita un nuevo pronunciamiento sobre su extradición, pero esta vez hacia Israel conteniendo la información de la acusada en dicho país.
De ser declarada procedente la extradición, la Corte Suprema deberá remitir la resolución hacia el Consejo de Ministros que, tendría que emitir la procedencia o no de la extradición.
El cuadernillo será remitido hacia la oficina de Cooperación Judicial Internacional y Extradición para su traducción.
Completado este proceso, deberá ser remitido a la Cancillería para que, vía valija diplomática y a través de Unidad de Cooperación Internacional de dicho ministerio, sea enviado hacia canales diplomáticos de Israel.
Fuentes de El Comercio indican que el plazo de este proceso no es específico. Sin embargo, cabe recordar que el tiempo que tomó enviar el cuadernillo de extradición de Alejandro Toledo por el Caso Interoceánica, desde que la Corte Suprema aprobó la repatriación hasta que Cancillería envió la valija diplomática hacia Estados Unidos, fue de dos meses.
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