Al menos cinco de los principales implicados en los audios que destaparon el escándalo de corrupción que se conoció como “Los Cuellos Blancos del Puerto” buscan regresar a sus cargos, cuestionando el proceso de destitución que le realizó la Junta Nacional de Justicia (JNJ), ante el Tribunal Constitucional (TC).
Se trata del exfiscal supremo Tomás Gálvez, los exjueces supremos titulares Martín Hurtado y Aldo Figueroa; así como el exjuez supremo provisional Samuel Sánchez Melgarejo, quienes han cuestionado su destitución y el proceso inmediato que se les instauró tras conocerse sus presuntos actos de corrupción.
En tanto, el prófugo exjuez supremo César Hinostroza también ha cuestionado las resoluciones judiciales que lo sindican como el presunto cabecilla de la citada red criminal, pero la demanda la emprendió contra la Corte Suprema y el Congreso de la República.
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Durante los últimos meses, el pleno del Tribunal Constitucional ha venido realizando las audiencias de algunos de estos casos que, actualmente, se encuentran al voto.
Todos los expedientes llegaron al TC luego de que sus recursos de amparo fueran desestimados en doble instancia en el Poder Judicial (PJ).
En diversos audios publicados en el 2018 se evidenció conversaciones que irían más allá del sentido profesional o amical y se habrían constituido -según el Ministerio Público- como presuntos actos de corrupción pasando por el tráfico de influencias y llegando incluso, a la constitución de una supuesta organización criminal que abarcó a funcionarios del PJ, Ministerio Público, empresarios, abogados e integrantes del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM). Esta última entidad, era precisamente la encargada de nombrar, ratificar y sancionar a jueces y fiscales.
Estos hechos produjeron que el CNM sea desactivado y se creó la Junta Nacional de Justicia (JNJ), que se encargaría de procesar disciplinariamente a los jueces y fiscales implicados en los presuntos actos ilícitos cometidos por “Los Cuellos Blancos del Puerto”.
Fue precisamente en el marco de dichos procesos administrativos que el Pleno de la JNJ decidió abrir “proceso inmediato” contra los ahora accionantes, al considerar que en los audios y conversaciones existía evidencia suficiente de una presunta conducta notoriamente irregular, tal como está prevista en su reglamento.
En caso se acepte el cuestionamiento al debido proceso, se anulen los procesos disciplinarios y se ordene que los casos se inicien desde una investigación preliminar, los cuestionados exmagistrados podrían regresar a sus cargos mientras se vuelve a definir su situación legal.
Cuestionan haber sido sometidos a un proceso disciplinario “inmediato” y ausencia de un debido proceso
Ahora, los exmagistrados Tomás Gálvez, Martín Hurtado, Samuel Sánchez Melgarejo y otros, cuestionan el procedimiento que siguió la actual JNJ.
Tomas Gálvez
En el caso de Tomás Gálvez Villegas, se alega ante el Tribunal Constitucional que se le inició “indebidamente” un “proceso disciplinario inmediato”, cuando por la naturaleza de los hechos y la actuación de los medios probatorios “era incompatible” dicha acción toda vez que no existió “prueba evidente”.
Además, emitió una decisión pese a que a su entender, la acción punitiva del Estado habría caducado, empero la JNJ desestimó indebidamente el pedido de caducidad.
“Asimismo, denegó el pedido de reconducir el proceso inmediato sancionador iniciado a uno abreviado y ordinario; pero, muy por el contrario, realizó sorpresivamente la prórroga del plazo del proceso, alegando la admisión de medios de prueba que requerían actuación (con la única finalidad de poder justificar una ampliación de la medida cautelar de suspensión preventiva, faltaba un día para que caducara), que por su naturaleza era incompatible con el proceso inmediato”, señaló en su recurso.
Tomás Gálvez fue destituido de su cargo de fiscal supremo titular -del que estaba suspendido- en abril del 2021, al acreditarse que incurrió en falta grave y muy grave en cuatro de los seis hechos por los que fue procesado debido a presuntas solicitudes ilegales que habría requerido al prófugo exjuez supremo César Hinostroza.
Por ello, solicitó al TC que declare fundada su demanda de amparo y se ordene a la JNJ que se anule su destitución, se reconduzca su proceso a uno ordinario y, mientras tanto, retorne a su plaza de fiscal supremo.
Martín Hurtado
El exjuez supremo Martín Hurtado también ha cuestionado ante el TC el debido procedimiento que le instauró la JNJ, alegando que si bien no objeta el proceso disciplinario en sí, lo que hace es oponerse a la fundamentación “genérica” que habría usado la JNJ para procesarlo.
No obstante, dentro de sus argumentos ha presentado la documentación con la que cuestionó ante la misma JNJ su procedimiento disciplinario, señalando que el Pleno de la referida entidad ha establecido su responsabilidad con absoluta convicción y objetividad, mediante “sucesivas, sistemáticas y reiterativas vulneraciones al debido procedimiento”, al emitir un acto de inicio del procedimiento disciplinario con una motivación deficiente, entre otros hechos.
“En consecuencia, los fundamentos 119 al 130 de la resolución impugnada no hacen sino corroborar que el Pleno de la Junta Nacional de Justicia dispuso iniciar un procedimiento inmediato (prescindiendo de la investigación preliminar), basándose en argumentos genéricos y ambiguos que me impidieron ejercer mi defensa de manera adecuada, así como en elementos de juicio insuficientes”, señaló.
Hurtado Reyes tiene una segunda demanda ante el TC similar a la anterior donde cuestiona el procedimiento que se siguió para, en su momento, suspenderlo de su cargo. Ello, asegura, se produjo porque no pudo conocer los cargos y hechos exactos de los cuáles tendría que haberse defendido ante la JNJ, ya que no se encontraban detallados en el informe de su proceso disciplinario y medida cautelar de suspensión.
Lo que ha pedido el exjuez, es que se deje sin efecto el proceso disciplinario inmediato que se le abrió, lo cual generaría que la sanción que se le impuso de destitución como juez supremo, también quede sin efecto.
Samuel Sánchez Melgarejo
El juez supremo provisional Samuel Sánchez Melgarejo también ha pedido al TC que declare nula la resolución expedida a razón del proceso disciplinario inmediato que concluyó su destitución en el cargo por falta grave.
Entre sus principales argumentos sostiene que el procedimiento disciplinario inmediato afecta el principio de legalidad, por cuanto la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia exige, en su artículo 43, señalaba que lo que correspondía era que se abra y desarrolle una investigación preliminar; sumado a ello se habría incurrido en una indebida motivación.
El caso de Sánchez Melgarejo quedó al voto el pasado 18 de noviembre en el Pleno del TC.
Aldo Figueroa
El exjuez supremo Aldo Figueroa si bien no ha cuestionado específicamente el que la JNJ le abriera un procedimiento disciplinario “inmediato”, sí ha rechazado el proceso en en sí mismo, alegando la vulneración del debido proceso y la legalidad de la prueba que se usó para iniciarle la pesquisa.
El exmagistrado, quien tuvo como abogado durante el proceso judicial constitucional a Juan José Santivañez, hoy ministro del Interior, ha requerido al TC anular la resolución que lo destituye y reponga los actos a su estado anterior, anulando su proceso disciplinario inmediato y se disponga su reincorporación en su plaza como juez supremo titular.
Víctor Ticona
El exmagistrado Víctor Ticona Postigo también mantiene una demanda ante el TC por su destitución en el cargo aplicada por la JNJ, en su condición de expresidente del Jurado Nacional de Elecciones.
Ticona Postigo señala que la JNJ no estaba habilitada para procesar disciplinariamente a un integrante del JNE, más allá de su condición de juez.
Por ello, pide anular su proceso disciplinario y se le reincorpore como juez supremo titular. Sin embargo, a la fecha, el exmagistrado ya sobrepasó los 70 años, edad máxima para ejercer la función en el PJ.
JNJ sostiene que se prestaron todas las garantías en el proceso disciplinario “inmediato”
En los casos que ya tuvieron vista de informe oral y se encuentran al voto, como los de Gálvez Villegas, Sánchez Melgarejo, Figueroa Navarro y Ticona Postigo, la JNJ sostuvo ante el Tribunal Constitucional que los recurrentes han tenido todas las garantías dentro del procedimiento disciplinario “inmediato” mediante el que se les impuso la sanción de destitución.
Según la JNJ, a través de su Procuraduría, se cumplieron con los parámetros de un debido proceso.
Además, puntualiza que se realizó en el marco de un proceso inmediato como respuesta célere y eficaz que -ante prueba evidente y conductas flagrantes- permitía sancionar faltas disciplinarias altamente gravísimas que, incluso, fueron de conocimiento público a través de los medios de comunicación que dieron a conocer de los presuntos vínculos de los demandantes con la presunta organización criminal denominada “Los Cuellos Blancos del Puerto”.
Respecto a la decisión de no haber empezado por una investigación preliminar, previo al procedimiento disciplinario inmediato, la JNJ remarcó ante el TC, que resultaba “suficiente” la información recabada para que la se considere que había convicción -con prueba evidente- de que las presuntas conductas eran notoriamente irregulares o se advertía de una flagrante comisión de una falta disciplinaria muy grave.
“Como ha venido reiterando esta Procuraduría Pública, en la tramitación del procedimiento inmediato se han respetado todas las garantías del administrado, habiendo este podido ejercer de forma irrestricta su derecho de defensa y contradicción.”
Procuraduría de la Junta Nacional de Justicia.
Sobre Hurtado Reyes, aún está pendiente que la JNJ realice sus descargos y se programe la fecha de informe oral del caso. En su caso, cabe precisar, el TC ya ha rechazado una demanda de amparo que cuestionaba su suspensión dentro del proceso disciplinario que concluyó con su destitución.
El prófugo exjuez supremo César Hinostroza ha interpuesto un nuevo recurso de habeas corpus ante el Tribunal Constitucional (TC) -que aún tiene pendiente de resolver otras dos demandas- al cuestionar su procesamiento judicial, órdenes de captura y prisión preventiva que se dictó en su contra, bajo la tesis del Ministerio Público, a razón de los audios que lo comprometía y lo señalaban como el presunto líder de la organización criminal denominada “Los Cuellos Blancos del Puerto”.
En la demanda solicita que se declaren nulas cuatro resoluciones judiciales de la Corte Suprema que ordenan su prisión preventiva, su captura internacional (a través de Interpol), y que resuelve tener por comunicada y aprobada la Disposición de Formalización y Continuación de la investigación preparatoria, emitida por la Primera Fiscalía Suprema en lo Penal, por los presuntos delitos de Organización Criminal, Negociación Incompatible, Tráfico de influencias y Patrocinio Ilegal expedida en contra de César José Hinostroza Pariachi.
Así también requiere que se declaren nulas las resoluciones Legislativas del Congreso de la República Nro. 006-2018,007-2018,008-2018, y 009-2018-2019-CR, del 6 de octubre de 2018, emitidas en el procedimiento de antejuicio realizado por el Congreso de la República, que autorizan el procesamiento del accionante por los presuntos delitos de Patrocinio Ilegal, Tráfico de Influencias, Negociación incompatible y Organización Criminal, respectivamente, en agravio del Estado.
Tras alegar la vulneración a su libertad personal e individual requirió que el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria y a la Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en delitos cometidos por funcionarios públicos, quienes están a cargo del proceso penal seguido contra el accionante; que devuelvan la acusación constitucional y sus actuados al Congreso de la República.
Finalmente, que se ordene al Presidente del Congreso de la República que remita las denuncias constitucionales que hubiere contra el exmagistrado, que dieron origen al presente proceso penal, a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso, para que vuelvan a realizar el procedimiento parlamentario del antejuicio, respetando los derechos fundamentales de Hinostroza (incluyendo el control de legalidad de las grabaciones que sustentaron la acusación constitucional), así como los principios y garantías constitucionales previstos en nuestra Constitución Política.
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