La fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, interpuso ante el Congreso de la República una denuncia constitucional contra la exlegisladora aprista Luciana León por varios presuntos delitos que habría cometido durante el ejercicio de sus funciones.
León Romero es acusada por la fiscalía por la presunta comisión “en calidad de autor” de los delitos de tráfico de influencias agravado, organización criminal, cohecho pasivo impropio y peculado doloso por apropiación en agravio del Estado peruano.
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La tesis fiscal señala que la exlegisladora aprista habría “desplegado acciones con la finalidad de favorecer la presunta organización criminal Los intocables ediles de La Victoria, liderada por el exalcalde Elías Cuba”.
En su declaración ante la fiscalía, el 3 de junio de 2021, Luciana León rechazó todos los cargos que se le imputan y dijo que nunca había sido investigada por hechos similares.
¿En qué casos está involucrada la exlegisladora aprista y cuáles son sus implicancias legales?
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Caso Trabajadores fantasmas
- Peculado doloso por apropiación
Dicha imputación se hace en razón de la presunta contratación ficticia de trabajadores. La fiscalía dice que León “habría contratado personal de confianza para que trabaje en su oficina, sin embargo, no realizaba labores efectivas”.
“Se trataría de Celso Albert Omar Carranza Mosquiera, María Ángela Ayala Díaz, Edward Esteban Paz Arista, Roberto Cabrera del Castillo, Jessica Teresa Mayer Vásquez e Ydo Johnny Vásquez Peña. El dinero correspondiente a sus haberes sería entregado a León en sobres. Dicha acción se habría realizado desde el año 2017 hasta el 30/09/2019 en que fueron cesados al cerrarse el Congreso de la República”, dice el documento del Ministerio Público.
Sobre este presunto delito, la abogada penalista Romy Chang explica a El Comercio: “El peculado es el hurto al Estado y sanciona al funcionario que se apropia o se queda con bienes público que le han dado para hacer ciertas cosas vinculadas con el despacho. La pena es de 4 a 8 años. En el caso de Luciana León hay un agravante (presuntamente pertenecer a una organización criminal) y la pena podría ir de 8 a 15 años de prisión”.
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Caso Los Intocables Ediles
- Organización criminal
El documento de la fiscalía señala que, de acuerdo con las investigaciones realizadas por la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima (que investiga a Los Intocables Ediles), Luciana León sería el “brazo legal político” de la presunta organización criminal. La exparlamentaria habría tenido como principal función “ampliar la red de contactos y vínculos de la línea de dirección con claros fines económicos”. La fiscal también apunta a Betsy Matos, exasesora de León en el Congreso, “como una de las personas que integraría tal área” en la red criminal.
El Ministerio Público indica también que, para lograr sus cometidos, la organización liderada por el exalcalde de La Victoria Elías Cuba y Alex Peña Quispe también disponían “un área de protección policial”, cuyos miembros ya han sido identificados y se encuentran bajo investigación fiscal.
La abogada penalista Romy Chang manifiesta que antes a este delito se llamaba asociación ilícita para delinquir y sanciona a cualquier persona que pertenezca a alguna organización que se dedica sistemáticamente a cometer delitos.
“No se necesita que, en efecto, se haya realizado el delito. Podría ser que la asociación se esté formando y no haya perpetrado ningún robo o corrupción, pero el hecho de crear una especie de empresa crimina dedicada de manera sistemática, repartiéndose funciones, ese solo hecho ya es un delito. La pena va de 8 a 15 años de cárcel. Y si eres el líder o el que financia esta organización o, de alguna manera, dirigente, la pena puede llegar hasta los 20 años de prisión. La pena es efectiva”, añade Chang.
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- Tráfico de influencias agravado
Según la fiscalía, León habría gestionado con funcionarios de los Ministerios de Economía y Vivienda la financiación de obras en los años 2017 y 2018 en favor de la Municipalidad de La Victoria, “las mismas que luego eran otorgadas para su ejecución a consorcios vinculados a Alexander Peña Quispe, líder y financista de Los Intocables Ediles”.
Estas serían las obras:
- Mejoramiento del Servicio de Seguridad Ciudadana en el distrito de La Victoria. (Se habría realizado comunicaciones indebidas con funcionarios del MEF para la obtención de la misma a través de FONIPREL)
- Mejoramiento de pistas, veredas y berma central de la Av. Palermo.
- Mejoramiento del Parque Unión Panamericana Urbanización Balconcillo. (Se habría realizado comunicaciones indebidas con funcionarios del Ministerio de Vivienda a través del programa mejoramiento integral de barrios)
- Mejoramiento del Entorno Urbano del jirón 03 de febrero, tramo 28 de julio - Nicolás Arriola.
- Mejoramiento de Entorno Urbano del jirón Hipólito Unanue, tramo av. Paseo de la República - av. San Pablo.
Además, según la tesis fiscal, León habría “gestionado”, a través de Matos, “la implementación de una fábrica de ladrillos en el terreno de propiedad de Juan Peña Quispe (hermano de Alex Peña)”. El objetivo era contactarse con funcionarios de la Municipalidad Provincial de Trujillo “para viabilizar y facilitar los objetivos” de la organización criminal. Este hecho habría ocurrido en 2017, fecha de la que datarían las coordinaciones telefónicas entre Matos y Peña.
A León también se le imputa este delito, “por haber gestionado a través de Betsy Matos una reunión en el mes de junio de 2017 entre Alex Peña con funcionarios del Cuartel General del Ejército, “de la que se presume se coordinarían negocios ilegales en donde se tratarían temas vinculados con casinos, bienes, etc”.
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Chang indica que este delito sanciona a las personas “que tienen influencias o dicen tener influencias y se las vende a personas a cambio de llegar a ciertos funcionarios públicos que se encuentran conociendo un proceso legal o administrativo, por ejemplo, una licitación”.
“Las penas simples van de 4 a 6 años de cárcel más inhabilitación para ejercer cargos públicos. En el caso de Luciana León esto se agravaría porque cuando el traficante de influencias es un funcionario público, la pena se eleva de 4 a 8 años de cárcel. La pena también es efectiva”.
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- Cohecho pasivo impropio
El Ministerio Público manifiesta que la exlegisladora aprista habría recibido “sumas de dinero a cambio de sus gestiones ilícitas que se habrían dado desde el mes de marzo de 2017 hasta el mes de mayo de 2018″, las mismas que habrían ocurrido previas coordinaciones entre ella, Matos y Peña. Para la fiscalía, “se usaban cuentas de terceros del entorno familiar” de León para realizar transacciones bancarias.
“Cohecho pasivo impropio en términos simples es corrupción y sanciona al funcionario público, que acepta o recibe cualquier tipo de beneficio para realizar un acto que es propio de su cargo, por los cuáles no tendría por qué cobrar. La pena es de 4 a 6 años de cárcel”, dice Romy Chang.
Antejuicio
El oficio del Ministerio Público contra Luciana León fue enviado a la titular del Poder Legislativo, María del Carmen Alva, el pasado 11 de marzo e ingresó a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales el lunes 14 para su calificación.
La presidenta del subgrupo, Rosío Torres (Alianza Para el Progreso), señaló que “ninguna denuncia tiene corona” al momento de ser incluida en la agenda de las sesiones, en referencia al caso de la excongresista del APRA.
“Vamos a evaluar con la subcomisión y es muy probable que la estemos agendando esta semana, que es el viernes que tenemos sesión ordinaria o la extraordinaria del lunes”, aseguró Torres a RPP.
Según el artículo 99 de la Constitución, los altos funcionarios –hasta 5 años después de dejar el cargo– tienen derecho a un antejuicio para poder ser investigados por presuntos delitos en el ejercicio de su función. Por lo tanto, para que León pueda ser procesada penalmente, se requiere que el Parlamento apruebe una acusación constitucional en su contra.
¿Qué es el antejuicio? “El antejuicio es un procedimiento por el cual el Congreso evalúa si la denuncia presentada contra alguno de los funcionarios establecidos en el artículo 99 de la Constitución es maliciosa. Si hay alguna coherencia entre la denuncia y los hechos imputados y la conducta asumida por el o la excongresista, (el Parlamento) formulará la denuncia correspondiente ante el Ministerio Público y este ante el Poder Judicial”, explica a este Diario el ex presidente del Tribunal Constitucional Víctor García Toma.
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En tanto, el constitucionalista Erick Urbina señala que para que un congresista tenga el antejuicio “es necesario que se presente primero la denuncia constitucional”.
Ambos coinciden en que la denuncia constitucional presentada por Ávalos contra León seguirá el mismo curso que el resto de denuncias presentadas ante la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales.
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