El Poder Judicial (PJ) rechazó un pedido de la destituida exfiscal de la Nación, Patricia Benavides, para que pueda participar en la investigación preparatoria seguida contra los ex fiscales supremos provisionales a los que fue vinculada por presuntamente buscar que se denuncie a una Sala Constitucional por favorecer a la Junta Nacional de Justicia (JNJ).
Benavides Vargas fue investigada y, posteriormente, denunciada constitucionalmente junto a la congresista Patricia Chirinos (Avanza País), por los presuntos delitos de peculado doloso y cohecho pasivo específico y cómplice primaria del delito de peculado doloso agravado, respectivamente.
En paralelo, la Fiscalía de la Nación dispuso instaurar un proceso penal o formalizar la investigación preparatoria contra Álvaro Abilio Castañeda Rojas, Doris Gloria Beatriz Espinoza y Miguel Ángel Vegas Vaccaro, en su condición de fiscales adjuntos supremos -quienes estaban investigados en la misma carpeta fiscal que Benavides y Chirinos- por su presunta intervención en el delito peculado doloso agravado y otros, en agravio del Estado.
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Los hechos se vinculan a las presuntas coordinaciones de Patricia Benavides con la legisladora de Avanza País para presentar una denuncia ante el Ministerio Público, por el supuesto delito de prevaricato, contra los magistrados de la Tercera Sala Constitucional de Lima por haber declarado fundada una medida cautelar suspendiendo el debate del informe final de la Comisión de Justicia del Congreso que proponía destituir a los integrantes de la JNJ.
En esa línea, la defensa de Benavides Vargas recurrió ante el Juzgado de Investigación Preparatoria por presunta vulneración a su derecho de defensa y al debido proceso, solicitando que ordene al Ministerio Público que le permita participar en los actos de indagación que viene realizando en la Carpeta Fiscal N°120-2024 de la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos, y conocer los actuados que se van integrando a dicha investigación.
Su abogado, Christian Salas Beteta, sostuvo -ante el juez supremo Saúl Peña Farfán- que se le estaría afectando porque las diligencias se realizan en relación a hechos imputados a Benavides Vargas.
Por su parte, la fiscal suprema adjunta Carol Cuba Peralta recordó que contra la ex fiscal de la Nación se formuló denuncia constitucional ante el Congreso y, por tanto, “el proceso contra Benavides Vargas no puede continuar porque se está esperando la resolución judicial autoritativa del Congreso”.
Por tanto, señaló la fiscalía, en el momento actual, la exfiscal no puede ser considerada como parte dentro de dicha investigación preparatoria.
Como se recuerda, la denuncia constitucional contra Benavides Vargas y Chirinos Venegas fue interpuesta el 10 de mayo del 2024. Han transcurrido seis meses y hasta la fecha el Congreso no concluye el trámite parlamentario decidiendo si autoriza o no al Ministerio Público continuar con la causa penal en contra de la exfiscal de la Nación.
Otra denuncia constitucional que el Ministerio Público interpuso contra la exfiscal de la Nación, Patricia Benavides; que se encuentra paralizada en el Congreso de la República se vincula a la remoción de la exfiscal suprema adjunta Bersabeth Revilla.
La denuncia fue planteada el 16 de mayo del 2024 ante el Legislativo, y hasta la fecha tampoco concluye su procesamiento y emisión de un pronunciamiento.
En este caso, Benavides Vargas fue denunciada por los presuntos delitos de cohecho pasivo específico, falsedad genérica, encubrimiento personal agravado, encubrimiento real agravado y omisión de funciones.
El caso también comprende presuntas coordinaciones de Benavides para remover a la exfiscal de la Nación Zoraida Ávalos y el nombramiento del fiscal supremo adjunto Helder Uriel Terán, para que se encargara de la investigación contra su hermana, Emma Benavides Vargas.
Debido a ello, el juez supremo provisional Saúl Peña concluyó que era claro que a la fecha no se formalizó la investigación respecto a Patricia Benavides dado que en su condición de aforada por el cargo fiscal que desempeñaba, se requiere de la resolución acusatoria del Congreso de conformidad con los artículos 99 y 100 de la Constitución.
“No teniendo Liz Patricia Benavides Vargas la calidad de investigada en la investigación preparatoria formalizada materia de la carpeta fiscal N°120-2024, deviene improcedente la solicitud de tutela de derechos planteada, en tanto no es parte procesal, no teniendo la condición habilitante de imputada que requiere el artículo 71.4° del CPP, para poder plantear una tutela de derechos.”