Karem Barboza Quiroz

El 7 de diciembre del 2022, al promediar las 11 de la mañana, el aún presidente de la República , se encontraba en su despacho releyendo lo que sería su último discurso como mandatario del Perú. Sentado frente a las cámaras de canal del Estado, se acomodaba la corbata, la banda presidencial y hacía prueba de sonido.

“Tienes que avisar que es un mensaje a la Nación, que lo diga ella”, instruía a la única mujer que aparece en cámaras y quien sería la exministra Betssy Chávez.

Luego, mira a un costado, mira fijamente a alguien, guiña el ojo izquierdo y esboza una sonrisa. Terminan los preparativos, empieza la transmisión y la lectura de lo que sería su golpe de Estado, mientras su manos tiemblan estrepitosamente.

MIRA: Salatiel Marrufo: De defensor de votos de Pedro Castillo a delator de sus presuntos actos de corrupción | PERFIL

Nada de eso ha quedado sentado en la denuncia que interpuso ante la en contra de un grupo de congresistas, de su exvicepresidenta , de la misma fiscal de la Nación Patricia Benavides, y otros, a quienes acusó de haber integrado una organización criminal que buscó vacarlo.


Incluso, en su narrativa, asegura ahora que lo amenazaron de muerte, distorsionando episodios de su captura cuando pretendía huir hacia la Embajada de México, en San Isidro.

Castillo Terrones, a través de sus abogados, describió cerca de cinco hechos con los que pretendía alegar que no había cometido el presunto delito de rebelión y que, por el contrario, fueron los denunciados quienes habrían perpetrado dicho delito.

La denuncia, según la disposición fiscal obtenida por El Comercio, en varios de sus extremos ya fue desestimada por la Fiscalía de la Nación y en otros, ha sido derivada a otras instancias fiscales para que analicen los argumentos del vacado expresidente quien hoy cumple prisión preventiva por dos hechos: la investigación por presunta rebelión y la investigación en su contra por presuntamente dirigir una red criminal que habría cometido actos de corrupción en su gestión.

Disposición de la Fiscalía de la Nación
Disposición de la Fiscalía de la Nación


Argumentos sin fundamento

Pedro Castillo apuntó hacia todos los que no respaldaron su decisión de subvertir el orden constitucional, aquellos que lo dejaron solo en su momento más funesto y que se negaron a levantarse en armas para apoyar su golpe de Estado.

Los primeros mencionados en la denuncia fueron Emilio Gustavo Arturo Sandro Edmundo Bobbio Rosas [en su condición de exministro de Defensa] y Walter Cordova Aleman [excomandante general del Ejército], también Jorge Luis Chávez Cresta [exviceministro de Minas], a quienes denunció por la presunta comisión del delito de Organización Criminal, cuyos delitos fin habrían sido los de rebelión, conspiración y abuso de autoridad, en agravio del Estado.

Para sustentar ello, el expresidente rescata denuncias periodísticas en la que Lina Sanchez Camada, exsecretaria de Bobbio Rosas [cuando fue ministro de Defensa], habría denunciado la existencia de un plan para vacarlo.

Castillo asegura que Bobbio y Chávez se reunieron en la sede ministerial donde se habría dispuesto el cese del excomandante Córdova para que sea sucedido por David Guillermo Ojeda Parra. La reunión, dice la denuncia, fue admitida por Chávez públicamente.

No obstante, según el análisis de la Fiscalía de la Nación, la sola existencia de una reunión, “sin mayores datos periféricos” que evidencien que en esta se habrían producido eventos de apariencia delictiva, “no constituye per se un hecho de relevancia penal que justifique el inicio de una indagación a nivel preliminar”. Sobre todo, indicaron, cuando lo esbozado por Castillo, no describe cuál habría sido el comportamiento desplegado por el denunciado Bobbio Rosas, que daría cuenta de una presunta conspiración en la que este hubiera intervenido como ministro de Estado, con la finalidad de viabilizar la vacancia del entonces exmandatario.

Disposición de la Fiscalía de la Nación
Disposición de la Fiscalía de la Nación

Así también, señaló el Ministerio Público, el vacado expresidente “no ha descrito de manera detallada y veraz el rol” que habría tenido Bobbio, ya que su vacancia fue decisión del Parlamento.

“No se evidencia la sospecha simple de una supuesta conspiración entre el denunciado Emilio Gustavo Arturo Bobbio Rosas y terceras personas, dentro de las cuales se encontraría el hoy ministro de Defensa Jorge Luis Chávez Cresta - entonces oficial del Ejército Peruano en situación de retiro , ni de algún otro hecho de apariencia criminal atribuible a Bobbio Rosas”, indicó la Fiscalía de la Nación.

Denuncia contra Boluarte y otros

La actual presidenta Dina Boluarte, fue denunciada por Pedro Castillo en su condición de exvicepresidenta de la República, por la presunta comisión del delito de organización criminal, cuyos delitos fin habrían sido los de rebelión, conspiración y abuso de autoridad, en agravio del Estado.

Y es que, en versión del expresidente, Boluarte Zegarra, en un presunta actuación coordinada y concertada de la organización criminal, el 6 de diciembre de 2022, el Congreso de la República le archivó las denuncias constitucionales vinculadas a los casos “Club Apurímac” y “Reniec”.

Luego, el 7 de diciembre de 2022, a las 8:00 horas, Boluarte Zegarra habría enviado “emisarios” al Congreso de la República, para informar que ya contaba con los votos de todas las bancadas para la vacancia de Castillo. Y luego de que fue proclamada presidenta el 7 de diciembre del 2022, habría acudido a visitar al exmandatario Alberto Fujimori Fujimori en el penal de Barbadillo.

El excomandante general del Ejercito Peruano Walter Córdova Alemán, el general de la Policía Nacional del Perú Iván Lizetti Salazar, el coronel de la Policía Nacional del Perú Walter Bryan Erick Ramos, el coronel de la Policía Nacional del Perú Harvey Julio Colchado Huamaní y el ex fiscal provincial Hans Aguirre Huatuco, también fueron incluidos por Castillo Terrones en su denuncia.


Dina Boluarte juró como presidenta de la República tras la destitución de Pedro Castillo | Foto: Britanie Arroyo / @photo.gec
Dina Boluarte juró como presidenta de la República tras la destitución de Pedro Castillo | Foto: Britanie Arroyo / @photo.gec


Contra Colchado Huamaní y Aguirre Huatuco, el expresidente sostuvo que el 1 de agosto de 2022, los citados denunciados, al mando de un equipo de policías del Servicio de Inteligencia - DIVBUS, allanaron la residencia de Palacio de Gobierno, con el propósito de detener a Yenifer Paredes Navarro, por el caso denominado “Anguía”. Sin embargo, con dicho allanamiento, los citados “ejecutores de la maquinaria del crimen organizado” -como los llamó- habrían medido, calificado y demostrado lo fácil que era ingresar a la residencia presidencial y apresar a Paredes, quien es familiar del denunciante.

Contra el coronel PNP Ramos, Castillo esgrimió otra acusación casi fantasiosa al señalar que el efectivo policial habría participado en su detención en la avenida Wilson -cuando pretendía huír- “donde públicamente se ve cómo me quieren matar”.


Disposición de la Fiscalía de la Nación
Disposición de la Fiscalía de la Nación


Sobre estos extremos, la Fiscalía de la Nación precisó que los denunciados en mención “no habrían tenido la condición de aforados a la fecha de los hechos incriminados”; por lo que, evidentemente no se encuentran comprendidos dentro de los alcances del antejuicio político.

En ese sentido, se concluyó, no compete a la Fiscalía de la Nación conocer la denuncia en el extremo de los denunciados antes señalados; por lo que -a excepción del denunciado Hans Aguirre Huatuco- corresponde disponer la remisión de copias certificadas de los actuados al despacho fiscal competente; esto es, a las Fiscalías Provinciales Corporativas Penales de Cercado de Lima, Rimac, Breña y Jesús María, a través de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, a fin de que procedan conforme a sus atribuciones.

Mientras que, en el caso de Aguirre Huatuco, por ser denunciado en calidad funcional, corresponde analizar su caso al despacho fiscal superior que haya designado la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro.

Disposición de la Fiscalía de la Nación
Disposición de la Fiscalía de la Nación

También apuntó hacia congresistas

Castillo también denunció a 101 congresistas de la República que votaron a favor de su vacancia presidencial (detallando solo los nombres de 94 parlamentarios) imputándoles los presuntos delitos de Organización criminal, cuyo fin habría sido cometer los delitos de rebelión, conspiración y abuso de autoridad, en agravio del Estado.

Según el vacado exmandatario, los aludidos parlamentarios serían quienes habrían dado el golpe de Estado contra su gobierno, el 7 de diciembre de 2022, a las 13:49 horas, al no seguir el debido proceso del antejuicio político que le correspondía en su calidad de presidente de la República, emitiendo las resoluciones legislativas N. ° 01-2022-2023-CR y 02-2022-2023-CR. Además, el 12 de diciembre de 2022, el Congreso de la República emitió la Resolución Legislativa N.° 002-2022-2023-CR, mediante la cual se declaró haber causa penal probable en su contra y se levantó su prerrogativa del antejuicio político.


Seguidamente, cuestionó que el 23 de marzo de 2023 se dictaron las Resoluciones Legislativas N.° 009-2022-2023-CR, N.° 010-2022-2023-CR y N.° 11-2022-2023-CR, mediante las cuales se declaró haber lugar a la formacion de causa penal contra sus exministros Betssy Chávez Chino, Wily Arturo Huerta Olivas y Robert Heibert Sánchez Palomino, respectivamente; precisando que dichas resoluciones se habrían emitido respetándoseles la prerrogativa del antejuicio político.

Al respecto, el Ministerio Público, precisó que de las Resoluciones Legislativas N.° 01-2022-2023-CR y N.° 02-2022- 2023-CR, del 07 y 12 de diciembre de 2022, respectivamente, no concierne a su despacho evaluar la legalidad o no de las resoluciones legislativas expedidas por el Congreso.

Y, además, que el segundo párrafo del artículo 93 de la Constitución Política del Estado, establece que los congresistas: “No son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emiten en el ejercicio de sus funciones”. “En ese sentido, no resulta posible atribuir responsabilidad penal a los congresistas de la República, por los votos emitidos en el ejercicio de sus funciones, a favor de la vacancia presidencial”, señalaron.

Pleno del Parlamento debate la moción de vacancia contra Pedro Castillo. Foto: Congreso
Pleno del Parlamento debate la moción de vacancia contra Pedro Castillo. Foto: Congreso


Por tanto, no procedía abrir investigación preliminar en contra de los 101 congresistas de la Republica en mención, en relación a los hechos descritos en el presente extremo de la denuncia formulada por Castillo Terrones.

En otro extremo, Castillo Terrones, imputó que quienes “moverían los hilos” de una presunta organización criminal serían 12 congresistas de la República: María Del Carmen Alva Prieto, Carmen Patricia Juárez Gallegos, Hernando Guerra García Campos, Jorge Montoya Manrique, Alejandro Muñante Barrios, Norma Martina Yarrow Lumbreras, José Daniel Williams Zapata, Carlos Antonio Anderson Ramírez, Lady Mercedes Camones Soriano, José Arriola Tueros, Patricia Rosa Chirinos Venegas y Martha Lupe Moyano Delgado.

En el escrito de Castillo, aseguró que todos ellos serían los “hombres de atrás”, quienes habrían “movido los hilos” de la organización criminal, al haber organizado un plan criminal para defenestrarlo y cumplir con exito los presuntos delitos de rebelión, conspiracion y abuso de autoridad por parte del Congreso.

El expresidente sustentó esta denuncia basado en un informe periodístico titulado “Golpe a la vista”, publicado en el semanario “Hildebrandt en sus Trece”, que menciona una reunión en febrero del 2022, entre varios de los denunciados, para acordar su vacancia.

Según Castillo, la animadversión en su contra, fue por no aceptar dejar de hacer “las reformas que había anunciado” en su plan de gobierno, así como no haber firmado al “Hoja de Ruta”, lo que generó que los denunciados eviten que concluya su gobierno en 2026.

Para ello, indicó Castillo, los congresistas promovieron diversas normas para fortalecer dicho poder, incluyendo la Ley que regulaba la Cuestión de Confianza.

No obstante, la Fiscalía de la Nación señaló que las leyes y las resoluciones legislativas que expide el Congreso de la República de acuerdo a sus atribuciones constitucionalmente establecidas y en ejercicio de su función legislativa, “son previamente debatidas y aprobadas por el pleno” de dicho poder del Estado, siguiendo el procedimiento legislativo.

Además, remarcaron que la Ley N . 31355 que regula la cuestión de confianza fue analizada por el Tribunal Constitucional que declaró la constitucionalidad de la misma.

Por tanto, señaló la fiscalía, el denunciante no precisa de qué manera este evento estaría vinculado a los denunciados, como tampoco cuáles serían los indicios que sustentarían la sospecha simple de su pretendida ilicitud.

FISCALÍA DE LA NACIÓN
Respuesta a la denuncia de Pedro Castillo

“En este sentido, la denuncia planteada no permite delimitar un marco de imputación razonable y menos fijar los limites objetivos y subjetivos de la actividad investigativa en torno a una presunta organización criminal; de modo que, no resulta posible disponer una indagación preliminar respecto de dicho acontecimiento.”

Respuesta a la denuncia de Pedro Castillo


Sobre la reunión de los parlamentarios denunciados, alegada por Castillo, la fiscalía precisó que mediante Disposición N.° 02, del 6 de junio del 2022, emitida por la Fiscalía de la Nación en la carpeta fiscal Nro. 27-2022, se declaró “no haber mérito para promover investigación preliminar”.

Por ello, indicaron, ya habiéndose pronunciado que de este hecho no había elementos para investigar; y ante la nueva denuncia de Castillo, deberá ser reexaminados en la carpeta fiscal aludida (Nro. 27-2022) , conforme a lo prescrito por el artículo 335 del Código Procesal Penal.

En ese sentido, la Fiscalía de la Nación dispuso la extracción de copias de la denuncia e incorporarlas a la referida carpeta fiscal, a efectos de que dicho despacho realice el reexamen respectivo en este extremo.

Respecto a la denuncia contra la FN

El hoy investigado Pedro Castillo imputa a Patricia Benavides, en su calidad de fiscal de la Nación, pertenecer a una organización criminal, cuyos fines fueron la perpetración de los delitos de rebelión, conspiración y abuso de autoridad, al presuntamente haber sido parte- según el denunciante- del “Golpe de Estado del Congreso” pues de su accionar se evidenciaría un “pacto de encubrimiento” de la fiscalía hacia el gobierno “de la usurpadora” Dina Boluarte.

Ello, debido a que no habría actuado frente a los autores directos e indirectos de los asesinatos de 57 personas a manos de personal de la Policía y de las Fuerzas Armadas, durante las protestas sociales suscitadas en todo el país y que no habría realizado “una investigación seria e imparcial”.

Por ello, aseguró Castillo, Benavides se habría “agrupado” con el gobierno de Boluarte.

Disposición de la Fiscalía de la Nación
Disposición de la Fiscalía de la Nación


Sobre este extremo de la denuncia, la Fiscalía de la Nación señaló que al estar dirigida contra Patricia Benavides en su calidad de la fiscal de la Nación, se configura la causal de inhibición prevista en el literal a) del artículo 53o del Código Procesal Penal.

“En este sentido, corresponde apartarme del conocimiento de este extremo de la denuncia, de conformidad con lo previsto en el apartado 4 del articulo 61o de la acotada norma adjetiva; en consecuencia, deberá extraerse copias certificadas de la denuncia y sus anexos, a fin de que sean remitidos al despacho del fiscal supremo llamado por ley, en este caso, al fiscal supremo Pablo Sanchez Velarde, por ser el más antiguo y quien reemplaza a la suscrita en los casos de ausencia temporal u otros, ello de conformidad con lo estipulado en el artículo 24 de la Ley Orgánica del Ministerio Público.”

Patricia Benavides Fiscal de la Nación

Patricia Benavides


Recurrirán a la JFS

En diálogo con este Diario, Eduardo Pachas, abogado del expresidente Pedro Castillo, anunció que presentarán un escrito ante la Fiscalía de la Nación a fin de que el caso sea analizado por la Junta de Fiscales Supremos (JFS), pues considera que su denuncia no debía ser analizada y resuelta por la fiscal de la Nación Patricia Benavides, por ser una de las denunciadas.

“Se va a interponer un recurso de elevación de actuado, porque, en primer lugar, la señora Benavides no podía resolver. Se enviará a la Junta de Fiscales Supremos y ellos tienen que determinar que no se puede partir la denuncia porque se está denunciando a una organización criminal.”


Eduardo Pachas, abogado de Pedro Castillo


Con ello, dijo, buscan que la decisión de archivar en parte su denuncia y derivar a otras instancias otros extremos de la misma, sea declarada nula y sin efecto; y pase a ser analizada por el fiscal supremo más antiguo llamado por ley.

Pachas, reiteró que Castillo fue amenazado de muerte, condicionándolo a ser vacado. Aseguró que nunca dijo que haya leído su Mensaje a la Nación amenazado con un arma al frente, sino que habría sido cuando fue detenido camino a la Embajada de México.

También descartó versiones de que el exmandatario haya estado drogado, o bajo los efectos de alguna sustancia el 7 de diciembre del 2022.

“El día 6 de diciembre del 2022 ya estaba dado el golpe por la señora Boluarte, que el congreso había archivado sus denuncias por el caso Reniec y Junín (Apurímac), ya tenía el apoyo de las fuerzas armadas”, anotó.

Disposición de la Fiscalía de la Nación
Disposición de la Fiscalía de la Nación