Sodalicio: 5 preguntas sobre la propuesta de Fuerza Popular
Sodalicio: 5 preguntas sobre la propuesta de Fuerza Popular
Gino Alva Olivera

Pese a que en la víspera había señalado que iba a reevaluar su postura, ayer se ratificó en que el Congreso de la República no debe asumir la investigación de las denuncias por abuso sexual contra el de Vida Cristiana.

La bancada fujimorista propuso en cambio que la Defensoría del Pueblo investigue el caso con el acompañamiento de un grupo de trabajo “de seguimiento y coordinación” adscrito a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos. En esta nota, analizamos la viabilidad y pertinencia de la propuesta.

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1 ¿Tiene el Congreso de la República la facultad de formar una comisión para investigar el Caso Sodalicio?

El vocero de Fuerza Popular, Luis Galarreta, aseveró que el Parlamento no puede investigar las denuncias contra el Sodalicio, debido a que para que el Legislativo intervenga en un caso este debe “involucrar a funcionarios públicos” en ejercicio.

Sin embargo, en el 2002, por ejemplo, el pleno autorizó la creación de una comisión para investigar el incendio en la discoteca Utopía. Seis años después, en el 2008, se formó un grupo especial para indagar la muerte de cuatro campesinos en un paro agrario de ese año.

Además, el artículo 88 del Reglamento del Congreso indica: “El Parlamento puede iniciar investigaciones sobre cualquier asunto de interés público, promoviendo un procedimiento de investigación que garantice el esclarecimiento de los hechos y la formulación de conclusiones y recomendaciones”.

2 ¿Puede la defensoría investigar las denuncias de abusos sexuales contra el Sodalicio?

La Constitución indica que el fin de la defensoría es “defender los derechos constitucionales y fundamentales de la persona”, así como “supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración estatal y la prestación de servicios públicos”.

Pero Eduardo Vega Luna, encargado de la institución entre el 2011 y el 2016, explicó que la defensoría actúa en favor de los ciudadanos ante abusos de instituciones públicas o cuando sus derechos están en riesgo.

“El Sodalicio es un grupo religioso, por lo que no veo de qué modo tendría competencia la Defensoría del Pueblo. En 20 años, la defensoría no ha asumido la investigación de un caso”, dijo a El Comercio.

3 ¿Cuál es el marco de acción de la Defensoría del Pueblo cuando asume un caso?

Vega Luna precisó que la defensoría no tiene facultad para sancionar, pues “no es la razón para la que fue creada la institución”.

Agregó que lo que sí puede hacer es “persuadir a una institución para que corrija un hecho vulneratorio contra un ciudadano o, en la vía judicial, presentar acciones de amparo, por ejemplo, como lo ha hecho en ocasiones anteriores”.

“La defensoría elabora informes con recomendaciones o exhortaciones a las autoridades, cuyo cumplimiento encuentra sustento en su poder de persuasión y en la fortaleza de argumentos técnicos, éticos y jurídicos”, destaca la entidad en su portal web.

4 ¿En qué etapa se encuentra la investigación del Ministerio Público al Sodalicio?

En enero pasado, la Fiscalía Provincial Penal 26 de Lima archivó por falta de información la investigación a Luis Figari, fundador del Sodalicio, y a otros líderes de ese movimiento religioso.

La parte denunciante, sin embargo, apeló la decisión de la magistrada María del Pilar Peralta. El caso se encuentra ahora en el despacho del fiscal superior Frank Almanza, quien debe decidir si reabre o no el expediente.

“Está pendiente un careo entre nuestros abogados y los del Sodalicio. A partir de ahí el fiscal tomará la decisión. Lo lógico para nosotros es que el caso se reabra, pues Peralta desechó peritajes y, sin fundamentos, rechazó testigos”, dijo el periodista Pedro Salinas, uno de los denunciantes.

5 ¿Cuáles son los límites de un grupo investigador adscrito a una comisión ordinaria del Congreso?

El fujimorismo solicitó  al presidente de la Comisión de Justicia, el oficialista Salvador Heresi, que forme un grupo de trabajo “que se aboque al seguimiento y coordinación de la investigación que efectuará la defensoría”.

Cabe precisar que un grupo de trabajo adscrito a una comisión no puede citar de grado o fuerza a una persona para que declare, capacidad que sí tiene una comisión especial.

Además, según el “Manual del Parlamento”, libro del experto César Delgado (publicado con el sello editorial del Congreso), “carecen de autonomía orgánica y funcional” y solo “administran la información a que acceden cuidando el vínculo que las liga al pleno”.

En diálogo con este Diario, Heresi indicó que la comisión que preside está dispuesta a colaborar en las pesquisas y “dar voces a quienes no han sido escuchados por el Ministerio Público”, pero enfatizó que no está de acuerdo con la propuesta de Fuerza Popular.

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