El debate en torno a la liberación a Alberto Fujimori aún no se cierra del todo en el Tribunal Constitucional (TC). El magistrado Manuel Monteagudo Valdez pidió este lunes 11 de diciembre la nulidad de la resolución que ordenó la excarcelación del exmandatario, condenado por los casos de Barrios Altos y La Cantuta, alegando que el caso debió ser debatido por el pleno de dicho colegiado. ¿Qué pasará tras su solicitud?
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Pedido
En su requerimiento, Monteagudo cuestionó que tres magistrados del TC, “sin deliberación institucional previa”, adoptaran la “delicada, inédita y altamente cuestionable decisión” de sostener que “queda fuera de la competencia” de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenar a un Estado “no ejecutar una sentencia de un tribunal nacional”.
Monteagudo se refiere así a la resolución del pasado 5 de diciembre- suscrita por Francisco Morales Saravia, Luz Pacheco y Gustavo Gutiérrez Tice - en la que el Tribunal Constitucional ordenó la liberación del exjefe de Estado.
Como se recuerda, inicialmente, el TC dispuso remitir a un juzgado de Ica la decisión de restablecer el indulto a Fujimori. En dicho auto de aclaración, del 21 de noviembre, los magistrados Manuel Monteagudo y César Ochoa emitieron votos singulares. Es decir no suscribieron la decisión de enviar el caso a juez de Ica.
Días después, el juez Fernando Vicente Fernández Tapia, a cargo del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de dicha región, decidió no ejecutar la liberación y devolvió el caso al TC que, finalmente, dio luz verde a la salida de Fujimori del penal de Barbadillo. El fallo fue ejecutado el 6 de diciembre por el Instituto Nacional Penitenciario (INPE).
Monteagudo señaló, en su solicitud, que - el auto del TC del 21 de noviembre, enviado al juez de Ica- no contenía ninguna posición del tribunal acerca de las consecuencias jurídicas de no acatar la resolución de la Corte IDH, que ordenó (en abril del 2022) al Estado peruano abstenerse de obedecer el fallo del Tribunal Constitucional del 17 de marzo de 2022, que restablecía los efectos del indulto humanitario que Pedro Pablo Kuczynski le otorgó a Fujimori en diciembre del 2017.
“Como le consta a usted, Sr. presidente, tal criterio, jamás fue puesto previamente a consideración del Pleno del TC. De manera tal que, violándose todo procedimiento interno, tres magistrados del TC, sin deliberación previa sobre el particular, se han arrogado indebidamente, en nombre del Pleno, la prerrogativa de adoptar una posición jurídica de notoria relevancia, y, como digo, por decir lo menos, dubitable”, expresó Monteagudo en su oficio.
“El asunto se torna más grave si se tiene en consideración que uno de tales magistrados se encontraba objetivamente impedido de votar en la decisión del auto de fecha 04.12.2023, pues, como es de público conocimiento, ante la propia Corte IDH, había adoptado una postura favorable al indulto concedido”, subrayó en referencia a Gustavo Gutiérrez Ticse.
Sobre dicho punto, Monteagudo remarcó que en ninguno de los dos casos correspondía la participación de dicho magistrado, pues - a su criterio - constituye una “flagrante e inaceptable violación” al principio de imparcialidad.
Posteriormente, en declaraciones a RPP, el magistrado Monteagudo enfatizó que sus colegas habrían incurrido en un “incumplimiento de normas reglamentarias de la propia ley orgánica” del TC.
“Esa es una materia de pleno, no de tres, ni de cuatro [...] Hay dos autos, el 1 y el 2. En el 1 se declaran improcedentes los pedidos de aclaración, es más, la defensa del expresidente [Fujimori] pide que haya un pronunciamiento sobre la resolución de Corte IDH y eso se niega y se envía al juez ejecutor para que actúe de acuerdo a sus atribuciones ¿Con qué objeto? Para que quede ahí. Con el auto 1 han argumentado la liberación del expresidente”, declaró.
“En el auto 2 se pronuncian sobre el tema de fondo y ordenan la liberación. Ese asunto de forma, que no fue materia del primer auto, es una materia de pleno. No hay otra alternativa”, dijo también.
Finalmente, pidió al presidente del TC que convoque a una sesión de pleno para evaluar su petición.
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¿La liberación de Fujimori podría ser anulada?
En diálogo con El Comercio, Luz Pacheco, vicepresidenta del Tribunal Constitucional, descartó que no se haya seguido el debido proceso en el caso de Fujimori y consideró que el magistrado Monteagudo “está equivocado”.
Además, aseguró que la solicitud de su colega sería vista en enero y estimó que no prosperaría. Por tanto, la excarcelación del expresidente no sería anulada.
Pacheco explicó que el magistrado que “hace un voto singular en un expediente no vuelve a intervenir”.
La magistrada indicó que “lo que está establecido jurídicamente” es que los magistrados que no han emitido votos singulares son los que intervienen en todo lo que sigue del proceso. Mientras que los que tienen posiciones singulares, pierden competencia.
“Si alguna parte pide una aclaración o algo, ese voto singular pierde competencia. En este año, [Monteagudo] nunca ha reclamado por qué no podía seguir interviniendo porque siempre es así. En cambio ahora dice que, por la transcendencia social, debería de verse en el pleno, pero ese es un criterio político, no jurídico”, remarcó.
En esa línea, la vicepresidenta del TC subrayó que no correspondían las intervenciones de Manuel Monteagudo y César Ochoa.
“Además, ellos, en el primer auto [del 21 de noviembre] ya dieron todas sus razones por las cuales consideraban que se debía obedecer lo que decía la Corte IDH. Ochoa decía que había que declarar inejecutable la decisión del TC en 2017 y Monteagudo que había que anularla. Ello cuando no correspondía pronunciarse al respecto en esa etapa porque no eran temas de fondo”, aseveró.
“Era implícito el deseo de los cuatro de que se ejecutara la sentencia del TC [del 2017] y no lo que había dicho la Corte IDH [en 2018] por eso ellos hicieron su voto singular”, apuntó.
Luz Pacheco, vicepresidenta del TC, subrayó que no ve posible que ella y los magistrados que ordenaron la liberación de Fujimori cambien de punto de vista. “Nunca nos había pasado que un juez nos devolviera el expediente [...] Nos devolvió el expediente [...] Hay un artículo del código procesal que nos facultaba a hacerlo y se procedió”, resaltó.
La magistrada indicó que, inicialmente, se permitió que el magistrado Gutiérrez Ticse se abstuviera debido a que dio una opinión como especialista ante la Corte IDH, pero con la muerte Augusto Ferrero la situación cambió.
“La abstención no es automática, la tiene que aceptar el pleno o la sala. En esta oportunidad, el pleno consideró que convenía que se reincorporara para que tuviera mayor fuerza la decisión del TC. Sin su presencia también habría pasado lo mismo, no habría variado el resultado. No hay ningún interés de nosotros, yo no soy fujimorista. Hemos actuado sometidos a la Convención Americana sobre Derechos Humanos”, aseveró.
Finalmente, Pacheco afirmó que van a escuchar a Monteagudo, pero que “sería rarísimo que en menos de un mes cambiemos todos de opinión”.
Gustavo Gutiérrez Ticse, integrante del TC, dijo a El Comercio “que es extraño” que un magistrado pida la nulidad de una sentencia. “Las partes son los que interponen recursos. Quizás no conozca el reglamento. Creo que en todo caso está confundido. Voy a recomendarle a sus asesores que le expliquen los procedimientos”, enfatizó.
Minutos después, en diálogo con RPP, Gutierrez señaló que la decisión del TC sobre la liberación de Fujimori “fue legítima” y que no estaban en obligación de citar a Monteagudo y Ochoa.
Finalmente, explicó que sobre el caso del expresidente buscó abstenerse. “Me abstuve, pero se me pidió que retornara para poder darle legitimidad a las decisiones del tribunal. El pleno aceptó que yo retorne. Mi voto no incide, se necesitaban 3 y ha habido 4. Los magistrados no deben abstenerse y la ley orgánica nos impone no abstenernos”, concluyó.
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Urviola y Urbina: pedido no corresponde
El expresidente del TC Óscar Urviola y el constitucionalista Erick Urbina también señalaron que no correspondía citar a Monteagudo y Ochoa. Asimismo, estimaron que el pedido de nulidad no prosperaría.
“Lo que ha hecho el TC es correcto porque, de acuerdo al reglamento, en las aclaraciones o reposiciones solo deben participar los magistrados que hicieron resolución, que en este caso eran el presidente [Francisco Morales Saravia, la doctora [Luz] Pacheco, [Gustavo] Gutiérrez Ticse y Helder Domínguez”
Óscar Urviola, expresidente del TC
El expresidente del TC remarcó que “el tribunal procedió de acuerdo a su reglamento”.
“La solicitud de Monteaguado seguro se evaluará en el pleno, que con la misma mayoría resolverá, pero no prosperará porque se ha procedido de forma correcta. Solo los que han intervenido en la aclaración o reposición pueden participar”, opinó.
Una postura similar tuvo Urbina. “El caso debía someterse a consideración de los magistrados que ya votaron sobre la sentencia porque los otros dos dijeron que no estaban de acuerdo. Lo que entendemos es que sometió a consideración de los cuatro que ordenaron al juez de Ica la excarcelación”, apuntó.
“Sí hay antecedentes de que el TC haya anulado sus propias resoluciones, pero esto debe estar debidamente motivado y, además, con la mitad más uno del número de integrantes (4 votos que no tiene Monteagudo). Difícilmente van a decir que son nulas sus decisiones de la semana pasada. Entonces, no creo que prospere. A mi juicio, no hay causal de nulidad”, finalizó el constitucionalista.