Empresario chileno Gerardo Sepúlveda, quien se encuentra en Lima, es considerado testigo en el caso Interoceánica. (Foto: Eduardo Cavero/ GEC)
Empresario chileno Gerardo Sepúlveda, quien se encuentra en Lima, es considerado testigo en el caso Interoceánica. (Foto: Eduardo Cavero/ GEC)
Karem Barboza Quiroz

La Primera Sala de Apelaciones dejó al voto el recurso que presentó el empresario chileno contra la decisión de ampliar su impedimento de salida del país para que declare como testigo en la investigación del .

Como se recuerda, en febrero pasado, el juez de primera instancia dictó dos meses de impedimento de salida del país contra el empresario. Tanto la Fiscalía, que había solicitado tres meses y la defensa del testigo, apelaron la medida.

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Percy García Cavero, defensa legal de Sepúlveda, sostuvo ante el tribunal que la decisión tomada en primera instancia fue “arbitraria”, puesto que, cuando se venció el plazo de la medida (el 25 de abril) su patrocinado trató de tomar un vuelo el 27 de abril rumbo a Chile, pero fue impedido. Ese mismo día, recordó, el juez convocó a una audiencia de reposición de plazo del impedimento solicitado por la Fiscalía, a causa de la pandemia.

“Mi patrocinado no pudo viajar y por el contrario, lo que se hizo fue extenderse, mediante una figura de reposición de plazo a una medida de coerción personal, 41 días más; ampliando su impedimento hasta el 7 de junio del 2020, pese a existir una apelación que recién se está viendo hoy”, dijo García.

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A inicios de mayo, el juez Richard Concepción Carhuancho aceptó el pedido del fiscal José Domingo Pérez, del equipo especial Lava Jato, para la reposición de 41 días de la orden de impedimento de salida del país por dos meses que dictó contra el empresario chileno.

Por ello, el abogado solicitó que se revoque la decisión de impedimento de salida del país, alegando que para casos de testigos, la norma indica que su impedimento debe ser solicitado dentro del plazo de investigación preparatoria, pero esta se hizo fuera de plazo.

“Además, se requiere, primero, que sea un testigo importante. En los tres años de investigación preparatoria que ha existido en este proceso, nunca ha sido citado para declarar como testigo”, afirmó.

Recordó que en la investigación, según la fiscalía, tres testigos (Jorge Barata, Hernán Garrido Lecca y Pedro Pablo Kuczynski) indicaron en sus declaraciones que Sepúlveda fue quien realizó la estructuración financiera por la que el consorcio IIRSA Sur consiguió el financiamiento de los mercados de capitales. No obstante no lo citaron hasta febrero de este año.

“Estamos ante un caso donde el Ministerio Público nunca consideró como testigo y que solo lo ha considerado como testigo porque vino al Perú a declarar en otro proceso y poder retenerlo tres meses, que lo ha conseguido con los 41 días más“, afirmó.

Sepúlveda tiene la calidad de “investigado” bajo normas de conducta, en la investigación que se le sigue al expresidente Kuczynski por el Caso Odebecht.

La defensa alegó que la declaración de Sepúlveda no era importante en el proceso seguido contra Toledo, pues según entrevistas públicas del coordinador del Equipo Especial Lava Jato, Rafael Vela, del 30 de enero pasado, “el caso contra Toledo estaba casi cerrado” y que iban a presentar la acusación.

Sí es importante su declaración

El representante del Ministerio Público, Hernán Mendoza Salvador anunció que se desistía de apelar la ampliación del impedimento de salida del país para que se le imponga tres meses a Sepúlveda. Esto, sobre todo porque ya cuentan con un plazo de reposición de plazo de impedimento de salida del país hasta el 7 de junio.

De otro, el fiscal afirmó que Sepúlveda sí ha tenido la calidad de “testigo” cuando se solicitó su impedimento de salida del país e invocó una disposición del 24 de febrero del 2020.

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“Esto acredita que el señor Gerardo Sepúlveda Quezada tiene la calidad de testigo en la investigación (…) prueba de ello es que jamás se puso en cuestión la condición de su patrocinado (de parte de la defensa)”, alegó el fiscal.

El fiscal Mendoza sostuvo que la declaración de Sepúlveda “no se puede dispensar, ya que informará acerca de la adecuación que hizo de los valores financieros de Odebrecht para obtener la concesión de la Interoceánica, que supuso producto del acuerdo ilícito, el favorecimiento en la calificación económica financiera en el comité de Proinversión”.

Mencionó que Sepúlveda fue asesor y socio de la empresa Westfield Capital, de Pedro Pablo Kuczynski, que durante el gobierno del expresidente Alejandro Toledo, contrató con Odebrecht para prestarle asesoría en el proyecto Corredor Vial Interoceánico Perú-Brasil.

Agregó que para el Ministerio Público se presume que la intervención de Sepúlveda “tenía que ver con el acuerdo colusorio para beneficiar a la empresa con la buena pro”.

“Esta declaración es importante porque los casos de colusión de agentes de muy alto perfil, en lo público y lo privado, no son circunstanciales, fortuitos o casuales, sino que son hechos ideados, organizados y ejecutados desde los niveles más altos funcionalmente y dentro de una organización vertical compleja; lo que creemos no fue ajena esta estructuración financiera de la que fue parte Sepúlveda Quezada”, alegó el fiscal.

Finalmente, sostuvo que si bien antes del 24 de febrero no se le citó como testigo, fue porque dicha persona no estaba en el país.

El tribunal presidido por la magistrada Edita Condori Fernández e integrado por los magistrados Sonia Torre y Rómulo Carcausto anunció que resolvería el pedido en el plazo de ley y se les notificaría a sus casillas electrónicas.

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