El congresista Rennán Espinoza presentó la propuesta para aplicar la paridad en el próximo proceso electoral. (Foto: Andina)
El congresista Rennán Espinoza presentó la propuesta para aplicar la paridad en el próximo proceso electoral. (Foto: Andina)
Redacción EC

El congresista Rennán Espinoza (Somos Perú) presentó el proyecto de ley N° 5036/2020-CR, que modifica un artículo de la Ley Orgánica de Elecciones para garantizar la paridad y la alternancia en las elecciones generales del 2021 y promover la participación de la mujer en la política.

La propuesta precisa la modificación del artículo 116 y de la tercera disposición complementaria transitoria de la Ley Orgánica de Elecciones, considerando que el conjunto de candidatos esté integrado por no menos del 50% de mujeres y hombres, ubicados de forma intercalada, 10% más de lo propone la ley actual.

¿Qué dice el artículo 116 de la ley vigente?

"Artículo 116.- Las listas de candidatos al Congreso de la República, en elecciones generales, se determinan de la siguiente manera:

1. Postulación en elecciones internas o primarias:

En las elecciones internas o elecciones primarias, los candidatos postulan de forma individual. El conjunto de candidatos está integrado por no menos del cuarenta por ciento (40%) de mujeres o de hombres, ubicados de forma intercalada: una mujer un hombre o un hombre una mujer. El voto se emite a favor de candidato individual.

2. Lista resultante de las elecciones internas o primarias:

La lista resultante de las elecciones internas o elecciones primarias se ordena según el resultado de la votación y respetando la cuota mínima de cuarenta por ciento (40%) de mujeres o de hombres. Los candidatos que obtengan la mayor votación ocupan los primeros lugares, pero una vez cubierta la cantidad máxima de candidatos de un mismo sexo se continúa con el candidato del sexo opuesto que se requiera para cumplir con la cuota mínima.

3. Lista de candidatos para las elecciones generales:

En la lista al Congreso de la República, para las elecciones generales, se consideran los resultados de la democracia interna y se ubican los candidatos en forma intercalada: una mujer un hombre o un hombre una mujer.”

En tanto, el proyecto del congresista de Somos Perú propone establecer el 50% de mujeres o de varones ubicados de manera intercalada y en igualdad de porcentaje para las elecciones del año 2021.

Proyecto del congresista Rennán Espinoza que propone la paridad en elecciones del 2021. (Documento)
Proyecto del congresista Rennán Espinoza que propone la paridad en elecciones del 2021. (Documento)


Proyecto del congresista Rennán Espinoza que propone la paridad en elecciones del 2021. (Documento)
Proyecto del congresista Rennán Espinoza que propone la paridad en elecciones del 2021. (Documento)

Además, en la modificación de la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N°30996, que modifica la Ley Orgánica de Elecciones respecto al Sistema Electoral Nacional, precisa que las disposiciones contenidas en el artículo 116° “se aplican a partir de las Elecciones Generales del año 2021, en las que se debe incluir cincuenta por ciento (50%) de mujeres o de varones, ubicados de manera intercalada: una mujer un hombre o un hombre una mujer”.

Esto marca una diferencia sustancial con la ley actual, que establece la paridad para el 2031 de la siguiente manera:

"1.- Elecciones Generales del año 2026.- Las listas de candidatos al Congreso de la República deben incluir cuarenta y cinco por ciento (45%) de mujeres o de varones, ubicados de manera intercalada: una mujer un hombre o un hombre una mujer.

2.- Elecciones Generales del 2031.- Las listas de candidatos al Congreso de la República deben incluir cincuenta por ciento (50%) de mujeres o de varones, ubicados de manera intercalada: una mujer un hombre o un hombre una mujer".

En su exposición de motivos, el proyecto considera que el derecho a la participación política paritaria “debe ser un ejercicio democrático en condiciones de igualdad y aplicado en las elecciones del año 2021, a fin de fortalecer la democracia y otorgar de manera inmediata ese derecho de participación de la mujer en igualdad de condiciones y no esperar hasta el año 2031 para tener acceso a un derecho fundamental”.

Finalmente, exige que los partidos políticos “de manera obligatoria e igualitaria” establezcan las listas de candidatos congresales en elecciones generales del año 2021 a las mujeres y varones en 50% de cada género.

Propuesta de Manuel Merino

Como se recuerda, el presidente del Congreso, Manuel Merino de Lama (Acción Popular) presentó una iniciativa que plantea a través de una disposición transitoria a la Ley de Organizaciones Políticas, no solo suspender las elecciones primarias, sino establecer un marco normativo para la realización de elecciones internas en los partidos políticos.

Su propuesta estipula que la elección esté dirigida y sea llevada a cabo por un órgano electoral central nacional, conformado por tres miembros. Además añade que “deberán contar con el apoyo y la asistencia de la Oficina Nacional de Procesos Electorales”. En lo que respecta a los mecanismos de elección, Merino de Lama propone los mismos tres que estaban vigentes en la norma anterior: voto universal de no afiliados, voto universal de afiliados, o través de delegados del partido.

También hace referencia a la paridad en las listas de candidatos. Propone que el número de mujeres u hombres no puede ser inferior al 45%. Por último, añade un artículo final donde refiere que toda disposición que dificulte la implementación de la presente norma “no podrá aplicarse al proceso de elecciones generales del 2021”.



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