(Presidencia)
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Redacción EC

En medio de violentas protestas en distintas partes del país y tal como lo había adelantado en su mensaje a la Nación, la presidenta presentó este lunes ante el Congreso su proyecto de reforma constitucional para el adelanto de elecciones al 2024.

“La presidenta de la República, actualmente en funciones, elegida en las Elecciones Generales de 2021, concluye su mandato el 28 de julio del 2024. Las y los congresistas y representantes ante el Parlamento Andino elegidos en las Elecciones Generales 2021 culminan su representación el 26 de julio de 2024″, precisa el proyecto 3755, ingresado a las 14:04 horas.

Como se trata de una reforma a la Constitución, se requiere votación calificada (87 votos) en dos legislaturas o 66 votos y ratificada en referéndum.


¿Qué dice el proyecto de Dina Boluarte?

Artículo 2.- Incorporación de una disposición transitoria especial a la Constitución Política del Perú:

"La presidenta de la República, actualmente en funciones, elegida en las Elecciones Generales de 2021, concluye su mandato el 28 de julio del 2024. Las y los congresistas y representantes ante el Parlamento Andino elegidos en las Elecciones Generales 2021 culminan su representación el 26 de julio de 2024. No son de aplicación para ellos, por excepción, los plazos establecidos en los artículos 90 y 112 de la Constitución Política. Asimismo, la Presidenta de la República convocará a elecciones generales, las que se llevarán a cabo en el mes de abril de 2024".  

Mientras tanto, la Comisión de Constitución había aprobado a inicios de mes el recorte del mandato parlamentario y presidencial para el 2023.

“El presidente y la primera vicepresidenta de la República elegidos en las Elecciones Generales 2021, concluyen su mandato el 28 de julio de 2023. Los congresistas de la República y los Parlamentarios Andinos elegidos en el mismo proceso electoral culminan su representación el 26 de julio de 2023″,  aprobado por la Comisión de Constitución y que incorpora una disposición transitoria en la Constitución.

Según el texto, “el presidente de la República convoca a Elecciones Generales 2023, las que se llevan a cabo en un plazo máximo de cuatro meses desde la entrada en vigor de la presente ley”.



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