Jorge Luis Salas Arenas se pronunció sobre el caso del presidente del Congreso, Alejandro Soto. (Foto: EFE)
Jorge Luis Salas Arenas se pronunció sobre el caso del presidente del Congreso, Alejandro Soto. (Foto: EFE)
Redacción EC

El presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), , afirmó que la omisión del titular del Congreso, Alejandro Soto (Alianza para el Progreso), de no estuvo en manos del Jurado Electoral Especial (JEE) del Cusco y nunca subió al pleno.

En declaraciones a Exitosa Noticias, indicó que al máximo organismo electoral nunca llegó una controversia como tal y en todo caso sería el propio JEE –que ya fue desactivado- o su presidente en ese entonces el que debería esclarecer el hecho.

MIRA AQUÍ: Denuncian que Alejandro Soto ocultó una deuda por reparación civil para postular al Congreso

“Estuvo en manos del Jurado Electoral Especial, nunca llegó al Jurado Nacional de Elecciones ninguna controversia sobre ese particular. Lo único que puedo añadir es que nosotros no hemos revisado ese asunto, no lo hemos tomado en cuenta porque nunca subió para ser objeto (de análisis)”, expresó.

“Ha salido recién y en todo caso sería el Jurado Electoral Especial, que no está operativo, o por lo menos su presidente en ese tiempo quien tendría que señalar, tal vez, qué ocurrió, cómo pasó, y finalmente, la Procuraduría si es que hubiera algo que aclarar”, agregó.

Declaraciones del presidente del JNE sobre Alejandro Soto
Declaraciones del presidente del JNE, Jorge Salas Arenas, sobre el congresista Alejandro Soto. (Video: Exitosa Noticias)

Según ‘Panorama’, Alejandro Soto omitió informar que arrastraba un pago pendiente de S/ 10 mil por concepto de reparación civil desde el 2016, que le impedía postular al Parlamento.

Soto Reyes presentó ante el Jurado Electoral Especial (JEE) del Cusco una declaración jurada con la que aseguró no tener deuda total o parcial por reparación civil al 26 de octubre del 2020. No obstante, de acuerdo con “Panorama”, el legislador mintió para que su postulación al Congreso no fuera tachada.

MIRA AQUÍ: Puerta a la impunidad: ¿por qué la ley de prescripción se aplica de manera retroactiva como sucedió en el caso de Alejandro Soto?

El artículo 113 de la Ley Orgánica de Elecciones señala que los ciudadanos inscritos en el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles (Redereci) están impedidos de postular al Congreso.

El actual presidente del Parlamento fue sentenciado por difamación al culpar por la muerte de un joven al comandante PNP Nilo Chávez Luna, ex comisario del Cusco, en el 2011.

MIRA AQUÍ: Fact-checking: las afirmaciones falsas del presidente del Congreso sobre su proceso por estafa

Dos años después, la Segunda Sala Penal de Apelaciones de Cusco ratificó el fallo condenatorio, que consideró un pago de S/ 10 mil por reparación civil. No obstante, Soto presentó una medida cautelar y esta dilató el pago.

Luego, en el 2016, el Quinto Juzgado Civil de Cusco dejó sin efecto la medida cautelar. Por ello, Soto tenía que cumplir con la reparación civil, pero no lo hizo.