El aprobó —en segunda votación— la ley que limita los y crímenes de guerra respecto a hechos ocurridos antes de 2002, a pesar del rechazo institucional del Ministerio Público y una resolución de la en contra dicho texto.

La decisión fue adoptada este jueves 4 de julio por la , órgano parlamentario con facultades para legislar durante el receso por 15 votos a favor, 12 en contra y ninguna abstención. En su mayoría, la fórmula fue respaldada nuevamente por Fuerza Popular, Alianza para el Progreso (APP) y Honor y Democracia.

Tras su aprobación, la autógrafa de ley debe ser enviada al Ejecutivo que encabeza la presidenta Dina Boluarte para que sea promulgada o, en su defecto, observada y devuelta al Congreso.

En la misma sesión, se planteó una reconsideración, sin embargo, esta no llegó a prosperar y fue rechazada con 15 votos.

Lo que se propone y los cuestionamientos

La iniciativa, promovida por los parlamentarios Fernando Rospigliosi (Fuerza Popular) y José Cueto (Honor y Democracia), respectivamente, ya había sido aprobada —en primera votación— el pasado 6 de junio en una accidentada sesión del pleno.

La fórmula busca precisar que el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional entró en vigor en el ordenamiento jurídico peruano recién el 1 de julio del 2002; mientras que la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad el 9 de noviembre de 2003.

“Nadie será procesado, condenado ni sancionado por delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra, por hechos cometidos con anterioridad al 1 de julio de 2002, bajo sanción de nulidad y responsabilidad funcional. Ningún hecho anterior a dicha fecha puede ser calificado como delito de lesa humanidad o crímenes de guerra”, se indica en el texto aprobado.

Este es el texto sobre lesa humanidad aprobado en el Congreso
Este es el texto sobre lesa humanidad aprobado en el Congreso

Tras la primera aprobación a inicios de junio, la Junta de Fiscales Supremos emitió un comunicado en rechazo a la iniciativa, a la cual calificó de “inviable jurídicamente” e, incluso, “inconstitucional”. Se apuntó que los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra “son imprescriptibles” y que se “generaría una impunidad y vulneración al derecho a la verdad de los agraviados y sus familiares”.

De aplicarse la norma, se subrayó, se declararía la prescripción en unos 600 casos, entre ellos El Frontón, Barrios Altos, Putis, Chuschi, entre otros. Incluso en aquellos expedientes en los que ya hay sentencias, se advirtió.

Por otro lado, a inicios de esta semana, la propia Corte IDH emitió una resolución en donde requiere al Estado peruano que no se otorgue vigencia al proyecto de ley en cuestión “a fin de garantizar el derecho de acceso a la justicia” a las víctimas del caso Barrios Altos y La Cantuta.

“Constituiría un desacato a lo ordenado por esta corte a Perú respecto a la prohibición de aplicar la prescripción en la investigación, juzgamiento y sanción de conductas que, más allá de la tipificación en el derecho interno, constituyen crímenes de lesa humanidad, cometidos durante el período que se extiende desde comienzos de la década de los ochenta hasta finales del año 2000″, se indicó en la resolución.

La réplica

A diferencia de la primera votación, esta vez no hubo mayores intervenciones ni entrampamientos. Antes de poner el tema en debate, la presidenta de la Comisión de Constitución, Martha Moyano (Fuerza Popular), aseveró que “esta norma no pretende ser una amnistía, como maliciosamente se ha insinuado”.

Tampoco implica un desconocimiento de los compromisos del Estado peruano en materia de derechos humanos; el único efecto es aclarar que las normas, en especial las penales, no se aplican retroactivamente. Porque una aplicación retroactiva lesiona el debido proceso y el derecho de defensa de los procesados. Asimismo, la aprobación de este dictamen no nos sustrae del cumplimiento de las obligaciones internacionales”, dijo la parlamentaria.

La única parlamentaria que hizo uso de la palabra fue Isabel Cortez (Cambio Democrático - JP), quien se mostró en contra de la propuesta y dijo que se estaba priorizando “un proyecto de ley con nombre y apellido”. Ningún otro legislador hizo uso de la palabra, a pesar de los 12 votos que obtuvo en contra después.

Tras la aprobación, Fernando Rospigliosi (Fuerza Popular) remarcó en el Hall de los Pasos Perdidos que “es ilegal” el haber aplicado los criterios de lesa humanidad en sucesos ocurridos antes del 2002. Dijo que son “centenares” de casos en los que tras la promulgación de la ley deben ser anulados, en caso de juicios, y liberadas, en caso de personas que están detenidas, respectivamente.

Hay centenares de policías y militares, muchos de ellos octogenarios y nonagenarios, que están injustamente presos o sometidos a la tortura de procesos interminables por la aplicación ilegal de este criterio de lesa humanidad que solamente se puede aplicar desde su aprobación en el Congreso en los años 2002 y 2003″, remarcó.

En tanto, el legislador José Cueto (Honor y Democracia) dijo confiar en que la norma llegue a ser promulgada por parte del Ejecutivo.

El presidente del Congreso, Alejandro Soto, dijo que “en defensa de la soberanía del Estado peruano y del fuero parlamentario”, se puso a debate y se aprobó el mencionado proyecto. “Una vez más, hicimos respetar el artículo 93 de nuestra Carta Magna”, remarcó.

Este Congreso rechaza las intromisiones provenientes de organismos internacionales. En defensa de la soberanía del Estado Peruano y del fuero parlamentario, se puso al debate y se aprobó la segunda votación del dictamen (...). Una vez más, hicimos respetar el artículo 93 de nuestra Carta Magna: ‘Los congresistas representan a la Nación. No están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación’”, escribió en sus redes sociales.

Por su parte, la legisladora Ruth Luque (Cambio Democrático - JP) dijo en su cuenta de X (antes Twitter) que la ley “es una amenaza directa a la justicia”.

Y genera impunidad para librar a implicados en gravísimos casos de violaciones a los derechos humanos como los casos Accomarca, El Frontón, Cayara, Los Cabitos, Cashahui, entre otros. Que la comunidad internacional sepa que en el Perú se han instalado leyes de amnistía encubierta”, aseveró.

Punto de vista

Para el expresidente del Tribunal Constitucional (TC) Ernesto Álvarez en un caso tan complejo no existe un blanco y negro. A su juicio, la propuesta del Congreso es una buena idea pues abre la puerta para revisar eventuales excesos. Sin embargo, también consideró que el texto aprobado “es un error”.

Consideró que el tema será impugnado ante el TC y que será ahí donde se tiene que “hilar fino”, según la jurisprudencia, pero también “tratando de integrar los principios del derecho internacional con los principios del derecho penal. Ninguno es superior a otro”. Álvarez incidió en la necesidad de que se revise caso por caso, pues hay casos en donde se aplicó la figura de lesa humanidad sin constituir ello, pero también otros en los que sí constituirían.

“Si se trata de revisar, es una buena idea porque cualquier tipo de injusticia, en un sentido o en el otro, tiene que ser reparada. Y qué mejor que ponerse a revisar todos estos casos en donde hay policías y militares que han sido sentenciados. Pero con esa idea, integrando los principios del derecho internacional con el derecho penal y tratando de establecer criterios justos en función de la figura de lesa humanidad. No toda violación de derechos humanos configura violación de lesa humanidad”, apuntó en diálogo con El Comercio.

TENGA EN CUENTA:

  • El congresista Wilson Soto (Acción Popular) presentó un oficio pidiendo cambiar el sentido de su voto —a favor a en contra— sobre el proyecto de ley en cuestión. Sin embargo, su pedido fue declarado improcedente.
  • El Poder Judicial , Vladimiro Montesinos y otros por el Caso Pativilca y Cantuta.
  • “Los hechos atribuidos, calificados como asociación ilícita para delinquir, en la medida en que están ligados a graves violaciones a derechos humanos, pueden ser considerados también de lesa humanidad”, indicó una sala judicial.

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