El último martes, el pleno del Congreso de la República aprobó —con 75 votos a favor— la creación de un cuarto periodo de sesiones, fracturando así la legislatura vigente en dos. Como informó El Comercio en una nota anterior, la decisión no es inconstitucional, pero sí otorga espacio para los cuestionamientos.
Esta cuarta legislatura, que irá del 13 de junio al 16 de julio, le permitirá al Parlamento votar y concretar reformas a la Constitución en poco más de un mes. Aquí cabe recordar que el artículo 206 de la Carta Magna exige que todo cambio a su contenido sea aprobado por el pleno en dos legislaturas ordinarias consecutivas.
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El primer proyecto de reforma constitucional que está en la agenda del Congreso es el concerniente al retorno a la bicameralidad, el cual ya tiene dictamen favorable de la Comisión de Constitución. Otra modificación pendiente propone ajustes a la cuestión de confianza.
Reformas contra el tiempo
En diálogo con este Diario, el expresidente del TC, Óscar Urviola Hani, señaló que “nadie niega que estas reformas pueden ser buenas o no”. Sin embargo, advirtió que el contexto en el que serán discutidas carece de garantías de reflexión.
“Creo que estas son modificaciones parciales y, en cierta forma, casi son parches a la Constitución. Cuando algo tan delicado como la Constitución se cambia de esta manera, rápida y aislada, siempre hay riesgos de desarreglo en el sistema normativo. Considero que hay que pensar en función a todo el sistema y eso requiere meditación. Ya el propio TC lo ha sugerido así”, señaló Urviola.
El exmagistrado advierte que, si bien el Congreso no tiene impedimentos para fraccionar sus legislaturas, “no resiste un criterio de razonabilidad limitar decisiones tan trascendentes a un periodo que no garantiza adecuación ni reflexión”.
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La constitucionalista Gabriela Oporto Patroni indicó que resulta válido pensar en un peligro de modificaciones defectuosas “en la medida en que las cosas se hacen de manera apurada”.
“La intención del constituyente —al redactar la Constitución de 1993 y establecer que las reformas a la Constitución se deben debatir en dos legislaturas consecutivas— era, precisamente, que se tenga espacio, tiempo, para debatir propuestas de ese nivel. No se trata de un papel cualquiera y eso implica que sus cambios se discutan ampliamente con opiniones técnicas de diversas posturas dentro del derecho constitucional”, precisó Oporto.
José Naupari Wong, experto en derecho constitucional y derecho parlamentario, coincide en este punto. “La razón de ser de dos legislaturas ordinarias, por más que la Constitución no precise su extensión, es que haya un periodo mínimo de deliberación. Ahora, seguramente algunos congresistas argumentarán que las reformas en cuestión ya han pasado por debates en la Comisión de Constitución. Pero 15 días no son garantía de reflexión, profundidad, estudio, retroalimentación y aportes”, estimó Naupari.
Para la también especialista en derecho constitucional, Elena Alvites Alvites, las dos legislaturas ordinarias sucesivas como requisito para reformar la Constitución guardan la lógica de “garantizar que la decisión se tome con la suficiente deliberación pública y democrática, incorporando un periodo de tiempo sufiente, entre la primera y segunda legislatura para el intercambio de argumentos y la reflexión”.
Alvites añade que el Congreso sí habría hecho una “interpretación inconstitucional” del artículo 206 al habilitar el plazo de un mes y medio como suficiente para una legislatura extraordinaria. “Esto contraviene la rigidez constitucional, creando —en la práctica — un procedimiento de reforma no contemplado ni querido por el Texto Constitucional”, expresó.
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El eventual regreso del Senado
El último texto sustitutorio del dictamen de ley de reforma para restablecer la bicameralidad en el Congreso fue presentado el 22 de abril, por el presidente de la Comisión de Constitución, Luis Valdez (Alianza para el Progreso).
Además de centrarse en el regreso de la estructura del Parlamento en Cámara de Diputados y Cámara de Senadores, se dispone que el proceso electoral para elegir a la cámara alta se empalme con las elecciones municipales y regionales del 2022.
En ese sentido, 60 nuevos senadores serían electos para el periodo 2023-2026. También se establecería que los 130 congresistas ya elegidos en abril de este año culminen su periodo al 2026 como diputados de la cámara baja.
Tal como está el texto, se permitiría a congresistas de la actual legislatura postular al Senado, en una especie de reelección. Sin embargo, el congresista Luis Valdez rechaza ese cuestionamiento y asegura que, en un nuevo texto sustitutorio, se incluirá el ajuste que impida ese escenario.
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“En mi calidad de presidente de la Comisión de Constitución, soy el único en este estadío que podría modificar el texto de la reforma. El texto sustitutorio lo presento yo y nadie más. Presentaré [un texto] antes del debate [en el pleno]. Primero, escucharé a los expertos en el conversatorio del Tribunal Constitucional [evento académico previsto el 4 y 10 de junio]”, declaró Valdez en comunicación con El Comercio.
El congresista precisó que la votación por la bicameralidad aún no se dará en el pleno, pese a que figura en agenda de este miércoles 2 de junio. “Aún no. Primero, los conversatorios con la sociedad civil y con los expertos en derecho constitucional. Ahí, estoy seguro, saldrán algunos aportes que verteré en el último texto sustitutorio que presentaré”, indicó Valdez.
Para el expresidente del TC, Óscar Urviola, “habrá que ver” si realmente se llega a colocar el anuncio de Valdez con respecto a la prohibición de que parlamentarios actuales postulen. Dijo que resulta válida la sospecha de que la reforma y su apresuramiento responden a cierto interés político.
“Es una posibilidad. Es decir, a la larga, no solo para este Congreso, sino para los siguientes, quedaría la opción de que se dé una suerte de reelección, tomando en cuenta que la reelección inmediata de congresistas en el Parlamento unicameral sí está prohibida expresamente. Es una sospecha que esa sea la motivación, obviamente, pero insisto en que no se puede tener reflexión suficiente, en solo un mes, para un cambio así”, expresó Urviola.
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Cabe señalar que el texto de la propuesta sugiere la adición del artículo “90-A” a la Constitución. Este se redacta así: “Los diputados y senadores no pueden ser reelegidos para un nuevo periodo, de manera inmediata, en el mismo cargo”.
La constitucionalista Gabriela Oporto califica de “disonante” que el Congreso busque aprobar, “con dos legislaturas exprés”, temas sobre los que la ciudadanía ya se pronunció en el referéndum nacional del 2018. Como se recuerda, en este, se votó por prohibir la reelección inmediata de congresistas y se rechazó la vuelta a la bicameralidad.
La constitucionalista Elena Alvites coincide en este cuestionamiento y lo contrasta con la exigencia de una discusión detenida. “Esta exigencia es aún más intensa en el caso del restablecimiento de la bicameralidad parlamentaria, dado que el Congreso se propone hacer una reforma que fue votada y rechazada en referéndum por la población”, explica.
Para el especialista José Naupari, la probable prohibición de que los congresistas 2020-2021 accedan como senadores al 2023-2026 tendría un efecto de contención fugaz sobre las críticas a la reelección.
“Eso no controla que los senadores electos el 2022 para el periodo 2023-2026 no postulen como diputados para el periodo siguiente. En realidad, es un maquillaje. Habría que esperar a ese texto sustitutorio porque también hay observaciones sobre otros puntos del dictamen. Por ejemplo, se precisa que cada cámara tendría su propio reglamento, pero no se entiende dónde se establecerían las condiciones bicamerales del Parlamento reunido”, comentó Naupari.
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Cuestión de confianza: “La más urgente”, según Valdez
El proyecto sobre la regulación del uso de la cuestión de confianza también tiene un dictamen de la Comisión de Constitución y está a la espera de su primera votación en el pleno.
De acuerdo con su contenido, se propone eliminar el voto de investidura a cada nuevo gabinete ministerial, aunque sí permanecería la obligatoriedad de que se presente ante el pleno para exponer la política general del gobierno. Además, se elimina la opción del Ejecutivo a plantear cuestión de confianza “sobre procedimientos y funciones de competencia exclusiva del Congreso”; es decir, sobre proyectos de ley o iniciativas propias de sus funciones.
Consultado sobre la eventual aprobación en el pleno, el congresista Luis Valdez, quien es autor del proyecto original y lo presentó el 4 de mayo último, sostuvo que votarlo “es más urgente que la misma bicameralidad”.
Como elemento de su urgencia, Valdez agregó que el Tribunal Constitucional ya ha expresado, en la sentencia de demanda competencial por la disolución del pasado Congreso, que “el uso constante de la cuestión de confianza” puede generar “un palpable escenario de ingobernabilidad”.
“Lo dice el mismo TC, que validó el cierre del Congreso. Para que noten el sentido de la urgencia”, remarcó Valdez.
El exmagistrado Óscar Urviola explica que “es cierto que la cuestión de confianza necesita ajustes porque ha sido mal utilizada, al igual que la vacancia por incapacidad moral permanente”. No obstante, repitió que se requiere tiempo y detenimiento para garantizar un sistema de “verdadero equilibrio de poderes”.
Por su parte, el experto en derecho constitucional y parlamentario, José Naupari, indicó que la reforma sobre la cuestión de confianza también requiere metodología de deliberación, pues se debe evitar un conflicto con el modelo de balance de poderes que existe en el Perú.
“Como idea general, nosotros somos un régimen presidencialista con rasgos parlamentarios. Es una condición histórica. Desde un punto de vista crítico, la reforma de la cuestión de confianza, sin los ajustes meditados, podría terminar llevándonos un poco más a un parlamentarismo no necesariamente puro, pero sí que atenúe el régimen que debiéramos tener. Eso puede incidir en el principio de separación de poderes, que no es un tema menor”, explicó Naupari.
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