El Congreso de la República prefiere ser una isla cuando se trata de su fiscalización y control. En los últimos cinco años ha modificado tres marcos normativos que regulaban aspectos claves de su funcionamiento y transparencia. El último ocurrió en el pleno virtual del 7 de mayo donde modificaron su reglamento interno para excluirse de los alcances del Decreto de Urgencia 020-2019 y tomar el control del manejo de sus declaraciones juradas de intereses.
Samuel Rotta, director ejecutivo de Proética, sostuvo que las decisiones del Congreso para excluirse de marcos normativos parte de una mezcla de factores. “Tiene que ver con un entendimiento poco fino de las regulaciones, y un ímpetu de reafirmación de la autonomía parlamentaria para tener su propio sistema, y todo esto alimentado de desinformación y encandilado por los sinverguenzas de siempre”, afirmó Rotta.
La discusión siempre gira en torno a la autonomía del Congreso para ser contrapeso de otras instituciones del Estado. Para el secretario general de la Asociación Civil Transparencia, Iván Lanegra, el problema empieza cuando quiere convertirse a ese componente en una “autarquía” donde no haya mecanismos de control o vigilancia.
“El problema surge cuando se entiende que pueden usar el poder que disponen para establecer límites de control a otras institucionales o incluso al poder ciudadano. Es una tentación de todo poder tener esa potestad de limitar el control sobre sí mismo”, alegó Lanegra.
Lanegra recordó que hay límites en la propia Constitución o las revisiones del Tribunal Constitucional que sirven como contrapeso al mismo Congreso. Sin embargo, advirtió que, al no tener un sistema estructurado de partidos políticos, no existe un costo para las bancadas en insistir con las autoexclusiones.
“Termina siendo el Congreso regulando sobre cómo debe ser regulado”, apuntó el secretario general de la Asociación Civil Transparencia.
Este Diario identificó tres casos donde el Parlamento se autoexcluyó de marcos normativos para ser regulados por otras instituciones.
1. Declaraciones juradas de intereses (2020).
A través de una modificación a su reglamento interno, el Congreso se autoexcluyó del decreto de urgencia 020-2019 que los obligaba a presentar un formulario de declaración jurada de intereses ante una plataforma habilitada por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).
La modificación estableció que será el Consejo Directivo del Congreso quien defina los parámetros de la declaración juradas de intereses de los parlamentarios. Esto implica que podrán realizar un nuevo formulario con requisitos que establezcan los legisladores que integran el Consejo Directivo.
Pero el principal cuestionamiento ha sido sobre la poca claridad del texto aprobado. La redacción no plantea de manera expresa la obligación de los congresistas para presentar su declaración jurada ante la Contraloría General de la República. Desde el máximo órgano de control han expresado la necesidad de realizar una precisión legal respecto a este punto.
El decreto de urgencia 020-2019 está vigente desde diciembre pasado. Dicho dispositivo legal establecía la obligación de presentar la declaración jurada en los primeros 15 días hábiles luego de ser elegidos. Solo nueve parlamentarios cumplieron con los alcances del decreto, pese a que se establecía una sanción administrativa por el incumplimiento.
2. Oficinas de Control Interno (2018)
En el 2018, el pleno del Congreso se autoexcluyó de Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control.
Según lo aprobado por el Congreso, la Contraloría no podrá designar, a diferencia del resto de entidades, a los jefes y al personal que desarrollará esa labor de supervisión a través de las Oficinas de Control Interno, mejor conocido como OCI.
El proyecto de ley original de la Contraloría incluía al Congreso y buscaba tomar el control de todas las OCI que, hasta el momento, dependían de las instituciones que supervisaban, lo cual no garantizaba una independencia en su labor de control.
Fue durante el debate en el pleno, que se introdujo la excepción para el Congreso. Esto fue observado por el entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski.
El Congreso rechazó la observación y aprobó la norma por insistencia. Luego, el expresidente del Congreso Daniel Salaverry, en un gesto político, pidió a la Contraloría que designa a la jefa de la OCI. Sin embargo, no se revirtió lo aprobado, por lo que la exclusión se mantiene vigente en la referida ley.
3. La Ley Servir (2017)
En este caso, el Congreso aprovechó los pedidos de otras instituciones para excluirse del régimen Servir. La citada norma sostiene que estos son “organismos autónomos y sus trabajadores se rigen por el régimen laboral de la actividad privada”.
A inicios del 2017, tanto el Banco Central de Reserva como la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP enviaron sendos proyectos proponiendo su exclusión al régimen de Servir, al considerarse entidades especializadas. La Comisión Permanente del Congreso reunió ambos proyectos en un solo dictamen y también agregó la misma disposición para sus trabajadores.
Esta autoexclusión fue observada por el Tribunal Constitucional y calificada como “arbitraria”. “El Congreso aprobó el Estatuto del Servicio Parlamentario, pretendiendo crear una carrera especial que mantenga a sus servidores al margen de la Ley del Servicio Civil pero este Tribunal Constitucional entiende que la actividad de los trabajadores de ese poder del Estado no tiene progresión específica ni carácter especial que justifique el tratamiento diferenciado”, dice la resolución del máximo órgano de control constitucional.
Lejos de recoger las observaciones del TC, el Parlamento extendió las exclusiones, y aprobó otra norma donde establecía que los trabajadores del Poder Judicial tampoco debían adecuarse a los alcances de la denominada Ley Servir.
------
El Comercio mantendrá con acceso libre todo su contenido esencial sobre el coronavirus.
¿Cuánto tiempo sobrevive el coronavirus en una superficie?
Aún no se sabe con exactitud cuánto tiempo sobrevive este nuevo virus en una superficie, pero parece comportarse como otros coronavirus.
Estudios indican que pueden subsistir desde unas pocas horas hasta varios días. El tiempo puede variar en función de las condiciones (tipo de superficie, la temperatura o la humedad del ambiente).
Cómo ponerse, usar, quitarse y desechar una mascarilla
- Antes de ponerse una mascarilla, lávese las manos con un desinfectante a base de alcohol o con agua y jabón.
- Cúbrase la boca y la nariz con la mascarilla y asegúrese de que no haya espacios entre su cara y la máscara.
- Evite tocar la mascarilla mientras la usa; si lo hace, lávese las manos con un desinfectante a base de alcohol o con agua y jabón.
- Cámbiese de mascarilla tan pronto como esté húmeda y no reutilice las mascarillas de un solo uso.
- Para quitarse la mascarilla: quítesela por detrás (no toque la parte delantera de la mascarilla); deséchela inmediatamente en un recipiente cerrado; y lávese las manos con un desinfectante a base de alcohol o con agua y jabón.