Inés Tello cuenta con una trayectoria como jueza reconocida en temas anticorrupción. Foto: Archivo de GEC/ Angela Ponce
Inés Tello cuenta con una trayectoria como jueza reconocida en temas anticorrupción. Foto: Archivo de GEC/ Angela Ponce
Redacción EC

, integrante de la (JNJ) que fue , pidió al presidente del , Alejandro Soto, que declare “inexistente” dicha votación, pues consideró que el legislador no debió votar en el pleno.

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A través de un documento, Tello de Ñecco explicó que Luna Gálvez ya había votado sobre su caso en la Comisión Permanente, por lo que, según argumentó, ya no podía participar en el pleno y, por esa razón, solo se habría llegado a los 66 votos.

La inexistencia, cuya declaración solicito, se debe a que solo se alcanzaron 66 votos para aprobar la acusación constitucional en mi contra, cuando la votación requerida – según la Constitución y el Reglamento del Congreso - era de 67 votos”, manifestó.

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En la sesión de hoy se indicó que la acusación constitucional en mi contra alcanzó 67 votos, pero el voto indebidamente considerado para llegar a ese número de votos es del congresista José Luna Gálvez, quien es integrante de la Comisión Permanente”, expresó Inés Tello.

Tanto el artículo 100 de la Constitución, como el artículo 89 inciso l) del Reglamento del Congreso, establecen que en la votación del pleno en el juicio político no participan los miembros de la Comisión Permanente”, agregó.

Por ello, Tello consideró que sigue siendo integrante de la Junta Nacional de Justicia.

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Respuesta

En un comunicado publicado en redes sociales, el Congreso indicó que José Luna “no ejerció su voto en la Comisión Permanente” el pasado 26 de febrero, por lo que “estaba habilitado para ejercer su voto en la sesión del pleno” del jueves 7 de marzo de 2024, “en consecuencia no existe ninguna causal de nulidad en la votación”.