El Congreso de la República aprobó inhabilitar a dos miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ). (Foto: Renato Pajuelo / ANDINA)
El Congreso de la República aprobó inhabilitar a dos miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ). (Foto: Renato Pajuelo / ANDINA)
Redacción EC

El Congreso rechazó una cuestión de orden del día presentada por la bancada Cambio Democrático – Juntos por el Perú, que planteaba convocar, con carácter de urgencia, a la Junta de Portavoces para evaluar el acuerdo que permitió la votación de los miembros de la Comisión Permanente en el pleno donde se aprobó la inhabilitación de dos de los integrantes de la .

La propuesta, sustentada por la vocera de dicho grupo parlamentario, Sigrid Bazán, obtuvo solo 32 votos a favor, 80 en contra y dos abstenciones.

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A través de un oficio enviado al presidente del Congreso, Alejandro Soto (Alianza para el Progreso), Cambio Democrático - Juntos por el Perú indicaba que dicho órgano parlamentario debía analizar la constitucionalidad del acuerdo de la Junta de Portavoces del 7 de junio del 2018.

Recordó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) señaló, respecto a la destitución de tres magistrados del Tribunal Constitucional en 1997, que pese a la prohibición expresa del artículo 88 j) del reglamento del Congreso, algunos miembros de la Comisión Permanente participaron en la votación.

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También señaló que por el mismo motivo, el Quinto Juzgado Especializado en lo Constitucional declaró la nulidad de la votación del informe final de la denuncia constitucional presentada contra el excongresista Guillermo Bocángel y otros.

“En tal medida, urge que el Congreso de la República delimite los alcances del artículo 100 de la Constitución de la República y el artículo 89 (del) Reglamento del Congreso”, subrayó.

Como se recuerda, Inés Tello, integrante de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) que fue inhabilitada por el Parlamento, pidió al presidente del Congreso que declare “inexistente” dicha votación, pues consideró que el legislador José Luna Gálvez no debió votar en el pleno.

A través de un documento, Tello de Ñecco explicó que Luna Gálvez ya había votado sobre su caso en la Comisión Permanente, por lo que, según argumentó, ya no podía participar en el pleno y, por esa razón, solo se habría llegado a los 66 votos.

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Sin embargo, en un comunicado publicado en redes sociales, el Congreso indicó que José Luna “no ejerció su voto en la Comisión Permanente” el pasado 26 de febrero, por lo que “estaba habilitado para ejercer su voto en la sesión del pleno” del jueves 7 de marzo de 2024, con lo cual “existe ninguna causal de nulidad en la votación”.

Además de Inés Tello, también fue inhabilitado por diez años el vicepresidente de la JNJ, Aldo Vásquez. En su caso, el Parlamento reconsideró su decisión inicial y en una nueva votación sí alcanzó el mínimo requerido para retirarlo de la institución (67 votos).