El próximo procurador general de la República sería designado por el Congreso de la República y ya no por el Ejecutivo. Así lo propone el dictamen de la Comisión de Constitución que plantea la reforma del artículo 47 de la Carta Magna y que fue aprobado este martes por mayoría.
Como se trata de una reforma a la Constitución, debe ser aprobada por 87 votos en dos legislaturas consecutivas. Justamente, el Parlamento acordó que la actual legislatura concluya el 12 de junio y creó una adicional del 13 al 16 de junio, en una decisión cuestionada desde diferentes sectores.
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Durante la sesión, las discrepancias contra el nuevo cambio constitucional fueron expresadas por diversos legisladores que plantearon que sea la Junta Nacional de Justicia (JNJ) la encargada de elegir y nombrar a dicho funcionario.
Tras realizarse cambios mínimos, el predictamen fue aprobado con el voto 14 de legisladores y la abstención de cuatro. El documento será enviado a la Mesa Directiva para que pueda ser incluido en la agenda del Congreso.
Aprobaron el dictamen: Luis Valdez (Alianza para el Progreso), Guillermo Aliaga (Somos Perú), Carlos Almerí (Podemos), Martha Chavez (No agrupada), Omar Chehade (APP), Robinson Gupioc (Podemos), Freddy Llaulli (Acción Popular), Jim Mamani (Nueva Constitución), Carmen Omonte (APP), Rosario Paredes (AP), Isaías Pineda (Frepap), Alcides Rayne (Frepap), María Retamozo (Frepap), Mariano Yupanqui (Descentralización Democrática). En abstención, Gino Costa y Carolina Lizárraga (Partido Morado), Jorge Vásquez (AP) y Lenin Checco (Frente Amplio).
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Debate en Comisión
Durante la sesión, el congresista Gino Costa (PM) consideró que se estaba aprobando un cambio constitucional “demasiado rápido”. Indicó que si bien hubo un predictamen, se le habían hecho cambios este mismo martes y que ese nuevo documento fue aprobado inmediatamente.
Cuestionó entonces el mecanismo y celeridad del trámite; por lo que adujo que ello estaba reñido con lo que señala la Constitución sobre las modificaciones a la Carta Magna y, sobre todo, cuando se quiere convertir a la Procuraduría General en órgano constitucionalmente autónomo.
“No es bueno que actuemos así. Sin haber escuchado al Ministerio de Justicia, a los procuradores, (preguntarles) si los cambios del 2016 ameritan que sea transformado en órgano autónomo; especialistas en temas constitucionales. Nada de eso hemos hecho”, cuestionó.
Dicha posición fue respaldada por el congresista Carlos Almerí (PP), quien consideró que el proyecto merecía una reflexión profunda”.
La congresista Carolina Lizárraga (PM) propuso que se le otorgue a la JNJ y no al Congreso la elección del procurador general del Estado. También solicitó que dicho cambio sea trabajado en brevedad para que sea incluido en la agenda del Pleno del Congreso.
Jorge Vásquez Becerra (AP) también se mostró de acuerdo en que el nombramiento no dependa del Congreso, ni del Ejecutivo. Además, que su designación sea mayor a siete años y no cinco, como se indica en el predictamen.
Su colega Lenin Bazán (Frente Amplio) consideró que la elección del procurador general del Estado, “no debe ser contaminada por intereses políticos, ni del Ejecutivo ni del Congreso”. Por ello, propuso que la JNJ lo elija.
La congresista Martha Chávez si bien estuvo de acuerdo con el documento propuesto, indicó que carecía de precisiones básicas respecto a establecer textualmente los requisitos para el cargo como ser peruano y ser mayor a 35 años, como lo tienen los vocales de la Corte Suprema o el Tribunal Constitucional.
Ante ello, el presidente de la Comisión de Constitución, Luis Valdez, sostuvo que cuando el predictamen fue notificado al grupo de trabajo se acompañó con los antecedentes documentarios y con los informes técnicos favorables del Ministerio de Justicia y otras entidades que participaron en anteriores debates, así como de especialistas.
En otro momento, Valdez comentó que se había demostrado en casos del Tribunal Constitucional y la Defensoría del Pueblo, elegidos por el Congreso, que no hubo injerencias.
El texto, que ha resumido cinco proyectos presentados desde el 2016, fue sustentado el congresista Luis Valdez (APP).
“Dotarlo así de la mayor autonomía e independencia posible para los procuradores en general y para quien encabeza el sistema, el procurador general del Estado. Creemos que debe tener toda autonomía y sobre todo herramientas que la hagan mas fuerte contra la corrupción, narcotráfico y terrorismo, entre otros”, indicó.
Los cambios propuestos
Pero, ¿cuáles son los cambios que podrían establecerse sobre dicho organismo? Actualmente, el cargo de procurador general del Estado viene siendo desempeñado por Miguel Soria Luján quien, a propuesta del Ministerio de Justicia, fue nombrado por el expresidente Martín Vizcarra, en enero del 2019.
Se plantea que la elección del Procurador General del Estado estará a cargo del “Congreso de la República, como es el caso de la mayoría de los altos cargos de titulares de organismos constitucionales autónomos”.
La elección -además- sería de manera directa como la del Defensor del Pueblo; es decir, en el Pleno del Congreso y con una votación alta, no menor a los 2/3 (87 votos) del número legal.
Finalmente, se indica que el plazo de ejercicio de las funciones será de 5 años y los requisitos para la postulación serán los mismos que se le exigen para “ser miembros del Tribunal Constitucional y le alcanza las mismas incompatibilidades”.
El Parlamento también tendría a cargo su eventual remoción. En ese sentido se incorpora en el artículo 99 de la Constitución que corresponde a la Comisión Permanente acusar ante el Pleno, entre otros altos funcionarios, al Procurador General del Estado por infracción de la Constitución y por todo delito que cometan en el ejercicio de sus funciones y hasta cinco años después de que hayan cesado en éstas.
El presidente de la Comisión, Luis Valdez, precisó que la elección de los procuradores especializados sería por concurso público, pero el mecanismo será desarrollado por La ley Orgánica de la Procuraduría General.
“La ley orgánica regula las funciones y atribuciones, la selección por concurso público de los procuradores y los demás aspectos correspondientes a este organismo autónomo. Los procuradores son independientes en el ejercicio de su función de defensa jurídica del Estado”, se señala también en el documento aprobado.
Ejemplo de injerencia política
Se plantea también modificar el artículo 39 de la Constitución para indicar que, el Presidente dela República tiene la más alta jerarquía en el servicio a la Nación y, en ese orden, los representantes al Congreso, ministros de Estado, miembros del Tribunal Constitucional y del Consejo de la Magistratura, los magistrados supremos, el Fiscal de la Nación, el Defensor del Pueblo “y el Procurador General del Estado, en igual categoría”; y los representantes de organismos descentralizados y alcaldes, de acuerdo a ley.
Según la propuesta se busca salvaguardar la autonomía de la función y el trabajo del procurador general del Estado, pues en los últimos años se han suscitado escándalos y cuestionamientos por su aparente falta de independencia.
Por ejemplo, se recuerda en el texto, la denuncia del actual Procurador General del Estado, Daniel Soria, quien afirmó en un medio de comunicación local, que se le había pedido su renuncia al cargo durante el gobierno del excongresista Manuel Merino, para un replanteamiento en la estrategia del Estado sobre la demanda de competencia por la vacancia presidencial.
O, el caso de la exprocuradora especializada en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, Julia Príncipe Trujillo, encargada de investigar a la ex primera dama, señora Nadine Heredia, por el presunto delito de lavado de activos.
La procuradora, explican, fue destituida mediante Resolución Ministerial 0274-2015-JUS, luego de protagonizar por varios días un intercambio de opiniones con el entonces titular del Ministerio de Justicia y el Presidente del Consejo de Ministros; “siendo entonces un caso donde se podría presumir un inadecuado uso del poder político del expresidente de la República para interferir en las investigaciones que se le seguía a su esposa”.
Entidades a favor
El documento cuenta con la opinión favorable de entidades como el Ministerio de Justicia, que señaló que los cambios fortalecerían su autonomía de la Procuraduría General de la República.
“Expresa la necesidad de empoderar como institución autónoma e independiente en el ejercicio de la defensa jurídica del Estado, por lo que incide en que se requeriría que la Constitución Política y la ley orgánica establezcan una adecuada estructura organizativa, respaldada en atribuciones, funciones, deberes y responsabilidades”, señaló.
En abril último, el Minjus reiteró su posición a favor y alcanzó a la comisión la propuesta para mantener el término “Procuraduría General del Estado” a fin de que sea acorde a la denominación vigente del sistema administrativo correspondiente. Y, cambiar la denominación de este “Sistema Administrativo de Defensa Jurídica de la República” a “Procuraduría General de la República”.
La Defensoría del Pueblo también opinó a favor de la creación de la Procuraduría General de la República como un órgano constitucional autónomo a efectos de garantizar la autonomía del sistema de defensa jurídica del Estado y preservar la coherencia en el ejercicio de los procuradores públicos en el ámbito nacional, supranacional e internacional. Esta, coincide en que sea el Congreso el que elija al Procurador General.
“Artículo 47.- La Procuraduría General de la República es un organismo constitucional autónomo, descentralizado, de Derecho Público, que goza de autonomía e independencia conforme a su ley orgánica. Es el órgano rector del Sistema Nacional de Defensa Jurídica del Estado, y está encargado de la defensa de los intereses del Estado, a nivel nacional e internacional. El Procurador General de la República es elegido por el Congreso de la República con el voto favorable de dos tercios del número legal de sus miembros, por un período de cinco años y no puede ser reelegido inmediatamente. El procedimiento para su elección está estipulado en su ley orgánica. Para ser Procurador General de la República se exigen los mismos requisitos que para ser vocal de la Corte Suprema, y también goza de la misma inmunidad y las mismas prerrogativas e incompatibilidades.”
Propuesta de la Defensoría
Cuestionan apresuramiento
El exprocurador anticorrupción Antonio Maldonado remarcó que el propósito de esta reforma constitucional “no parece ser loable sino deleznable y busca avanzar hacía la generación de mayores ámbitos de la institucionalidad del Estado bajo control del Congreso”.
Ello, advirtió, es grave pues el gran desafío del Perú, al Bicentenario, es fortalecer la institucionalidad del Estado de Derecho y no debilitarla.
“Recordemos que la figura del Procurador General del Estado, nació de una delegación de facultades en el marco de la Ley 30506, naciendo así el decreto legislativo 1326. Si bien no fue una norma perfecta, creó una institución que no existía y, en consecuencia, el Ejecutivo nombró a una persona que demostró, en el contexto del golpe de Estado de (Manuel) Merino, una cierta solvencia moral y sobretodo, autonomía, pues no se dejó avasallar por la entonces Ministra de justicia del citado régimen de facto”, explicó.
En ese sentido, el exprocurador consideró que las reformas constitucionales no pueden hacerse de manera forzada, “entre gallos y medianoche, al caballazo”.
Por el contrario, precisó, requieren del cumplimento escrupuloso de ciertos estándares insoslayables y no al amparo de una legislatura, “en primer lugar, carente de legitimidad siquiera para nombrar a los magistrados del tribunal constitucional” y “menos para proceder al nombramiento de una alta autoridad, hecha sin el debate riguroso y la participación ciudadana amplia y suficiente”.
“Esa fue precisamente la crítica que se hizo al Ejecutivo de entonces cuando se creó esta figura. Entonces el Congreso, si quiere fortalecer institucionalidad democrática, no puede hacer más de lo mismo. El Congreso debe tener, sobre todo en materia de reformas constitucionales, una visión de largo plazo y dejar los ámbitos que requieren mayor reflexión y sobretodo, participación ciudadana, para la acción, aprobación y decisión del próximo Congreso”, concluyó.
El abogado penalista y profesor de derecho de la universidad del Pacífico Daniel Huamán consideró que sea el Ejecutivo o el Congreso el que designe a dicha autotidad “se vuelve el mismo problema”.
“Si la procuraduría ya no dependiera del Ejecutivo; sino de la Junta Nacional de Justicia, esta gana total autonomía porque no le debe su nombramiento a ningún órgano político”, afirmó.
Por ello, enfatizó que si la propuesta legislativa desea ser coherente, el procurador general del Estado debería ser nombrado; por ejemplo, de manera institucional, es decir por sus pares. Sin embargo, “si es el Congreso quien va a elegirlo, no se cumpliría con esta independencia”.
Igualmente cuestionó la celeridad con la que se están aprobando los cambios, porque se trata de una reforma constitucional.
“Desde mi perspectiva, si bien es técnicamente correcto, porque se aprobaría en dos legislaturas; creo yo que no va en el sentido que la Constitución, es decir para dotar de un espacio de reflexión, de mayor tiempo, de mayor análisis, dividió el período de votación en dos legislaturas que debería entederse de seis meses para crear ese espacio”, exclamó.