El exmandatario peruano se refirió a las denuncias constitucionales 423 y 427 en su contra. (Foto: GEC)
El exmandatario peruano se refirió a las denuncias constitucionales 423 y 427 en su contra. (Foto: GEC)
/ ALESSANDRO CURRARINO
Redacción EC

El expresidente solicitó devolver las denuncias constitucionales acumuladas 423 y 427 a la Comisión Permanente del Congreso, a fin de que corrija una supuesta “afectación del debido proceso y vulneración manifiesta” del reglamento de ese poder del Estado.

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A través de un escrito enviado por su abogado, Fernando Ugaz, el exmandatario argumentó “graves vulneraciones al debido proceso” durante el desarrollo del juicio político a cargo de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, específicamente a la falta de respeto por el procedimiento establecido en el artículo 139°, inciso 3, de la Constitución.

En ese sentido, Vizcarra Cornejo alega violación a diversos derechos, como del principio de legalidad, a la comunicación previa y detallada de los hechos imputados, a la debida motivación de las decisiones parlamentarias y del derecho a un “tribunal imparcial”.

Del mismo modo, considera que hubo violación al derecho al plazo razonable, pues considera que las denuncias “son tramitadas en tiempo récord”, pues pese a que existen casos previos de otros altos funcionarios, el trámite para con “es el único que se ha realizado con plazos prácticamente cortos, no dándose plazo real y efectivo”.

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Vizcarra Cornejo también consideró que ningún organismo del Estado, “menos el Congreso”, puede investigar infracciones constitucionales “cometiendo infracciones constitucionales”, lo que está proscrito en la Constitución.

En virtud de ello, su abogado solicitó que se tengan por “advertidas” dichas “vulneraciones al debido proceso”, durante el desarrollo del juicio político a cargo de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, concretamente el debido procedimiento parlamentario.

“En el caso no existe un respeto por el procedimiento establecido en el Artículo 139°, inciso 3, de la Constitución y en el Artículo 89° del Reglamento del Congreso y 2) Se devuelva el referido Informe Final a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales para que corrija la afectación del debido proceso y repare la vulneración manifiesta al Reglamento del Congreso de la República por parte de sus miembros”, sentenció.

Cabe indicar que el 8 de abril la Comisión Permanente verá las denuncias constitucionales acumuladas 423 y 427 contra el expresidente Martín Vizcarra y las exministras Pilar Mazzetti y Elizabeth Astete por el .

El documento, expuesto por el congresista Jim Ali Mamani, recomienda la inhabilitación para el ejercicio de la función pública por 10 años contra el exmandatario y actual candidato al Congreso de la República por el partido Somos Perú.

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Además, sobre Pilar Mazzetti, considera que incurrió en una infracción constitucional a los artículos 38 y 39 de la Constitución Política, por lo que recomienda una sanción de inhabilitación para el ejercicio de la función pública por ocho años.

Contra la exministra de Relaciones Exteriores se recomienda su inhabilitación en el ejercicio de la función pública por un año, ya que “habría recibido la anuencia de [Francisco] Sagasti”.

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