Legislador había denunciado a la titular del Ministerio Público por los presuntos delitos de organización criminal, encubrimiento personal y obstrucción a la justicia. (Foto: PCM)
Legislador había denunciado a la titular del Ministerio Público por los presuntos delitos de organización criminal, encubrimiento personal y obstrucción a la justicia. (Foto: PCM)
Redacción EC

La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso archivó este miércoles la denuncia presentada por el legislador (Perú Democrático) contra la fiscal de la Nación, .

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La propuesta del informe de calificación de la Denuncia Constitucional 306, que proponía declararla improcedente, fue aprobada por mayoría con 11 votos a favor, 8 en contra y 1 abstención.

Como se recuerda, Bermejo Rojas denunció a la titular del Ministerio Público por los presuntos delitos de organización criminal, encubrimiento personal y obstrucción a la justicia.

Según el legislador, Benavides habría infringido tres artículos de la Constitución, referidos al derecho de igualdad ante la ley, principio de independencia y no interferencia, promover la acción judicial en defensa de la legalidad y de los intereses públicos tutelados por el derecho, y ejercer influencia ante otros fiscales por causas que investigan.

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Detallaba que Patricia Benavides infringió, además el artículo 159° del Código Procesal Penal concordante con el artículo 47.8 de la Ley de Carrera Fiscal donde señala “no ejercer una influencia ante otros fiscales en causas que investigan o tramitan en el marco de sus competencias”.

Bermejo Rojas se refería a la decisión de la fiscal de la Nación de cambiar a la fiscal Bersabeth Revilla, quien estaba a cargo de las investigaciones contra su hermana, la jueza Emma Benavides, por los presuntos delitos de cohecho y asociación ilícita.

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En la exposición de los motivos de este y otros cambios dentro del Ministerio Público, Patricia Benavides explicó que obedecen a la existencia de un “bajo nivel resolutivo de los casos ingresados en las Fiscalías Supremas Transitorias”.

“Ello evidencia una situación que requiere corrección, toda vez que, al igual que los órganos jurisdiccionales transitorios, las denominadas fiscalías transitorias tienen la finalidad de contribuir en la reducción de la carga procesal, ante lo cual resulta idóneo adoptar un conjunto de decisiones públicas que tengan como objetivo mejorar el desempeño de las fiscalías transitorias para evitar la acumulación de la carga procesal en trámite”, agregó en la resolución publicada en El Peruano.