El congresista Edward Málaga (No agrupado) presentó la semana pasada una denuncia constitucional contra el presidente Pedro Castillo por el supuesto uso irregular de aviones de los institutos armados. La acusación deberá ser evaluada por el Parlamento.
El documento propone acusar al jefe de Estado por infracción a distintos artículos de la Constitución: los deberes de la Nación (artículo 38), la buena administración pública (artículo 39) y el principio de separación de poderes (artículo 43).
Adicionalmente, se considera que el presidente Castillo habría infringido el artículo 110 respecto a su rol como mandatario, el 118 (inciso 1 y 4) respecto al cumplimiento de la Constitución, y velar por el orden interno.
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La denuncia formulada por el congresista Málaga se sustenta en el uso “indiscriminado de bienes públicos y recursos económicos” para viajes de la Fuerza Aérea del Perú que habrían beneficiado a familiares del presidente.
“Se aprecia que el presidente Pedro Castillo, con el aval del sector Defensa, habría dispuesto un uso indebido de aeronaves y recursos propios de la Fuerza Aérea del Perú. Situación que se agrava por el hecho de que se habría producido un viaje con un familiar del presidente que se encuentra prófugo de la justicia, lo que configuraría una inconducta insostenible”, indica el documento.
Agrega que, en algunos casos, “se han consignado documentos de identidad inexistentes o que no corresponden al pasajero”. Esto en referencia al nombre “Lay Vásquez Castillo”, identificado como un “sobrino” cuyo DNI no existe. La información fue revelada por el proyecto del IPYS, Centro Liber.
Presuntas infracciones
La denuncia del congresista Málaga considera que el jefe de Estado “prefiere actuar en las sombras y, a espaldas de la ciudadanía, realizar viajes con bienes públicos para seguir su propia agenda personal y llevar, con el dinero de todos los peruanos, de viaje a sus sobrinos y familiares sin que medie interés público alguno”.
“Uno de los recursos públicos materiales, como es el avión presidencial, está destinado al mandatario con la finalidad estricta de otorgar seguridad al primer mandatario de la Nación y para el cumplimiento de labores de interés público. Sin embargo, el presidente Pedro Castillo trasgredió dicho deber y usó el citado bien para transportar de a sus familiares, sin que exista interés público de por medio, si no, todo lo contrario”, detalla.
Se señala, además, que los familiares del presidente, que viajaron el 26 de junio junto a él, no retornaron a Lima.
“El uso del avión presidencial fue para darle un viaje particular a los integrantes de la familia de Pedro Castillo, a costa de los recursos que integran el patrimonio público”, sostiene.
El documento presentado por el congresista Málaga concluye, entonces, que “la permanencia de Pedro Castillo en el cargo de presidente de la República es insostenible por ser absolutamente perjudicial para el Estado peruano, pues él va a seguir cometiendo acciones como la descrita”.
En cuanto a una presunta infracción relacionada con los deberes de la Nación, la denuncia considera que habría una “sospecha razonable” de que el pasajero “Lay Vásquez” se trataría de Fray Vásquez Castillo, familiar del presidente prófugo de la justicia desde fines de marzo de este año.
Tanto los abogados del presidente Castillo, como el ministro de Defensa, Daniel Barragán, señalan que la persona que viajó bajo el nombre de Lay Vásquez Castillo, Yoni Vásquez Castillo, también sobrino del mandatario.
Málaga también cuestiona la respuesta que dio el abogado Eduardo Pachas, defensa del presidente, respecto a que el nombre “Lay Vásquez” correspondería a “Yoni Vásquez”. Por tanto, que se trataría de un error al momento de consignar la identidad.
La denuncia indica que esta serie de hechos evidenciarían que el presidente usa su cargo “para beneficiarse a él mismo” y a las personas más cercanas a él. Finalmente, se argumenta que la permanencia del presidente es “insostenible” y ha “llegado el momento de que asuma la responsabilidad de sus actos”.
El congresista Málaga considera en este documento que existen “indicios razonables” para considerar una situación “irregular e ilegal” presuntamente ocasionada por el mandatario.
Lee aquí la denuncia completa
El ultimo lunes, el congresista Málaga dijo que el objetivo de esta denuncia constitucional es inhabilitar al presidente Castillo. Para ello, se necesitaría al menos unos 66 votos a favor. “Dada la gravedad del caso, probablemente la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales va a darle prioridad”, dijo el legislador en entrevista con RPP.
Fuentes de la Subcomisión comentaron a El Comercio que esta denuncia podría ser atendida la próxima semana.
Proyección de la denuncia constitucional
El constitucionalista Alejandro Rospigliosi enfatizó que si se habría cometido delito de peculado.
“[La denuncia constitucional] tiene sustento, asidero. Sí considero que se ha cometido el delito de peculado. Es un escándalo que el avión presidencial sea usado como personal. Pero lo más grave es que se esté obstaculizando la justicia. Pero lo que ya está haciendo la fiscalía es abrir una carpeta e investigar”, advirtió el constitucionalista.
Sin embargo, remarcó a El Comercio que se debe tomar en cuenta un paso previo: el presidente solo puede ser acusado por tres delitos específicos. Estos están contenidos en el artículo 117 de la Constitución.
“Todos los demás [acusaciones, denuncias], solo procederían cuando deje la Presidencia de la República. Ahí viene el tema”, precisó Rospigliosi.
El Presidente de la República sólo puede ser acusado, durante su período, por traición a la Patria; por impedir las elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o municipales; por disolver el Congreso, salvo en los casos previstos en el artículo 134 de la Constitución, y por impedir su reunión o funcionamiento, o los del Jurado Nacional de Elecciones y otros organismos del sistema electoral.
Consideró también que se estarían buscando “pretextos para llegar a 66 votos, pero por delitos que no están en la Constitución”. Por tanto, que la única vía de destitución es que se configure una vacancia presidencial. “Lo demás no es viable”, agregó.
Rospigliosi reiteró que un jefe de Estado no puede ser denunciado durante su periodo de gobierno. Mientras esté en funciones, tampoco puede ser inhabilitado. Todo aquello que se reúna podrá tener repercusiones directas una vez concluya su gobierno.
El constitucionalista Erick Urbina remarcó en el mismo sentido que Rospigliosi: mientras el presidente ejerza sus funciones, solo puede ser acusado por delitos específicos. “No puede ser acusado por otro motivo o causa. Estas denuncias se estarían cumulando cuando deje el cargo”, añadió.
“No olvidemos que existe la protección del articulo 117, del cual el presidente está haciendo abuso de su derecho. Vale la pena revisar la constitucionalidad de este artículo”, sugirió Urbina.
Adicionalmente, dijo que la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales puede investigar, incluso presentar una propuesta de acusación con sanción, “pero esto quedaría entrampado”. Sin embargo, añadió que una acusación por los hechos descritos es “totalmente legítimo y necesario. [...] Hay claramente un abuso del derecho”.
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